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Galeón San José: académicos piden corregir plan arqueológico del gobierno

Expertos de varias universidades y centros de investigación de arqueología subacuática piden al gobierno de Gustavo Petro detener cualquier intervención del naufragio hasta que no se raplantee la política de Patrimonio Cultural Sumergido.

23 de febrero de 2024 - 04:06 p. m.
Los expertos critican que no se haya publicado un inventario de hallazgos arqueológicos específicos. Imagen del naufragio del galeón San José. / Instituto Colombiano de Antropología e Historia
Los expertos critican que no se haya publicado un inventario de hallazgos arqueológicos específicos. Imagen del naufragio del galeón San José. / Instituto Colombiano de Antropología e Historia

La Red Universitaria de Patrimonio Cultural Sumergido emitió hoy un comunicado en el que insiste en la “premura, improvisación y falta de cumplimiento de aspectos legales, técnicos, metodológicos y de gestión” en el Plan de Manejo Arqueológico del galeón San José, hundido desde 1708 en inmediaciones de las Islas del Rosario, mar Caribe colombiano.

Según ellos, a partir de la revisión detallada del documento que publicó el gobierno nacional, no se han cumplido compromisos jurídicos, hay atrasos en la puesta en marcha de compromisos para el Área Arqueológica Protegida y no se precisa información científica básica y obligatoria. Sobre la caracterización arqueológica, advierten “una precaria y superficial investigación histórica”, por ejemplo a nivel de antecedentes asociados con el galeón San José, “teniendo en cuenta que ha sido uno de los naufragios en el mundo que ha despertado mayor interés por parte de cazatesoros, desde la década de 1970, incluso con demandas internacionales en curso”. (Más: El nuevo pleito jurídico internacional que enfrenta Colombia por la carga del galeón San José).

Critican que no se cuenta “con un inventario arqueológico de lo que se observa en la superficie del lecho marino” y, sin embargo, “se sugiere irresponsablemente la intervención puntual del naufragio”. Por estas tazones, piden suspender cualquier intervención del naufragio descubierto en 2015 hasta que se haya reformulado la política de Patrimonio Cultural Sumergido y corregido los errores expuestos.

El ministro de las Culturas, Juan David Correa, insistió en Cartagena, en el marco del Simposio Internacional “Perspectivas y desafíos en la investigación del hallazgo del Galeón San José”, organizado por el Ministerio de las Culturas de Colombia, el Instituto Colombiano de Antropología e Historia (ICANH), la Armada Nacional y la Dirección General Marítima (DIMAR), que las puertas de la entidad están abiertas para oír a los críticos y destacó la solidez del proceso científico detrás del proyecto. Estas entidades oficiales detallaron entre jueves y viernes el trabajo que vienen realizando en el caso.

Expertos invitados al seminario, como Filipe Castro, de la Universidad de Coimbra (Portugal), consideraron que el plan de trabajo del gobierno frente al galeón es “impecable”.

Por considerarlo un documento para el debate público, transcribimos a continuación el documento crítico de los académicos:

Las inconsistencias y pendientes del Plan de Manejo Arqueológico para el Área Arqueológica Protegida del Galeón San José.

-Comunicado elaborado por la Red Universitaria de Patrimonio Cultural Sumergido-

Febrero 23 de 2024

El 26 de diciembre de 2023, el Instituto Colombiano de Antropología e Historia -ICANH-, publicó el documento “Plan de manejo arqueológico. Área arqueológica protegida del bien de interés cultural-BIC galeón San José, Colombia”. Este fue formulado por la Mesa Técnica Interinstitucional de Patrimonio Cultural Sumergido, conformada por dicho Instituto, la Dirección General Marítima (DIMAR), el Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes (MINCULTURAS) y la Armada Nacional de Colombia (ARC).

El principal objetivo del documento es el de exponer un Plan de Manejo Arqueológico-PMA que sirva a la declaratoria del contexto arqueológico del Galeón San José como Área arqueológica protegida-APP, a efecto de “garantizar la protección del Patrimonio Cultural Sumergido (PCS) de la Nación”, promoviendo “su conservación, investigación y puesta en valor según los criterios de intervención bajo los más altos estándares científicos, asegurando su sostenibilidad a largo plazo” (p. 5).

