El primer tema que debatirán los magistrados de la Corte Constitucional este miércoles 12 de mayo tiene que ver con la disputa judicial entre la Comunidad de Paz de San José de Apartadó y la Brigada 17 del Ejército Nacional. La controversia se remonta al año 2018 cuando la comunidad emitió varias publicaciones a través de su página web y redes sociales en las que afirmaban que paramilitares estaban realizando actividades criminales con el beneplácito del Ejército. Las denuncias públicas no cayeron muy bien en la institución y el comandante de la Brigada 17, el coronel Carlos Alberto Padilla, instauró una tutela en contra de la comunidad. (Lea también: La tutela del Ejército que la Comunidad de Paz de San José de Apartadó quiere tumbar)
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El oficial alegó que se habían violado los derechos constitucionales a la reputación y a la honra de la institución y de sus hombres, y pidió que la Comunidad de Paz de San José de Apartadó rectificara la información publicada. Tanto la decisión de primera instancia, en manos del Juzgado Segundo Promiscuo de Apartadó, como la segunda, emitida por la misma Corte Constitucional, le dieron la razón al coronel Padilla y ordenaron una serie de medidas en favor del Ejército entre las cuales estaba precisamente la retractación de las publicaciones. Pero el asunto no terminó ahí porque la comunidad, inconforme, instauró la acción de nulidad que será discutida hoy.
La decisión de la máxima autoridad constitucional está por verse. Pero lo que es claro es el gran apoyo internacional que brindaron diferentes instituciones y entidades estatales en favor de la Comunidad de Paz de San José de Apartadó en este proceso. A través de varios Amicus Curiae (conceptos emitidos por terceros ajenos a un proceso) conocidos por El Espectador, voces de diferentes partes del mundo se unieron para pedirle a la Corte Constitucional que conceda la nulidad y reconozca los derechos de una comunidad que durante años ha sido vulnerada, amenazada y asesinada por quienes imponen el terror en la zona.
Entre los Amicus que reposan en el expediente, está el de la abogada de Doughty Street Chambers, Camila Zapata Besso, y la antigua presidenta del Comité de Derechos Humanos del Colegio de Abogados de Inglaterra y Gales (Bar Human Rights Commite), Kirsty Brimelow, quienes hicieron hincapié en que las publicaciones de la Comunidad de Paz, que dieron origen a la tutela interpuesta por el oficial Padilla, deben considerarse en el contexto del conflicto armado en Colombia, en la década de 1990, cuando Urabá fue una de las zonas más afectadas por la violencia.
“En 1997, los residentes desplazados del municipio de Apartadó en Urabá formaron la ‘Comunidad de Paz de San José de Apartadó’, una comunidad neutral y no partidista dedicada a resistir el desplazamiento y a promover la protección de los derechos humanos de sus miembros y de otras personas. Entre 1997 y 2010, miembros de la Comunidad de Paz fueron ‘víctimas de actos sucesivos de violencia por parte de grupos paramilitares del Urabá antioqueño’, tales como ‘homicidios, con rastros de tortura y mutilaciones, amenazas, retenciones ilegales, saqueo, quema de casa y cultivos”, indicaron.
Las especialistas en derecho internacional de derechos humanos agregaron que, de acuerdo con denuncias públicas realizadas por los miembros de la Comunidad de Paz, esas acciones fueron perpetradas con la colaboración activa o la aquiescencia de las fuerzas públicas. “Uno de los recuerdos más dolorosos de la Comunidad de Paz es el asesinato del líder de la Comunidad de Paz y de otras siete personas el 21 de febrero de 2005, incluidos tres niños. Uno de ellos era un niño pequeño. Fueron asesinados a machetazos y parte de uno de los cuerpos desmembrados fue arrojado al río”, reseñaron.
