La Unidad de Víctimas dio a conocer una grandiosa noticia para las víctimas del conflicto armado. Empezó a caminar la Ley 2343 de 2023, con la cual se extendieron los plazos que tienen este tipo de colombianos para acreditar su condición ante las personerías, procuradurías, defensorías o consulados (si están en el exterior). Antes, el plazo era de dos años. Ahora, se extendió hasta tres.
Le podría interesar: La lucha de quienes heredan la búsqueda de desaparecidos
Asimismo, la ley le da una nueva oportunidad a los colombianos que alguna vez declararon, pero no fueron incluidas en el Registro Único de Víctimas, por haberlo hecho por fuera del plazo establecido. Estas potenciales víctimas no tendrán que declarar nuevamente, porque la Unidad de Víctimas revisará cada caso y les informará la decisión a las personas.
Por otro lado, la disposición legal “abre una ventana para las personas que se consideran víctimas del conflicto armado y que por cualquier motivo no declararon antes. Durante todo este año, hasta el 29 de diciembre de 2024, estas personas podrán realizar su declaración sin justificar motivos de fuerza mayor”, explicó la entidad.
Le podría interesar: El relato de mujer reclutada y desaparecida hace 26 años, que fue hallada con vida
La Unidad de Víctimas recordó que deben declarar todas las personas que hayan sufrido un hecho victimizante en el marco del conflicto armado, que no haya declarado antes, y que sea víctima por hechos ocurridos desde el 1 de enero de 1985, en adelante. Quienes sean víctimas de despojo o desplazamiento, podrán acercarse a la Unidad de Restitución para iniciar un proceso de demanda.
Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.