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El Ministerio del Trabajo expidió este jueves 13 de marzo un decreto que establece medidas para proteger a las personas que denuncien acoso sexual en su lugar de trabajo y sancionar a los empleadores que tomen represalias en su contra.
Entre las disposiciones, se incluye una protección especial contra el despido para los denunciantes durante los seis meses siguientes a la denuncia, salvo en ciertas excepciones.
¿Qué establece el decreto del Mintrabajo?
El decreto establece que si una persona denuncia acoso sexual en su trabajo, su empleador no podrá despedirla durante los siguientes seis meses, a menos que exista una justificación válida.
Si un despido ocurre en este período, se presumirá que fue por represalia y la empresa deberá demostrar lo contrario. En caso de comprobarse que el despido fue injustificado, se podrían aplicar multas que van desde uno hasta 5.000 salarios mínimos diarios, como lo indicó Antonio Sanguino, ministro de Trabajo.
La norma contempla situaciones en las que el empleador podría despedir a la persona que denunció, siempre y cuando exista una causa justificada. Esto incluye:
- Despidos autorizados por el Ministerio del Trabajo por razones legales
- Procesos disciplinarios abiertos antes de la denuncia, en los que ya existían faltas documentadas del trabajador.
En estos dos casos, el despido no se consideraría una represalia.
Además, esta protección se extiende a testigos dentro del proceso, quienes también estarán amparados contra despidos injustificados.
El decreto también busca reforzar las acciones de prevención y atención del acoso sexual en los espacios laborales, garantizando que los denunciantes tengan mecanismos de protección adecuados.
¿Dónde denunciar?
El Ministerio del Trabajo recordó que las personas que consideren que han sido víctimas de represalias tras denunciar acoso sexual pueden acudir a las Inspecciones Municipales de Trabajo o contactar directamente con la entidad para recibir asesoría.
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