Así serán los procesos penales para congresistas que renuncian a su investidura
La Fiscalía General expidió directiva que establece lineamientos para definir la competencia de la Fiscalía para investigar aforados constitucionales, es decir, congresistas. El ente acusador señaló que conservará las actuaciones investigativas realizadas antes de la renuncia del senador o representante a la Cámara a su curul.
El expediente judicial más importante en los últimos años, el denominado caso Uribe, terminó en medio de un laberinto judicial luego de que Álvaro Uribe renunciara a su curul en el Senado y generara que su caso pasara de la Corte Suprema a la Fiscalía. Una maniobra, tomada en septiembre de 2020, que generó que el alto tribunal perdiera competencia sobre el expresidente pues este ya no contaba con su investidura de aforado constitucional. Ahora el proceso está en medio de una discusión jurídica en la que la Fiscalía argumenta que su investigación debe cerrarse por falta de mérito.
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En medio de este contexto, el fiscal general, Francisco Barbosa, acaba de expedir una directiva con la que pretende dar lineamientos para definir la competencia de la Fiscalía General para investigar a tos aforados constitucionales. El documento de seis páginas apunta a que se conservará las investigaciones hechas previamente a la renuncia del aforado a su cargo y el caso sea trasladado al ente investigador.
Lea: Procuraduría coincide con Fiscalía en preclusión del proceso contra Álvaro Uribe
”El cambio en el sistema procesal penal aplicable no implica la nulidad de lo actuado. Sin perjuicio del cambio de esquema procesal indicado anteriormente (de Ley 600 de 2000 a Ley 906 de 2004, o viceversa), las actuaciones adelantadas con anterioridad continúan siendo válidas y eficaces. En estos casos, los fiscales delegados deberán evaluar la equivalencia funcional de la etapa en la que se encuentra el proceso y continuar impulsando el caso para alcanzar su efectiva resolución. De acuerdo con las particularidades de la actuación, los medios de prueba recaudados y con respeto de los derechos fundamentales de las partes e intervinientes”, dice la directiva de la Fiscalía.
En contexto: Caso Uribe: Fiscalía da su primer paso para pedir la preclusión
En el caso Uribe esto ya sucedió, pues la Corte Constitucional mantuvo la investigación que había adelantado la Sala de Instrucción de la Corte Suprema contra el expresidente por presunta manipulación de testigos. El alto tribunal dejó en firme la decisión que tomó en noviembre de 2020 el Juzgado Cuarto Penal del Circuito de Bogotá, que lo declaró formalmente imputado por fraude procesal y soborno en actuación penal.
La directiva de Barbosa también indica las investigaciones contra aforados que renuncian a su cargo o dejan de ostentarlo, se deben analizar si laos hechos por los que se les investiga guarda relación con las funciones públicas propias del cargo del que se apartaron.”El fuero se conservará sólo si se tratare de un delito cometido en el ejercicio de sus funciones en el actual cargo. Con relación a otros punibles desligados de la función, cesará el mismo y la competencia deberá ser asumida por la autoridad que determina la normatividad procesal penal. en atención a la naturaleza del delito y los factores territorial y/o funcional’, dice el documento firmado por el fiscal general.
El expediente judicial más importante en los últimos años, el denominado caso Uribe, terminó en medio de un laberinto judicial luego de que Álvaro Uribe renunciara a su curul en el Senado y generara que su caso pasara de la Corte Suprema a la Fiscalía. Una maniobra, tomada en septiembre de 2020, que generó que el alto tribunal perdiera competencia sobre el expresidente pues este ya no contaba con su investidura de aforado constitucional. Ahora el proceso está en medio de una discusión jurídica en la que la Fiscalía argumenta que su investigación debe cerrarse por falta de mérito.
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En medio de este contexto, el fiscal general, Francisco Barbosa, acaba de expedir una directiva con la que pretende dar lineamientos para definir la competencia de la Fiscalía General para investigar a tos aforados constitucionales. El documento de seis páginas apunta a que se conservará las investigaciones hechas previamente a la renuncia del aforado a su cargo y el caso sea trasladado al ente investigador.
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”El cambio en el sistema procesal penal aplicable no implica la nulidad de lo actuado. Sin perjuicio del cambio de esquema procesal indicado anteriormente (de Ley 600 de 2000 a Ley 906 de 2004, o viceversa), las actuaciones adelantadas con anterioridad continúan siendo válidas y eficaces. En estos casos, los fiscales delegados deberán evaluar la equivalencia funcional de la etapa en la que se encuentra el proceso y continuar impulsando el caso para alcanzar su efectiva resolución. De acuerdo con las particularidades de la actuación, los medios de prueba recaudados y con respeto de los derechos fundamentales de las partes e intervinientes”, dice la directiva de la Fiscalía.
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En el caso Uribe esto ya sucedió, pues la Corte Constitucional mantuvo la investigación que había adelantado la Sala de Instrucción de la Corte Suprema contra el expresidente por presunta manipulación de testigos. El alto tribunal dejó en firme la decisión que tomó en noviembre de 2020 el Juzgado Cuarto Penal del Circuito de Bogotá, que lo declaró formalmente imputado por fraude procesal y soborno en actuación penal.
La directiva de Barbosa también indica las investigaciones contra aforados que renuncian a su cargo o dejan de ostentarlo, se deben analizar si laos hechos por los que se les investiga guarda relación con las funciones públicas propias del cargo del que se apartaron.”El fuero se conservará sólo si se tratare de un delito cometido en el ejercicio de sus funciones en el actual cargo. Con relación a otros punibles desligados de la función, cesará el mismo y la competencia deberá ser asumida por la autoridad que determina la normatividad procesal penal. en atención a la naturaleza del delito y los factores territorial y/o funcional’, dice el documento firmado por el fiscal general.