Un poderoso narcotraficante y su empresa fachada; tres terrenos avaluados en una fortuna y una decena de personas que alegaban ser sus dueños; una seccional de la Fiscalía y dos juzgados que hicieron mal su trabajo; y un ministerio del Gobierno pidiendo que se amparen sus derechos. Estos son los elementos de una de las más recientes decisiones de la Corte Suprema de Justicia, que le permitió a la Fuerza Aérea mantener su propiedad sobre tres valiosos lotes en Bogotá, avaluados en más de $475.000 millones y expropiados a Gonzalo Rodríguez Gacha, antiguo jefe del cartel de Medellín. Se trata de un proceso de tutela en el que resultó favorecido el Ministerio de Defensa.
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Para entender el caso hay que remontarse al 2 de diciembre de 1988, cuando un ciudadano llamado Jorge Luis Forero Santana, se hizo dueño de cinco lotes ubicados al norte de Bogotá y hoy conocidos como La Morena 1, 2 y 3. Se los compró a cuatro personas: Eduardo Monroy Galeano, Esther Fajardo de Monroy, Armando y María Victoria Monroy Fajardo. Un negocio, en apariencia legal, hasta que los terrenos fueron vendidos luego a una firma conocida como Equimotor Ltda. No era una empresa cualquiera: era uno de los negocios usados por Rodríguez Gacha, conocido como alias el “Mexicano”, para lavar las ganancias que le producían sus envíos de cocaína a Centroamérica y Estados Unidos.
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Un año después de que Rodríguez Gacha se hiciera dueño de La Morena a través de su empresa fachada, el 15 de diciembre de 1989, murió en un operativo de la Policía, cuando se sabía plenamente que era cofundador del cartel de Medellín y uno de los narcotraficantes más temidos del país. En la vía que comunica a Tolú y Coveñas (Sucre), unidades de inteligencia sorprendieron al narco, cuando intentaba huir desde Turbaco (Bolívar). Se abrió un combate entre uniformados y el anillo de seguridad del “Mexicano”, quien finalmente murió en medio del fuego cruzado. Con el narcotraficante muerto, el Estado empezó a tirar del hilo de sus negocios para quitarle todo lo que había adquirido producto del negocio del narcotráfico.
Los enredos del predio
Tras la muerte de Rodríguez Gacha, sus herederos empezaron a perder la posesión sobre los bienes que el narcotraficante había adquirido a través de Equimotor Ltda. Uno de los lotes de La Morena fue objeto de extinción de dominio por una decisión de junio de 2003, confirmada el 7 de octubre de ese mismo año por la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá. Luego, el 31 de diciembre de 2004, un juzgado de Extinción de Dominio les confiscó los otros dos terrenos ubicados al norte de la capital. La decisión fue confirmada el 22 de mayo de 2006 por la Sala Penal de Descongestión del Tribunal Superior de Bogotá. Los tres lotes suman más de 24 hectáreas y allí funcionan en la actualidad las canchas de la Liga de Fútbol de Bogotá.
El Fondo para la Rehabilitación, Inversión Social y Lucha contra el Crimen Organizado (Frisco), administrado por la antigua Dirección Nacional de Estupefacientes (DNE) —hoy Sociedad de Activos Especiales (SAE)— fue la entidad que asumió el poder sobre los lotes. Tres resoluciones de la DNE, emitidas entre 2014 y 2017, asignaron esas propiedades “en forma definitiva y como cuerpo cierto” al Ministerio de Defensa y a la Fuerza Aérea Colombiana (FAC). Hasta ese punto, la administración de los bienes otrora propiedad de alias el “Mexicano” parecía estar resuelta. La FAC alquiló los predios a la Liga de Fútbol de Bogotá y, a la fecha, sigue recibiendo las ganancias de ese contrato que se renueva año tras año.
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Sin embargo, una movida de la Fiscalía estuvo cerca de quitarle el poder a la FAC sobre los terrenos y enredó el expediente en la justicia. Una seccional del ente investigador empezó a indagar en la ciudadana Leonor María Fajardo, quien había sido propietaria de esos lotes años atrás, en los 80, antes de que llegaran a manos del “Mexicano”. La Fiscalía encontró que, al parecer, en un antiguo negocio por la adquisición de uno de los lotes, el 8 de noviembre de 1983, hubo fraude. La razón: Fajardo le había comprado los terrenos a otra mujer llamada Emilia María Eugenia Monroy de Figueroa, quien había muerto dos años antes de que se fraguara esa venta. “Para la época de otorgamiento de la escritura, Emilia María Monroy de Figueroa ya había fallecido, razón por la cual se trata de una venta falsa”, como señaló la Corte en el fallo conocido por El Espectador.
