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Las razones del Banrep para pedir que se aplace la implementación de la pensional

La Corte Constitucional decidirá el futuro de la reforma pensional. Leonardo Villar, gerente del Banco de la República, le pidió al alto tribunal que, en caso de que haya luz verde, aplace la entrada en vigencia del nuevo sistema hasta al menos tres meses después de que se publique la sentencia.

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12 de julio de 2025 - 03:05 p. m.
Leonardo Villar, gerente del Banco de la República.
Leonardo Villar, gerente del Banco de la República.
Foto: Manuel Forero, Asobancaria
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Leonardo Villar, gerente general del Banco de la República, envió una carta a la Corte Constitucional para solicitar aclaraciones sobre la entrada en vigencia de la reforma pensional. En el documento, Villar también pide que, en caso de que el alto tribunal diga que la ley es constitucional, se aplace la entrada en vigencia.

Lea: La pensional salió de la Cámara: lo que sigue y las dudas para la implementación

El 29 de junio, por segunda vez, la plenaria de la Cámara de Representantes le dio el sí a la reforma pensional. La iniciativa del gobierno Petro volvió al Congreso porque la Corte Constitucional ordenó subsanar un vicio de trámite. Ahora el presidente de la Cámara, Jaime Raúl Salamanca, debe presentar un informe y remitir copias de las actas de la plenaria, para que así el alto tribunal pueda pronunciarse definitivamente sobre la constitucionalidad de la ley.

El gerente del Banco pide aclaraciones sobre la entrada en vigencia de la Ley 2381 de 2024 (reforma pensional) y sobre el nuevo sistema de pilares que crea dicha ley.

Como aclara Villar, la orden dice que la ley entrará en vigencia un día después de la sentencia, entonces se entiende que en ese mismo plazo entraría en vigor el sistema de pilares, que inicialmente empezaba a funcionar el pasado 1° de julio.

También: Corte Constitucional responde a Petro: “no hay estrategia para hundir la pensional”

Pero, como advierte Villar, esa medida no sería consistente con los plazos de la ley, que no modificó el Congreso: la reforma dice que la entrada en vigencia del nuevo sistema será 12 meses después de la promulgación de la ley.

El Banco plantea que si el sistema entra en vigencia una vez la Corte Constitucional anuncie su decisión, habría problemas para la implementación porque hay varios temas que todavía no están listos. Además, plantea dudas sobre si siguen o no vigentes los decretos reglamentarios que ya había expedido el gobierno.

Villar explicó en la carta que para el 17 de junio de 2025, fecha en la que la Corte Constitucional anunció su decisión sobre la pensional, todavía no estaban listas las reglas para el funcionamiento del fondo de ahorro que crea la reforma, y que administrará el Banco de la República. De ahí que se había establecido un régimen transitorio para su administración desde el 1° de julio, pero incluso con esa medida había procesos pendientes.

También: Tras aprobación de la Cámara, ¿cuándo entraría en vigencia la reforma pensional?

Cuando se conoció la decisión, sostiene Villar, el Banco estaba definiendo con el Ministerio de Hacienda los detalles finales del contrato interadministrativo que deben firmar y alistándose para arrancar la contratación de los administradores externos. Con el anuncio de la Corte, se suspendió el alistamiento y este proceso solo se puede reactivar cuando se conozca la decisión definitiva.

Villar solicitó a la Sala Plena considerar la posibilidad de aplazar la entrada en vigencia del nuevo sistema pensional hasta al menos tres meses después de que se publique la sentencia que declare la exequibilidad de la ley (en caso de que así sea).

“Este tiempo resulta necesario para reactivar e implementar los procedimientos operativos y de contratación que debe adelantar el Banco de la República como administrador del fondo del ahorro del pilar contributivo, en los términos de los artículos 24 y 92 de la mencionada ley y sus decretos reglamentarios”, concluyó el gerente.

Andrés Velasco, presidente de Asofondos, también le solicitó a la Corte Constitucional aplazar la entrada en vigencia hasta dos meses después de la fecha en la que se conozca la sentencia, considerando las complejidades operativas y prácticas “que podrían poner en riesgo los derechos de los afiliados”.

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cesarc655(66636)12 de julio de 2025 - 10:59 p. m.
No duden que al lobista Banco de la República ante la Corte constitucional le concedan su solicitud, así como ha logrado que no les reconozca los derechos pensionales consignados en la convención colectiva con el sindicato, para los trabajadores colombianos el tiempo de trabajo es el requisito para obtener la pensión y la edad es requisito para empezar a disfrutarla, para los trabajadores del BR tiempo y edad son requisito que se debe cumplir al tiempo para obtener la pensión.
Mario OROZCO G.(16018)12 de julio de 2025 - 07:47 p. m.
Pero Petro no entiende de reglas y operatividad.
Mario OROZCO G.(16018)12 de julio de 2025 - 07:47 p. m.
Pero Petro no entiende de reglas y operatividad.
mauricio gallego(73131)12 de julio de 2025 - 06:33 p. m.
Yo le solicito a la Corte Constitucional, que le aplacen durante tres meses el incremento salarial a los genios del Banco de la Republica cuando éste les corresponda. Me imagino la escandola que harian.
Alberto Rincón Cerón(3788)12 de julio de 2025 - 05:55 p. m.
Razonable solicitud.
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