Nuestra evaluación del citado documento ha detectado inconsistencias, vacíos y pendientes en términos jurídicos, técnicos, metodológicos y de gestión social, institucional y sectorial, que presentamos de manera resumida a continuación, buscando contribuir a que las instituciones a cargo, en compañía de la Academia, construyan un PMA exigente, riguroso y ajustado a las necesidades de un contexto arqueológico como el del galeón San José.

En primer lugar, hay que recordar que desde 2020, se había efectuado la declaratoria del pecio Galeón San José como Bien de Interés Cultural del ámbito nacional-BICN (Resolución Mincultura 0085 del 23 de enero de 2020), con lo cual, según la normativa aplicable a esta figura de protección, correspondería al Ministerio de Cultura, previo concepto del Consejo Nacional de Patrimonio Cultural, definir si tal declaratoria requiere de un Plan Especial de Manejo y Protección, y en tal caso, encargarse de formularlo con estricto apego a los contenidos que tal corporación defina (Ley 1185 2008, artículo 5º y Decreto 1080 de 2015, artículo 2.3.2.3). Sin embargo, transcurridos tres años, ni ese trámite ni la tarea asociada se han realizado, y ahora, de manera sorpresiva se presenta la idea de efectuar una declaratoria de AAP, con la exigencia que esta implica, de contar afanadamente con la aprobación del respectivo PMA.

Valga precisar que esa figura de AAP, en términos específicos del PCS, permite, precisamente, habilitar la realización de contratos o convenios para su exploración, intervención, aprovechamiento económico, conservación y/o curaduría (Decreto 1085 de2015 Articulo 2.7.2.1). En todo caso, hay que subrayar que, cualquier intervención que se vaya a realizar sobre el pecio del Galeón San José en función de su declaratoria como AAP, debe contar con la aprobación previa del Consejo Nacional de Patrimonio Cultural (Decreto 1085 de 2015 Articulo 2.7.2.1). Lo anterior, incluso, cuando el Ministerio de Cultura hubiera delegado en el ICANH la declaratoria de AAP en la dirección del ICANH (Resolución 0337 de 14 de octubre de 2021 del Ministerio de Cultura).

Ahora bien, es importante indicar que, de acuerdo con la normativa, el Área Arqueológica Protegida “es un área de especial interés arqueológico declarada por el Instituto Colombiano de Antropología, e Historia (ICANH), que cuenta con evidencias excepcionales en el ámbito nacional e internacional, según corresponda, que brindan un aporte significativo al conocimiento de procesos sociales pasados, sobre la cual se aplican medidas especiales de protección que buscan regular, controlar y definir los niveles de intervención, con el propósito de garantizar su preservación a largo plazo para adelantar acciones de investigación” (Decreto 1085 de 2015, articulo 2.7.2.3).

Por su parte, que el Plan de Manejo Arqueológico es un instrumento de gestión del patrimonio cultural sumergido, que define “las acciones necesarias para garantizar su protección y conservación” (Decreto 1085 de 2015, artículo 2.7.2.2). En ausencia de unos lineamientos específicos sobre el contenido de dichos planes en contextos subacuáticos, aplica, como referente para evaluar el documento en cuestión, lo dispuesto por el ICANH en sus Lineamientos para la declaratoria de áreas arqueológicas protegidas en Colombia (Resolución ICANH 1664 del 15 de diciembre de 2021).

Esta última resolución tiene aspectos importantes que ha pasado por alto la propia institución que la redactó. En dicho documento legal se consigna lo siguiente “el objetivo de la declaratoria de un AAP es brindar un mecanismo de protección efectiva al patrimonio arqueológico de una zona definida para garantizar su preservación a largo plazo, con el fin de desarrollar actividades de investigación, conservación y puesta en valor de ese patrimonio en articulación con la sociedad y sus demandas (necesidades e intereses)” (p. 11).

Así mismo, se recomienda “llevar a cabo acercamientos con las instituciones públicas y privadas y demás actores relevantes en el territorio, con el fin de identificar posibilidades de cooperación y financiamiento que permitan la sostenibilidad del área en caso de ser declarada” (p.18). También esta resolución exige “reuniones o mesas de socialización del proceso con los propietarios de predios, grupos o actores sociales relevantes en el área y comunidad engeneral, así como actores institucionales con incidencia en la zona (entidades públicas y privadas)” ya que “en estas mesas podrán discutirse y concertarse las medidas y niveles de intervención para el AAP” (p. 20). Pues bien, absolutamente ninguna de estas actividades se ha llevado a cabo a la fecha.