Tal como lo consignaron las abogadas, el 27 de marzo de 2019, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia determinó que el Ejército Nacional participó en la masacre. “Desde el año 2000, la Comunidad de Paz ha sido objeto de medidas cautelares por parte de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y de medidas provisionales por parte de la Corte IDH, exigiendo al Estado colombiano que garantice los derechos a la vida, la integridad, la seguridad y la libertad de los miembros de la Comunidad de Paz, y que satisfaga la necesidad de verdad, justicia, reparación y no repetición de las violaciones de derechos humanos cometidas contra ellos”, recalcaron. (Comunidad de paz de San José de Apartadó ha denunciado amenaza paramilitar todo el año)
Incluso, pusieron de presente un auto de la Corte Constitucional de 2012 en el que se reconoció que la Comunidad de Paz había manifestado reiteradamente que existía una relación permanente entre los grupos paramilitares y la Brigada 17 del Ejército, lo que había generado antipatía por parte de los uniformados. Además, el alto tribunal dijo que los funcionarios públicos habían estigmatizado a los miembros de la comunidad al afirmar públicamente que trabajaban con las Farc, sin pruebas de ello. A pesar de estos antecedentes, en 2020, el alto tribunal tomó una postura distinta y favoreció al Ejército.
Ante este escenario, Zapata y Brimelow señalaron que “es muy relevante que la Décima Séptima Brigada haya sido previamente condenada por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia de Colombia por colaborar con los paramilitares en la comisión de asesinatos, torturas, mutilaciones y otras violaciones graves de los derechos humanos contra los miembros de la Comunidad de Paz y que siga prevaleciendo una situación de peligro generalizado hacia los defensores de los derechos humanos y líderes comunitarios en Antioquia”. Por ello, le pidieron a la Corte considerar su análisis y aplicarlo para apoyar la libertad de la Comunidad de Paz para que puedan publicar sus preocupaciones actuales en línea.
Desde Ginebra, Suiza, la Red Internacional de Derechos Humanos (RIDH) estuvo de acuerdo con que la Comunidad de Paz ha vivenciado a través de los años un sinfín de violaciones a los derechos humanos y ataques a sus miembros por parte de diferentes grupos armados. Es por esto que la Red considera que “solicitar a la Comunidad que se abstenga de publicar denuncias contra funcionarios públicos sin que los hechos hayan sido previamente probados en sede judicial, es contrario a los estándares internacionales de derechos humanos”. La RIDH agregó que, con este proceso, la Corte Constitucional tiene la posibilidad de garantizar la labor especial de la comunidad.
En ese mismo sentido, se unieron desde España el municipio Rivas Vaciamadrid, el ayuntamiento de Burgos, el ayuntamiento de Valencia; y desde Italia, la comunidad de Fidenza y de Padova, la localidad de Narni, entre otras, para expresar su apoyo a la solicitud de nulidad interpuesta por la Comunidad de Paz de San José de Apartadó, toda vez que la reconocen como una organización referente en Europa. Señalan que es un símbolo de defensa de los derechos humanos a nivel mundial y por ello ha recibido diferentes reconocimientos y premios en calidad de organización y defensora de los derechos humanos, de la vida y del territorio.
Uno de los puntos que exponen estas entidades europeas, es que “la libertad de expresión es un elemento fundamental para ejercer el derecho a la verdad. Máxime cuando se trata de contextos en donde ha prevalecido una sola versión: la versión oficial (estatal y militar) de los hechos y en donde la comunidad víctima de violaciones de derechos humanos no cuentan con los recursos y el poder de difusión con el que cuenta la parte demandante (el Ejército)”. Al igual que el resto de Amicus conocidos por este diario, esta comunidad europea reiteró la solicitud de nulidad y advirtió que, de no anularse la sentencia de la Corte, existiría un precedente que limita el derecho de las víctimas a que se conozca su versión de los hechos.
