El Consejo de Estado acaba de aclarar que el carnet de vacunación seguirá siendo obligatorio para entrar a establecimientos públicos como bares, cines, restaurantes, centros comerciales y otros establecimientos. Lo hizo al negar la solicitud de un ciudadano que pedía que se suspendieran varios de los puntos establecidos en el decreto 1615 de 30 de noviembre de 2021, con el cual se hacía obligatorio presentar el carnet de vacunación contra covid-19 para acceder a establecimientos públicos.
De acuerdo con el alto tribunal, “mientras se mantenga la emergencia sanitaria y hasta tanto no se emita un juicio sobre la legalidad de estos mandatos, las medidas allí establecidas se deben mantener”. El ciudadano argumentaba que algunos puntos de decreto “hacen más alusión a conjurar un `orden púbico´, que aún no está alterado, que a verdaderas políticas de salud pública que beneficien a todos por igual, sin segregación alguna”.
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Asimismo, el peticionario sostuvo que “las normas demandadas tienden a generar segregación social, denigración de un sector de la población”, haciendo referencia a los antivacunas. Según él, partes del decreto se prestan para “sembrar latente odio entre las personas” y, en su perspectiva, vulneran derechos constitucionales de los ciudadanos, además de cargar de poder policivo a ciudadanos particulares.
Aún así, el Consejo de Estado determinó que “no encuentra que la exigencia de la presentación del carné de vacunación o certificado digital para el ingreso a determinados eventos y lugares sea un acto arbitrario dirigido discriminar a aquellas personas residentes en Colombia que han decidido no vacunarse”. Según manifestó el alto tribunal, la finalidad de la medida es proteger la salud pública.
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La presentación el carnet de vacunación, de acuerdo con el Consejo de Estado, busca también “disminuir la velocidad de proliferación del virus, evitar las enfermedades respiratorias graves, evitar la saturación de los sistemas de salud, y disminuir el número de muertes ocasionadas por dicha enfermedad”. Asimismo, el alto tribunal se refirió a la vacunación y aseguró que no es de obligatorio cumplimiento, por lo cual no se estaría “constriñendo a las personas para que se vacunen en contra de su voluntad, de sus creencias o de sus cultos religiosos”.
Asimismo, el despacho aseguró que no encontró que con las medidas contempladas en el decreto se hayan creado sanciones administrativas o judiciales para quienes decidan no vacunarse. Igualmente, en su respuesta, el Consejo de Estado manifestó que tampoco se han establecido “estímulos de índole económico o tributario para quienes sí lo hacen”, por lo cual no hay una posible discriminación contra los no vacunados.
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