De otro lado, para la formulación del PMA los lineamientos del ICANH recomiendan “contar con un equipo interdisciplinario con profesionales en las áreas de arqueología, antropología, conservación, patrimonio, historia, SIG y cartografía y administración y planificación”. Y en todo caso, que “el equipo y el proceso de formulación del PMA deberán ser liderados por un profesional en arqueología debidamente inscrito en el Registro Nacional de Arqueólogos RNA del ICANH” (p. 19). Sin embargo, en el documento de PMA para la declaratoria del AAP del galeón San José, no hay mención alguna al equipo que lo ha formulado, guardando en esto la misma reserva que, por razones no justificadas, han mantenido el Ministerio de las Culturas y el ICANH, respecto de todo el proceso de contratación para la intervención de este contexto arqueológico.

En términos técnicos y metodológicos el PMA, y la declaratoria de AAP, requieren información científica básica y obligatoria que el documento en cuestión no presenta. La delimitación del polígono (que no necesitaría presentar coordenadas geográficas por razones de seguridad), debería ser explícita, incluyendo además la debida zonificación de potencial arqueológico y la precisión de su área de influencia. Sin esos datos mínimos se hace improcedente adelantar el proceso de declaratoria.

En cuanto a la caracterización arqueológica, el peso del PMA propuesto se recarga sobre una precaria y superficial investigación histórica, haciendo uso fundamentalmente de documentos publicados y escasa investigación de documentos de archivo, no solo del San José, sino de su contexto histórico. Incluso no se hace ninguna mención y análisis de la cartografía histórica disponible, ni de los archivos ingleses que también cuentan con información relativa a dicho acontecimiento. Denota además un profundo desconocimiento de la arquitectura naval de finales del siglo XVII e inicios del XVIII, sin haber consultado información básica de manual, como la de los ingenieros navales Francisco Garrote (1691) y Antonio de Gaztañeta (1692), usando en cambio una acuarela de Monleon del siglo XIX, sin mencionar además el escaso conocimiento que demuestran los autores del documento, en cultura material de la época, haciendo uso de tipologías equivocadas. Tan superficial ha sido la evaluación del contexto arqueológico, que en el propio PMA se confirma que no se hizo una exhaustiva revisión de las imágenes y videos disponibles a la fecha (p. 48).

La caracterización física del contexto arqueológico también es deficiente. No hay detalles oceanográficos ni hidrográficos, salvo menciones regionales de datos de corrientes, pero sin precisar la metodología de recolección para la toma de estos datos, ni los equipos utilizados, que normalmente exige el ICANH en proyectos arqueológicos subacuáticos. La caracterización de sedimentos y las mediciones de los niveles de sedimentación en el sitio son fundamentales, y se echan de menos en el documento.

De igual forma llama la atención la ausencia de antecedentes asociados con el galeón San José, en términos de exploración, teniendo en cuenta que ha sido uno de los naufragios en el mundo que ha despertado mayor interés por parte de cazatesoros, desde la década de 1970, incluso con demandas internacionales en curso. No hay mención alguna a esas exploraciones previas, ni a los datos geofísicos de dichas campañas.

Sorprende poderosamente que no se mencione ningún detalle, ni se presenten datos de las temporadas adelantadas entre 2015 y 2016 por la firma de cazatesoros Maritime Archaelogy Consultants, que habrían implicado, además, una posible intervención del pecio. Por cierto, este evento, así como exploraciones anteriores, efectuadas también por firmas de cazatesoros, sumados a los reclamos que han hecho o podrían hacer ante el Estado colombiano, constituyen riesgos que no son previstos en la correspondiente matriz de riesgo del PMA. Y en estrecha relación con lo anterior, no se exponen los riesgos que, en general, corre el PCS en el país por cuenta de la mercantilización del mismo, propiciada por la expedición de la controvertida Ley 1675 de 2013 y su reglamentación.

