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¿Qué implica el Estado de Emergencia Económica y Social que declaró Petro?

Hasta el momento, el presidente Gustavo Petro no ha sido específico sobre qué medidas especiales se destinarían para el Catatumbo mediante decretos o si el estado de emergencia sería nacional o solo para la zona.

21 de enero de 2025 - 12:07 a. m.
Gustavo Petro declaró estado de conmoción por situación de orden público en el Catatumbo.
Gustavo Petro declaró estado de conmoción por situación de orden público en el Catatumbo.
Foto: Joel_Presidencia
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Este lunes el Gobierno de Gustavo Petro declaró un estado de conmoción interior y de emergencia económica tras la crisis de violencia que se desató en el Catatumbo por el ELN.

El anuncio lo hizo el presidente Gustavo Petro a través de su cuenta en X: “Se declara el estado de conmoción interior y el estado de emergencia económica. Espero del poder judicial su apoyo”.

Lea: Estamos comprometidos con entregar combustible en el Catatumbo: Ecopetrol

La medida se venía analizando desde el viernes, cuando hubo un consejo de seguridad en Tibú, Norte de Santander, y se podría decretar por un máximo de 90 días, con posibilidad de prórroga hasta 270 días.

¿Qué es el Estado de Emergencia Económica y Social?

La declaración de emergencia le permitiría al mandatario expedir decretos presidenciales con fuerza de ley sin tener que pasar por el Congreso de la República.

De acuerdo con la ley, el jefe de Estado puede decretarlo cuando “sobrevengan hechos (…) que perturben o amenacen de forma grave o inminente el orden económico, social y ecológico”.

Lea también: Gobierno Petro declara estado de conmoción interior por crisis en el Catatumbo

¿Cuándo se puede decretar un Estado de Emergencia?

Según el artículo 215 de la Constitución Política, la medida de emergencia se justifica cuando se presenten hechos que perturben o amenacen de forma grave e inminente el orden económico, social o ecológico del país si constituyen una grave calamidad pública.

En esas circunstancias, el presidente puede declarar estado de emergencia por períodos de hasta 30 días, que sumados no pueden exceder los 90 días en el año. Para hacerlo, el presidente necesita la firma de todos sus ministros.

El Gobierno también debe convocar al Congreso, que debe examinar, hasta por un lapso de treinta días, el informe sobre las causas que determinaron el Estado de Emergencia y se debe pronunciar sobre la conveniencia de este.

Hasta el momento, Petro no ha sido específico sobre qué medidas especiales se destinarían para el Catatumbo mediante decretos o si el estado de emergencia sería nacional o solo para la zona.

Sin embargo, la Constitución establece que “estos decretos deberán referirse a materias que tengan relación directa y específica con el Estado de Emergencia, y podrán, en forma transitoria, establecer nuevos tributos o modificar los existentes”.

Además, todos los decretos que se promulguen deben ser remitidos al Congreso, para su control político, y a la Corte Constitucional, para que determine su exequibilidad. La Carta Magna establece que el presidente y sus ministros serán responsables si las razones del Estado de Emergencia no concuerdan con las establecidas por la ley y si se cometen abusos o excesos durante la emergencia.

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Julio(30158)21 de enero de 2025 - 03:28 p. m.
Ojo con la platica, vo vaya y pase lo mismo con el pedo de olmedo
Jorge(6u4ww)21 de enero de 2025 - 12:33 a. m.
Desde hace 23 años el país no había tenido que decretar conmoción interior por razones de orden público. Desde hace 17 no se decretaba por ningún motivo. No resiste el más mínimo análisis constitucional.
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