Caso Uribe: pelea de magistrada Lombana llegaría a la Corte Constitucional
La Procuraduría y un magistrado del alto tribunal solicitaron que se seleccione para revisión la tutela que presentó la magistrada (exmilitar) Cristina Lombana de la Corte Suprema en contra de la decisión que la separó de la investigación contra Álvaro Uribe.
Redacción Judicial
El 10 de mayo de 2019 la Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia sacó de la investigación en contra del expresidente y senador Álvaro Uribe por soborno y fraude procesal a la magistrada Cristina Lombana por considerar que su doble condición de juez y militar (era mayor del Ejército) ponía en duda su imparcialidad. Lombana ha cuestionado esa decisión y su integridad como jurista con una tutela que ha sido denegada en dos oportunidades. Ahora, la Procuraduría le está pidiendo a la Corte Constitucional que revise el caso por importancia jurídica.
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El 10 de mayo de 2019 la Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia sacó de la investigación en contra del expresidente y senador Álvaro Uribe por soborno y fraude procesal a la magistrada Cristina Lombana por considerar que su doble condición de juez y militar (era mayor del Ejército) ponía en duda su imparcialidad. Lombana ha cuestionado esa decisión y su integridad como jurista con una tutela que ha sido denegada en dos oportunidades. Ahora, la Procuraduría le está pidiendo a la Corte Constitucional que revise el caso por importancia jurídica.
La misma petición la elevó ante sus compañeros el magistrado de la Corte Constitucional Luis Guillermo Guerrero, ya que el pasado 18 de octubre la Sala de Sección 11 de ese alto tribunal decidió no seleccionar para su estudio la tutela de la magistrada Lombana. En recursos de insistencias, tanto Guerrero como el Procurador Fernando Carrillo Flórez, consideraron que el asunto debe examinarse de fondo para sentar jurisprudencia, entre otros, sobre si es compatible ejercer un cargo en la Rama Judicial siendo al mismo tiempo miembro activo de la Fuerza Pública.
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Y es que la decisión que separó a Lombana (era la investigadora) del caso Uribe dice que “el mantenimiento de su estatus militar en servicio activo genera duda razonable sobre el manejo adecuado de sus legítimos intereses personales”. Ese documento fue la respuesta de la Sala de Instrucción a la recusación que presentó la magistrada Lombana en contra de Lombana, argumentando que tuvo una relación de subordinación con Álvaro Uribe mientras fue presidente y que había trabajado con Jaime Granados, abogado del exmandatario.
“Considero de particular interés la circunstancia conforme a la cual la decisión de separar a la magistrada del conocimiento del asunto que tenía a su cargo se basó, más que en consideraciones sobre la posible afectación de su imparcialidad en el caso concreto, en una consideración abstracta sobre la aptitud de quien hace parte de las fuerzas militares, en uso de una comisión, para ser designada y actuar como juez en la justicia ordinaria”, dice la insistencia que presentó el magistrado Guerrero, con fecha 18 de noviembre.
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Lombana rechazó esa recusación, pero sus compañeros consideraron que sí debía apartarse del caso por su rol de miembro de la Fuerza Pública (Lombana anunció su retiro del Ejército en junio), en un fuerte pronunciamiento: “Dos calidades deben tener los jueces: estar libres de conexiones e influencias inapropiadas con los poderes ejecutivo y legislativo y con las partes del proceso; y ostentar la apariencia de ser libres e independientes frente a ellos”. Para el magistrado Guerrero, el caso debe seleccionarse por la Corte Constitucional, para reafirmar los criterios que orientan las causales de impedimento y recusación los funcionarios judiciales.
“Es importante que se clarifique el alcance de las normas internacionales relacionadas con el debido proceso (…) relativas a los principios de independencia e imparcialidad judiciales”, agregó Guerrero. La Procuraduría, por su parte, consideró que la Corte Constitucional se debe pronunciar sobre la aplicación de criterios o instrumentos de derecho internacional (soft law, Corte Interamericana de Derechos Humanos y Tribunal Europea de Derechos Humanos) para el caso concreto en material de causales de impedimento y recusación.
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