La Fiscalía emitió cuatro nuevas resoluciones entre 2012 y 2017, con las que les devolvió el poder a Emilia María Eugenia Monroy de Figueroa, la dueña original, y a sus herederos. Con ello anuló toda actuación relacionada con los predios hecha después de noviembre de 1983, incluida la compra por parte de Equimotor Ltda., la empresa fachada de Rodríguez Gacha. Además, la orden de extinción de dominio y la asignación al Ministerio de Defensa y a la FAC. Luego, los herederos intentaron formalizar su tenencia sobre La Morena 1, 2 y 3 por medio de tres acciones: una sucesión y una división de los lotes. Fue ahí cuando el Ministerio de Defensa y la FAC acudieron a la justicia para no perder su derecho.
Una pelea jurídica
La Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado (Andje) y la FAC le pidieron en mayo de 2024 al Juzgado Segundo Penal del Circuito Especializado Extinción de Dominio de Bogotá que se restableciera su derecho sobre los predios y que se restauraran las anotaciones de extinción de dominio de los inmuebles, por parte de la notaría competente. En agosto del mismo año, ese despacho le respondió a la FAC que no era posible cumplir con su solicitud, pues estaba por fuera de sus competencias. Esto, dado que la restitución a los herederos se había dado “por orden de un fiscal o juez dentro de un proceso penal, circunstancia ajena y posterior al proceso de extinción de dominio”, como se lee en el fallo.
La FAC insistió en su solicitud; esta vez ante el Juzgado Primero Penal del mismo circuito, pero obtuvo una respuesta exactamente igual: estaba por fuera de sus competencias. Su última carta fue interponer “acción de tutela con el propósito de proteger sus derechos a la propiedad y al acceso a la administración de justicia”, como se reseña en el expediente conocido por El Espectador. Sin embargo, la Sala de Extinción de Dominio del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá “declaró improcedente el amparo solicitado” por parte de la FAC y del Ministerio de Defensa y le dio la razón a los juzgados que dijeron que la solicitud estaba fuera de sus competencias.
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El Ministerio de Defensa no se quedó de brazos cruzados e insistió en su posesión sobre los terrenos por los cuales en ningún momento, incluso durante el litigio, dejó de recibir las rentas del contrato con la Liga de Fútbol de Bogotá. En su impugnación a la decisión del Tribunal, la cartera de gobierno argumentó que, pese a la determinación de la Fiscalía de regresar los predios a sus herederos originales, persistían las órdenes de extinción de dominio de 2004, que son “de rango constitucional” y las cuales fueron “desconocidas en distintos procesos judiciales”. Por esa razón, solo un juez de extinción de dominio puede decidir en ese tipo de casos. “Las órdenes de extinción de dominio por parte de la Fiscalía 57 Seccional y de otras autoridades judiciales ha generado una afectación a los derechos de la Fuerza Aeroespacial Colombiana”, dijo el Ministerio.
En las manos de la Corte
La pelea del sector Defensa por dejar asegurado su poder sobre los terrenos fue de tal tamaño, que el caso llegó a la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia. Con el expediente sobre el escritorio, el magistrado ponente, Gerardo Barbosa Castillo, entró a analizar los alegatos de parte y parte. El togado encontró que, en efecto, tanto la Fiscalía, como los dos juzgados a los que se dirigió el Ministerio de Defensa, incurrieron en fallas que no solo imposibilitaron el acceso de la cartera de gobierno a la justicia; y que ordenaron acciones “desproporcionadas” que representan un perjuicio para la FAC y, por ende, son un detrimento para el Estado colombiano.
“No resulta jurídicamente razonable que la Fiscalía haya cancelado las anotaciones derivadas directamente de las sentencias judiciales de extinción de dominio, debido a que dichas sentencias constituyen títulos originarios e independientes respecto de la tradición inmobiliaria precedente”, argumentó la Corte. Agregó que devolver la posesión a los herederos de Emilia María Eugenia Monroy de Figueroa “resulta abiertamente inconstitucional” y representa “un riesgo real de enriquecimiento sin causa en beneficio de aquellos antiguos propietarios que, habiendo cedido válidamente su propiedad y recibido el pago correspondiente, actualmente pretenden volver a obtener derechos sobre los mismos bienes”.
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En ese sentido, la Corte ordenó revocar el fallo de tutela en primera instancia, que daba la razón a los antiguos dueños de los predios que en algún momento pertenecieron al “Mexicano”, y las resoluciones de la Fiscalía que les devolvía la posesión de La Morena. También le ordenó a la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá - Zona Norte que haga las anotaciones necesarias sobre los tres lotes, a fin de reafirmar el poder del Estado sobre los mismos. Además, anuló un fallo del Juzgado 16 Civil del Circuito de Bogotá del 26 de enero de 2024, que habilitaba los predios para subasta pública. Una decisión que, de haberse concretado, no solo le habría quitado de golpe la posesión a la FAC, sino que también habría abierto un hueco en sus finanzas, de más de $475.000 millones.
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