De hecho, el PMA no cuenta con una matriz de riesgos completa, que defina y presente todas las variables, fórmulas, valoraciones, así como las medidas de manejo previstas para darles tratamiento, limitándose a efectuar enunciados de factores de riesgo comunes a todos los yacimientos arqueológicos vinculados con contextos sumergidos.

En términos de conservación, determinante para el futuro del PCS de la Nación, resulta inconcebible que no se haya consultado una sola referencia al respecto, cuando se cuenta con un cuerpo profuso de investigaciones y publicaciones asociadas con el tema. Apenas se sugiere aplicar el principio de conservación in situ, dada la magnífica preservación de los restos, pero se contradice al sugerir la posibilidad de extracción de algunos artefactos, sin una debida justificación científica, cuando no se cuenta, si quiera, con un inventario arqueológico de lo que se observa en la superficie del lecho marino. Incluso se afirma que, para la fecha de presentación del PMA, no había un laboratorio especializado (p. 91, acciones 2024), sin embargo, se sugiere irresponsablemente la intervención puntual del naufragio.

En lo referido al Modelo de gestión y sostenibilidad, el PMA es sumamente general, de tal forma que no incluye un cronograma preciso de corto, mediano y largo plazo, con unas fuentes plausibles y precisas de financiación, que garanticen la sostenibilidad del mismo.

Finalmente, el mapa de actores no incluye a los habitantes de Cartagena de Indias y las islas del Rosario, ni mucho menos a las autoridades locales y regionales. Ni hablar de los centros de investigación, universidades públicas y privadas y organizaciones comunitarias. El componente de arqueología pública es precario en todo sentido, cuando se trata de un asunto tan relevante para la valoración y protección del PCS.

En síntesis, el documento “Plan de manejo arqueológico. Área arqueológica protegida del bien de interés cultural- BIC galeón San José, Colombia”, en su premura, improvisación y falta de cumplimiento de aspectos legales, técnicos, metodológicos y de gestión, no resiste una aplicación rigurosa de los lineamientos que el ICANH mismo ha definido para los procesos de declaratoria de AAP y formulación de los correspondientes PMA.

Es posible que el ejercicio que hemos presentado aquí contribuya a que se tomen los correctivos pertinentes, ahora, o a futuro. Sin embargo, hay que advertir que, más allá de los contenidos específicos del documento analizado, persisten por lo menos tres problemáticas de fondo que en nuestro concepto deberían tratarse antes de intervenir el bien de interés cultural del Galeón San José: a) la formulación de una política pública sobre PCS, que garantice un tratamiento constitucional, consistente y apropiado de este y otros contextos arqueológicos subacuáticos; b) la modificación del marco legal sobre PCS (Ley 1675 de 2013 y su reglamentación), para retirar de la normativa cualquier tratamiento mercantil de dicho patrimonio; y c) cesar en el imperativo extractivo del pecio Galeón San José, que actualmente prima sobre cualquier procedimiento científico, técnico y de gestión, con lo cual el PMA que aquí tratamos, resulta siendo una mera formalidad a cumplir, frente a decisiones tomadas de antemano por el actual gobierno.

Para finalizar, hacemos un llamado especial al Consejo Nacional de Patrimonio Cultural, para que, en cumplimiento de sus deberes y funciones, realice una evaluación rigurosa, autónoma y sin perder de vista el contexto de los procesos culturales, de la iniciativa de declaratoria de AAP que aquí hemos tratado.

Firman en orden alfabético según su apellido:

Pedro María Argüello García, Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia, RUPCS

David Cohen Daza, Universidad de los Andes, RUPCS

Mario Omar Fernández Reguera, Universidad de los Andes, RUPCS

Alba Nelly Gómez García, Universidad de Antioquia, RUPCS

Luis Gonzalo Jaramillo Echeverri, Universidad de Los Andes, RUPCS

Roberto Enrique Lastra Mier, Universidad del Atlántico, RUPCS

Juan Guillermo Martin Rincón, Universidad del Norte, RUPCS

Santiago Ortiz Aristizábal, RUPCS

Juan Felipe Pérez Díaz, Fundación Proyecto Navío, RUPCS

Carlo Emilio Piazzini Suárez, Universidad de Antioquia, RUPCS

Manuel Salge Ferro, Universidad Externado de Colombia

Juan Carlos Vargas Ruiz, Universidad del Magdalena, RUPCS

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