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Durante sus últimos días en el poder, el pasado 31 de julio, Gustavo Petro sancionó la Ley 2618 de 2026, con la cual se crea el Programa de Alimentación Universitaria (PAU) para las universidades públicas de Colombia. La norma busca, en palabras sencillas, garantizar el acceso a una adecuada y nutritiva alimentación para los estudiantes de pregrado de dichas instituciones, priorizando a aquellos que se encuentren en condición de vulnerabilidad económica y social.
El programa se plantea como una herramienta para “mejorar la permanencia educativa, el rendimiento académico, el fomento de estilos de vida saludables, la ampliación de la cobertura de los programas de alimentación actuales y la construcción de procesos de soberanía y autonomía alimentaria en las Instituciones de Educación Superior”, se lee en el articulado.
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La ley establece que cada universidad pública, dependiendo de su capacidad instalada y su disponibilidad presupuestal, podrá prestar el servicio de alimentación bajo alguna de estas dos modalidades:
- Plato servido en los campus donde se cuente con la infraestructura y logística para entregar un plato de comida servido.
- Subsidio o bono de alimentación: subsidio económico o incentivo en especie mensual, con el fin de contribuir en la adquisición de alimentos de los beneficiarios en los campus donde no se cuente con la infraestructura y logística para entregar un plato de comida servido.
Para que las universidades elijan, cada una, la modalidad, el Ministerio de Educación establecerá los criterios a tener en cuenta, así como los requerimientos nutricionales. La cartera, en suma, deberá propender por fortalecer la infraestructura y la capacidad de las universidades públicas con el fin de promover el plato servido. Por otro lado, para la modalidad del bono, las universidades fomentarán convenios con mercados campesinos o cooperativas, y que de ese modo se rediman localmente.
También estará en manos del Mineducación expedir los lineamientos técnicos-administrativos, los estándares y las condiciones mínimas para prestar el servicio y ejecutar el programa de alimentación. Esos puntos serán de obligatorio cumplimiento y aplicación para las universidades públicas, asó como para los actores y operadores del PAU.
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Los lineamientos generales que establecerá el Mineducación tendrán en cuenta los siguientes criterios:
- La elaboración de menús balanceados.
- La adquisición de alimentos con estándares de calidad, inocuidad y adecuado aporte nutricional, sumada a la contratación de personal capacitado.
- La capacidad instalada que deben tener las universidades y los criterios para contratar.
La norma también apunta que las fuentes de financiamiento para el programa serán recursos adicionales del Presupuesto General de la Nación, “los cuales deberán ser nuevos y no sustitutivos de las transferencias existentes a las universidades públicas, donaciones, y fondos de las instituciones recursos propios de las universidades públicas”. Además de definir un esquema de concurrencia con entidades territoriales, el gobierno podrá destinar recursos del Sistema General de Regalías para fortalecer la infraestructura alimentaria de las universidades.
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