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La Corte Suprema de Justicia confirmó la condena en contra de Daneidy Barrera, más conocida como Epa Colombia, por los delitos de perturbación al servicio de transporte público, instigación a delinquir con fines terroristas y daño en bien ajeno por hechos que ocurridos el 22 de noviembre de 2019, cuando vandalizó una estación de Transmilenio en Bogotá.
El alto tribunal llegó a esta conclusión, luego de estudiar el proceso y encontrar que, como evidencias, la Fiscalía presentó una serie de videos, grabados por ella misma, cometiendo los actos vandálicos. “El hecho de que la procesada haya creado y pregonado un video en la red social Facebook, en el que vocifera mensajes de inconformismo con el Gobierno Nacional y asola una estación del sistema de transporte público de Bogotá, no puede ser calificado como un ejercicio legítimo de la libertad de expresión”, dice el fallo que confirmó la Corte.
La creadora de contenido Epa Colombia publicó un video en redes sociales en el que, en medio de lágrimas, explicó que funcionarios de la Fiscalía la habían ubicado para hacer cumplir una orden de captura. “Me vine a trabajar a la peluquería hoy todo el día y cuando iba saliendo para mi casa, me cogen los del CTI y me dicen que yo tengo una orden de captura (...) Yo les dije que esperarán a que mi abogado estuviera ahí y lo que hice fue empujarla (...) Están acá afuera de mi peluquería, la policía, el CTI, porque dieron el fallo del TransMilenio”, explicó.
“Que triste salir de mi peluquería y que todo mi equipo de trabajo me vea subiéndome para que me lleven al búnker de la fiscalía, de una manera no apropiada. Yo siempre quise arreglar el Trasmilenio, pagarlo, amiga, yo siempre mejorar, estos cinco años, crear empresa, lo único que he hecho es salir adelante, generar empleo”, agregó Barrera.
El caso de Epa Colombia con TransMilenio
El 22 de noviembre de 2019, la creadora de contenido publicó un video en el que se veía cómo vandalizó una estación de TransMilenio. El hecho ocurrió durante una de las manifestaciones que se dieron durante ese año en el denominado “estallido social”.
En 2020, el Juzgado Segundo Penal Especializado de Bogotá la sentenció a tres años y medio de cárcel por los delitos de daño en bien ajeno y perturbación al sistema colectivo de transporte público. La jueza determinó que, debido a que no contaba con antecedentes judiciales o disciplinarios, la procesada quedaba en libertad condicionada. Sin embargo, la Fiscalía apeló.
En agosto de 2021, el Tribunal Superior de Bogotá revisó el proceso y le aumentó la pena a cinco años y tres meses. Epa Colombia, entonces, presentó un recurso de casación como el último que le quedaba para definir, en definitiva, si la influencer había cometido los delitos imputados. Así, fue el turno de la Corte Suprema de revisarlo.
Aunque Epa Colombia trató de explicar durante la investigación que todo se trató de un acto de expresión y de una estrategia para ganar seguir, la Corte confirmó el fallo del Tribunal que detalló que, en realidad, lo que pretendió fue convencer a un “conglomerado para la comisión de delitos, verbigracia, daño en bien ajeno y perturbación en servicio de transporte público”.
El tribunal agregó que: “La propaganda de apología al delito, por tratarse de la incitación directa y pública a la comisión de ilícitos, está proscrita a nivel del derecho internacional convencional y, por tanto, rebasa el marco de amparo de las demandas de la ciudadanía en contra del gobierno de turno, como modalidad de materialización de la libertad de expresión”.
Hacia las 10 de la noche de este lunes 27 de enero se espera que la Fiscalía oficialicé la orden de captura en su contra y realice los exámenes médicos y, así, definir su centro de reclusión. Por ahora, Epa Colombia pasará la noche en el Búnker de la Fiscalía.