Una reciente investigación de ILGA Mundo reveló que los avances globales en la creación de leyes que protejan a niños, niñas y adolescentes LGBTIQ+ frente al acoso escolar siguen siendo escasos. De hecho, evidenciaron que sólo cuatro de cada cinco países cuentan con algún tipo de norma o leyes que protejan a jóvenes lesbianas, gais, bisexuales, trans e intersex de este tipo de violencia presente en los entornos educativos.
“De entrada es importante tener claro que estas leyes no sólo protegen a las personas LGBTIQ+. Muchas infancias y juventudes sufren acoso homófobo o tránsfobo sin ser necesariamente LGBTIQ+ o antes de saber que lo son. Dicho esto, es cierto que las personas LGBTIQ+ sufrimos acoso escolar con más frecuencia que las que no lo son, por lo que se necesitan leyes que tengan en cuenta nuestras realidades”, advirtió Curro Peña Díaz, consultor de investigación de ILGA Mundo en entrevista con El Espectador.
La investigación analizó las regulaciones y legislaciones vigentes de diferentes gobiernos. Para ello, se evaluó si los países ofrecen protección en cuatro categorías: orientación sexual, identidad de género, expresión de género y características sexuales.
Con base en esta medición, solo seis Estados miembros de la ONU han adoptado leyes integrales que protegen contra el acoso considerando las cuatro categorías mencionadas. Entre estos se encuentran: Andorra, Finlandia, Grecia, Países Bajos, Portugal y España. Mientras que apenas 40 Estados de la ONU cuentan con alguna legislación que protege a la población LGBTIQ+ frente a esta violencia basada solo en un motivo.
Esto significa que un Estado puede contar con leyes que protejan a jóvenes con orientaciones sexuales diversas, pero no necesariamente a quienes tienen identidades, expresiones de género o características sexuales diversas. En consecuencia, no todos los países disponen de un marco legal integral que ampare a toda la población LGBTIQ+ frente al acoso escolar, sino que sus normas suelen cubrir solo casos o grupos específicos.
Los datos de ILGA Mundo muestran que, en la mayoría de esas jurisdicciones, la protección frente al acoso escolar se aborda a través de leyes educativas o de igualdad de trato. También resaltan que los Estados suelen recurrir a enfoques pedagógicos para educar a las personas que acosan y reparar a las víctimas dentro del sistema escolar, en lugar de recurrir a sanciones penales.
Según la información recopilada, solo existen 38 leyes en el mundo que protegen a personas con orientaciones sexuales diversas, 30 que contemplan identidades de género diversas, 13 enfocadas en la expresión de género y 14 que consideran las características sexuales.
Para Peña, el hecho que sean pocos los Estados que hayan implementado disposiciones para la protección de niñas, niños y juventudes LGBTIQ+ se explica porque, en la mayoría de los países, aún no se considera una prioridad la creación de leyes que prevengan y sancionen este tipo de acoso. Según señala, la asociación entre la niñez y las identidades LGBTIQ+ sigue siendo un tema sensible y fuertemente estigmatizado.
“Hay países en los que la legislación incluso nos considera un peligro para las infancias. Eso hace mucho daño, sobre todo a las infancias que dicen proteger. Con independencia de que sean o no personas LGBTIQ+, estas leyes contribuyen a crear en las escuelas un contexto opresivo que facilita el acoso. De otro lado, hay países en los que, con buenas intenciones, se ha optado por no aprobar leyes específicas y, en su lugar, proteger a través de políticas públicas: protocolos, planes educativos, códigos de conducta. El problema de esto es que lo que se protege con una ley es más difícil de eliminar. Un cambio de gobierno puede acabar con todas las políticas públicas en un día; derogar leyes protectoras cuesta más”, explicó Peña.
Para el experto, la responsabilidad de proteger a las infancias y juventudes frente a este tipo de violencia no puede recaer únicamente en las escuelas o en las familias. Señala que es necesario involucrar a más actores sociales, especialmente a los Estados, en la creación y aplicación de políticas efectivas. Asimismo, advierte que cuando la agenda legislativa ignora esta problemática, los poderes públicos incumplen sus obligaciones.
“Están dejando a personas muy vulnerables desprotegidas frente a formas de violencia que pueden llegar a ser muy crueles y tener secuelas físicas, emocionales, mentales, sociales, económicas de largo plazo”, advierte el experto.
La federación mundial encontró que las infancias y juventudes que enfrentan este tipo de violencia sufren consecuencias significativas en su desarrollo mental, emocional y social. Quienes son víctimas de acoso pierden el interés por asistir a la escuela y, en muchos casos, terminan abandonando el sistema educativo, lo que reduce sus oportunidades laborales y de vida.