El ayuntamiento de Barcelona (España) también emitió su concepto sobre este proceso en el que apoyó la nulidad de la sentencia de la Corte Constitucional. Expresaron que les “preocupa enormemente que, de no llegarse a anular esta sentencia, sea un precedente muy negativo para todas las víctimas de violaciones de los derechos humanos”. Otro Amicus que se sumó al expediente fue el del director interino de la Iniciativa Internacional de Crímenes Estatales de la Escuela de Derecho de la Universidad Queen Mary de Londres, Thomas MacManus, para “expresar nuestro fuerte apoyo al requisito de la anulación de la sentencia (de la Corte Constitucional)”. (Los crímenes desconocidos de San José de Apartadó)
MacManus asegura que la decisión que tomó el alto tribunal en este caso, de tutelar los derechos del Ejército y pedirle a la comunidad que rectificara sus publicaciones, “representa un uso muy perturbador de un mecanismo constitucional contra una organización de defensores y defensoras de derechos humanos que fue históricamente víctima de la misma brigada. El mecanismo diseñado para garantizar derechos fundamentales, pareciera ser usado como un mecanismo de censura. En nuestra opinión, la decisión T-342-20 deniega a la comunidad colombiana e internacional el derecho a la información de las víctimas sobre lo que sucede en San José de Apartadó”.
La organización no gubernamental para brindad asistencia a periodistas, Media Defence, también emitió un Amicus sobre este asunto en el que expusieron que las publicaciones de la Comunidad de Paz representan una crítica pública a la impunidad que resulta de la vinculación de la fuerza pública con grupos paramilitares ilegales y la constante represión y amenazas a las que están sujetos los miembros de esa comunidad. “Se debe reducir al mínimo cualquier restricción a su derecho de expresarse para llamar la atención sobre su situación y poder aportar al debate público sobre la impunidad y la defensa de los derechos humanos. Además, sus declaraciones denuncian presuntas acciones u omisiones de una entidad del Estado, cuyo accionar debe estar sujeto a un examen riguroso”, indica este concepto.
Pero, además, la Media Defence insistió en que atribuir el derecho a la honra o reputación de una brigada del Ejército o a funcionarios públicos que pertenecen a una institución que, como está comprobado, mantuvo relaciones ilegales con grupos paramilitares, por encima de la libertad de expresión de un colectivo de defensores de derechos humanos en estado de extrema vulnerabilidad, “no cumple con los estándares internacionales de derechos humanos”. Asimismo, concluyó que el Ejército debe tener un mayor umbral de tolerancia ante las críticas en su contra, sobre todo teniendo en cuenta el contexto histórico de su accionar.
Felcos Umbría, una asociación de entidades del centro de Italia que promueven el desarrollo sostenible, también se pronunció recordando que su región es conocida por la marcha de la Paz que cada año se realiza desde Perugia hasta Asís, en la que hace años atrás participó Luis Eduardo Guerra, líder de la Comunidad de Paz de San José de Apartadó, “asesinado en 2005 por miembros del Ejército colombiano, concretamente por efectivos de la Brigada 17 en connivencia con fuerzas paramilitares”. Esta organización, señala que la libertad de expresión es la “piedra angular” de una sociedad democrática y si entra en conflicto con el derecho al buen nombre, la primera prevalece cuando se trata de principios humanitarios, según jurisprudencia internacional.
Agregaron que las versiones oficiales son de fácil acceso para la comunidad internacional, pero que también es importante conocer la verdad de las comunidades rurales, de las víctimas, de las personas defensoras de derechos humanos “y con esta sentencia se nos limita el derecho a recibir este tipo de información (…) si no fuese por las constancias históricas que recibimos vía email, quienes acompañamos a la Comunidad de Paz, no tendríamos la oportunidad de contrastar la información, ya que la única a la que tenemos acceso es a la oficial, por lo que la voz de las comunidades siempre está en desventaja con respecto a la de las fuerzas militares”. (Masacre de San José de Apartadó, otro caso en manos de la JEP)
Las organizaciones no gubernamentales como Dejusticia, Redepaz, DhColombia, entre otras; líderes y lideresas; y ciudadanos del país también expresaron su respaldo a la comunidad de San José de Apartadó exponiendo que la tesis sostenida en la sentencia de la Corte tiene un efecto “amedrentador” para quienes ejercen su legítimo derecho a defender los derechos humanos y constituye una forma de silenciamiento de las denuncias de violaciones de derechos humanos, incompatible con los requerimientos de una sociedad democrática. La gran mayoría de todas estas entidades y actores hicieron un llamado al alto tribunal para que realice una audiencia pública y les permita participar y exponer sus argumentos, al tiempo en que todos concuerdan en que el derecho a la libertad de expresión de la Comunidad de Paz, debe ser privilegiado.