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Hace una década, en una fecha como la de hoy, la Corte Constitucional cambió el rumbo de la historia familiar en Colombia. Con la sentencia C-683 de 2015, el alto tribunal afirmó que la orientación sexual no puede ser motivo para poner en duda la capacidad moral, física o mental de una persona que desea adoptar. Desde entonces, las parejas del mismo sexo obtuvieron el derecho a participar plenamente en los procesos de adopción, marcando un antes y un después en la defensa de la diversidad familiar.
El fallo fue histórico, pero no surgió de la nada. Fue el resultado de años de disputas jurídicas y personales que pusieron a prueba los límites del reconocimiento y la igualdad. Entre esos antecedentes, uno fue decisivo: el caso de Ana Elisa Leiderman y Verónica Botero, resuelto en 2014, apenas un año antes de la sentencia que cambiaría el panorama legal.
Ante la imposibilidad de casarse en Colombia, Ana Elisa y Verónica formalizaron su unión civil en Alemania en 2005. Dos años después, decidieron iniciar un proceso de reproducción asistida para que Ana Elisa gestara, con el esperma donado por una persona cercana a ambas. En 2008 nació su hija en Medellín. Al año siguiente, registraron su unión marital de hecho ante notaría, y Verónica presentó una solicitud de adopción ante la Defensoría de Familia de Rionegro. El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) negó la adopción, pese a que tanto un juzgado de Medellín como el Tribunal Superior de Antioquia habían emitido fallos favorables. La Procuraduría General de la Nación intervino para oponerse, argumentando que la adopción no era un derecho de quienes deseaban adoptar y que las familias adoptantes “debían estar integradas por un hombre y una mujer”.
En agosto de 2014, la Corte Constitucional resolvió el caso, reconociendo la adopción complementaria o consentida entre personas del mismo sexo, es decir, cuando una de las madres o uno de los padres adopta a los hijos concebidos por su pareja. Fue una decisión pionera: por primera vez, el país reconocía la existencia de familias diversas más allá del modelo heterosexual. Ese precedente sentó las bases para lo que vendría un año después.
Fue así como el fallo de 2015 consolidó lo que ya se había vislumbrado en 2014: que el amor y el compromiso, y no el género o la orientación sexual, son los pilares de la familia. Con ella, la Corte amplió los derechos de las parejas del mismo sexo y de niñas y niños en situación de adoptabilidad, garantizando su derecho a crecer en hogares diversos y amorosos. Sin embargo, el fallo no borró de un plumazo las barreras culturales ni los obstáculos institucionales. En los años siguientes, la Corte tuvo que intervenir nuevamente para cerrar vacíos legales, reconocer modelos familiares más amplios y facilitar procedimientos legales y administrativos que seguían siendo restrictivos para las familias LGBTIQ+.
Uno de los avances más significativos llegó en 2016, cuando el tribunal abrió las puertas al matrimonio igualitario. Desde entonces, las parejas ya no tuvieron que recurrir a largos procesos de adopción para garantizar los derechos de sus hijos e hijas. En los casos donde los hijos o hijas nacen dentro de un matrimonio entre personas del mismo sexo, la ley reconoce automáticamente el vínculo de filiación, sin necesidad de adopción. Gracias a la figura de la presunción de filiación, el Estado reconoce automáticamente la maternidad derivada del vínculo legal y el consentimiento, sin necesidad de trámites adicionales.
Hoy, muchas familias pueden conformarse y ser reconocidas sin enfrentarse a la incertidumbre jurídica ni a los prejuicios institucionales. Es en ese nuevo escenario donde nacen y crecen historias como la de Katherin y Sandra, quienes, gracias a los avances legales alcanzado en años anteriores, pudieron formar su familia sin los obstáculos que enfrentaron quienes abrieron el camino. A diferencia de los primeros casos que dependieron de la vía de adopción, su experiencia se dio bajo la figura de la presunción filial: el Estado reconoció desde el nacimiento el vínculo de ambas como madres.
Hoy Katherin y Sandra reivindican la palabra “lesbomaternar” junto a sus mellizos
En una casa donde conviven mochilas tejidas a mano, libros de derecho y dibujos infantiles por todos lados, Katherin y Sandra celebran una década de una sentencia que cambió su vida, sin que en su momento lo supieran del todo. No adoptaron a sus hijos: no fue necesario. Pero fue gracias a sentencias como esa que hoy figuran ambas como madres en los registros civiles de sus mellizos.
Katherin, abogada, y Sandra, bióloga, se conocieron en el activismo por los derechos LGBTIQ+. Se enamoraron y se convirtieron en pareja en 2013, cuando todavía era impensable el reconocimiento jurídico de las familias diversas más allá de la figura de unión marital de hecho; es decir, ni la adopción ni el matrimonio igualitario eran posibles para ellas en ese momento.
El deseo de expandir su familia no tardó en llegar. Ambas tenían claro que querían compartir el camino de la maternidad. Las conversaciones comenzaron entre 2015 y 2016, justo en el año en que la polémica por la sentencia de la Corte y las cartillas de orientación sexual e identidad de género elaboradas por el Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA) ocuparon el debate público. Ambas estaban inmersas en el activismo y la pedagogía por los derechos de las personas con orientaciones sexuales e identidades de género diversas, mientras hablaban de su sueño de construir una familia juntas.