En cuanto a la situación del país, el experto consultado explica: “Hay países, como Colombia, en los que se han adoptado leyes específicas contra el acoso escolar; otros en los que esta protección se incluye de forma genérica en las leyes de igualdad; u otros que han aprobado leyes específicamente para proteger a la infancia como grupo. La base de datos de ILGA Mundo permite recopilar todos estos ejemplos y ayudar a las comunidades LGBTIQ+ y educativa de todo el planeta a saber qué distintos sistemas hay, verse inspirados por ellos y estudiarlos en mayor profundidad”.
La situación en Colombia: un caso de avances parciales
En el caso colombiano, la investigación encontró que el país ha adoptado leyes para proteger a las personas con orientaciones sexuales e identidades de género diversas, aunque aún deja por fuera a quienes tienen expresiones de género y características sexuales diversas.
El estudio identificó el artículo 4 de la Ley 1620 de 2013, mediante la cual se crea el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para el Ejercicio de los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar. Esta norma establece la creación de mecanismos de prevención, protección, detección temprana y denuncia frente a conductas relacionadas con el acoso y la violencia escolar. Asimismo, el artículo 2 de la misma ley prohíbe la discriminación en su aplicación por motivos de “orientación sexual e identidad de género”.
Si bien el propósito de esta ley es garantizar que las situaciones que afectan la convivencia escolar sean prevenidas, atendidas y se les haga seguimiento, también busca que los colegios promuevan los derechos humanos, sexuales y reproductivos. Sin embargo, organizaciones sociales como Colombia Diversa han denunciado en anteriores comunicaciones que “las niñas, niños y adolescentes LGBTIQ+ siguen enfrentándose a barreras en el contexto educativo, siendo el acoso una de las principales causas de deserción escolar”.
De acuerdo con información de la organización, para 2024 la Corte Constitucional había emitido 14 sentencias relacionadas con la protección de personas LGBTIQ+ en el ámbito educativo. Una de las más importantes es la del caso de Sergio Urrego, un estudiante gay que fue víctima de acoso y posteriormente se quitó la vida. En su decisión, la Corte reconoció un déficit de protección hacia las víctimas de acoso escolar, pues, aunque el país contaba con un marco legal y una política pública desde 2013, estas no se habían implementado con suficiente rigurosidad.
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Sin embargo, pese a este largo historial de precedentes judiciales, en 2023 se registró un caso que evidenció la falta de garantías para la población LGBTIQ+ en los entornos educativos. Ese año, un colegio de Sogamoso en Boyacá fue denunciado por incurrir en prácticas discriminatorias contra algunos de sus estudiantes que se identificaban como parte de esta población.
Según los testimonios, durante las clases de educación sexual no se promovía una vida sexual responsable y plena, sino que se impartían contenidos con un enfoque homofóbico, llegando incluso a exhibir una película que promovía la “transformación” de la homosexualidad. Esto ocurrió mientras dos alumnas fueron expulsadas del colegio por ser pareja.
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Por estos hechos, Rubén, uno de los alumnos afectados, intentó defender a las compañeras tenían y presentó la denuncia junto a su familia ante las autoridades locales, hasta que el caso llegó a la Corte Constitucional. En su fallo, el alto tribunal le dio la razón, al concluir que se habían vulnerado su libertad de expresión y su derecho a defender los derechos humanos. En su decisión, la Corte reiteró la obligación de garantizar espacios escolares respetuosos de la orientación sexual de los estudiantes y advirtió sobre la necesidad de prevenir la discriminación y la violencia simbólica hacia poblaciones vulnerables.
La discriminación escolar hacia estudiantes LGBTIQ+ es un desafío a nivel mundial
El Informe de Seguimiento de la Educación en el Mundo, elaborado por la UNESCO, confirma que la discriminación contra estudiantes LGBTIQ+ es un fenómeno global. En siete países de América Latina, los estudiantes identifican al menos a un docente o miembro del personal escolar que les brinda apoyo; sin embargo, la mayoría reporta experiencias negativas relacionadas con actitudes discriminatorias del profesorado hacia la orientación sexual y la expresión de género.
Asimismo, de acuerdo con datos de Nations Free & Equal (UNFE), el 45% de las y los jóvenes lesbianas, gais, bisexuales y trans en el mundo denuncian haber sufrido acoso escolar.
Por eso, de acuerdo con ILGA Mundo, resulta importante brindar esta información, que refleja la realidad de los marcos legales de los países. Según la organización, esto permite que los movimientos sociales y activistas que trabajan en favor de los derechos de la población LGBTIQ+ puedan tomar posición para impulsar cambios legislativos en sus países que prevengan el acoso escolar y ofrezcan herramientas para enfrentarlo.
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