“No había matrimonio todavía. Podía hacer una unión marital de hecho con efectos patrimoniales, pero los hijos hubieran sido míos. Y eso es muy grave, porque se les quita a los niños otro progenitor o progenitora que les garantice sus derechos: la cuota alimentaria, la afiliación en salud, el cuidado, entre otros. Y también para la persona es grave, porque si se divorcian y no hay lealtad ni madurez, quien ha hecho parte de la vida de esos niños se queda sin derechos”, explica Katherin.
En 2017 iniciaron una nueva etapa: el proceso para convertirse en madres mediante un método de reproducción asistida. Decidieron que Katherin gestaría a los mellizos, pues ese siempre había sido su sueño. El proceso no fue sencillo. Tuvieron que buscar clínicas incluyentes, enfrentar barreras económicas y lidiar con la frustración de un primer intento fallido. “Pensando en qué queríamos para esos dos seres, en temas espirituales, contamos con una doula. Ella nos ayudó a hacer una siembra de semillas en la Madre Tierra, en el páramo, para ofrecerlas y pedirle a la Madre que nos concediera a nuestros hijos”, recuerda Sandra.
Ante la constante preocupación por la protección legal de sus mellizos, Katherin decidió documentarse. Para entonces, solo habían pasado dos años desde que se reconoció la adopción igualitaria y uno desde el matrimonio igualitario. Ante la incertidumbre, decidieron casarse antes del nacimiento de su hijo e hija.
“Nos casamos porque decíamos: ‘No queremos llegar a una notaría donde no tengan clara la norma y no entiendan la presunción de reconocimiento, y entonces nos pongan algún tipo de problema’. O también, por si yo llegaba a tener alguna complicación en el parto”, menciona Katherin.
El momento tan anhelado llegó en mayo de 2018: sus bebés nacieron y todo parecía transcurrir con tranquilidad. Los temores del pasado quedaban atrás, pues ya varias sentencias de la Corte Constitucional protegían a su familia. Sin embargo, como muchas personas LGBTIQ+, preferían llevar consigo una carpeta con todos los documentos y sentencias pertinentes, por si acaso.
“Fuimos a registrar a nuestros hijos, pero esa notaría no tenía los formatos que se utilizaban para parejas del mismo sexo, que además eran los formatos que, a raíz de otra sentencia, tuvieron que crear en la registraduría”, cuenta Katherin. Por lo que se vieron en la tarea maratónica de buscar una notaría en la que ya estuvieran adecuados los formatos y ambas pudieran registrar a sus bebés.
No tuvieron que pasar por el ICBF, ni por un juzgado, ni por una evaluación de idoneidad, como era antes. La figura de la presunción filial fue fundamental: Sandra no tuvo que adoptar a su hijo e hija, pues al haber contraído matrimonio antes del nacimiento, la ley reconoció automáticamente su maternidad junto a la de Katherin. Una figura que durante décadas había estado reservada a parejas heterosexuales, pero que las personas LGBTIQ+ tuvieron que defender ante la Corte Constitucional para acceder a ella.
Siete años después, sus dos mellizos cuentan con protección legal y dedican sus días a disfrutar de su infancia. Nacieron en un país en el que ya estaba reconocida su familia a partir de estos avances. Tienen una rutina cada fin de semana, ambos se despiertan temprano a hacer pancakes con Sandra, en la tarde van a almorzar con sus abuelos, el padre y la madre de Katherin, y si no tienen un plan con sus amigos del colegio o una piñata, hacen algún deporte junto a sus mamás en la tarde.
“Mi hija es un ser amoroso, que tiene un sentido del humor espectacular. Es muy creativa, tiene mucha habilidad para el dibujo, para el arte. Le gusta jugar mucho, compartir con otras personas. Es muy inquieta, una niña con mucha agilidad para aprender las cosas muy rápido”, describe Sandra a su hija, con un tono emotivo.
“Nuestros hijos son tan opuestos como complementarios”, dice Katherin. Por su parte, describe a su hijo como un niño protector, deportista y un gran matemático. “Nuestro niño es un niño deportista, un niño que protege a los demás. Noble, cariñoso, que hace muchos actos de servicio. Es muy disciplinado, cumplidor de las normas, con mucha actitud para las actividades físicas. Es skater, monta tabla”, agrega con orgullo.
La pareja es muy crítica a la palabra “homoparental” ya que definen la experiencia de cuidados y amor familiar desde una sola visión y no representa la diversidad familiar que puede existir. Para ellas, el término más adecuado para definir su experiencia es “lesbomaternar”, celebrando otras formas de criar y construir un hogar lleno de afecto, seguridad y pertenencia.
Historias como la de Katherin y Sandra no solo dan rostro a las sentencias de la Corte Constitucional, sino que recuerdan que los derechos conquistados se traducen en familias más seguras. Una década después, la diversidad familiar en Colombia ya no es una excepción: es una realidad que sigue creciendo, acompañada de amor, justicia y reconocimiento.
*Esta entrevista hace parte del especial periodístico “Diez años de hogares diversos: las historias detrás de la adopción igualitaria en Colombia”, para consultarlo puede hacer click aquí.
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