Comisión de la Verdad podría rendir cuentas ante el Congreso

Ese será uno de los puntos que debata este miércoles la Cámara de Representantes, que arranca el segundo debate sobre el sistema de justicia que se va a establecer para el proceso de paz.

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Redacción Judicial
01 de febrero de 2017 - 02:00 p. m.
La Jurisdicción Especial para la Paz es una de las implementaciones del acuerdo con las Farc. / AFP
La Jurisdicción Especial para la Paz es una de las implementaciones del acuerdo con las Farc. / AFP
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Hoy, la plenaria de la Cámara de Representantes está citada para discutir el proyecto de reforma constitucional que se radicó en diciembre pasado para que cobre vida la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), la Comisión de la Verdad y la Unidad de Búsqueda de Personas desaparecidas. En los últimos días, varias han sido las voces que se han pronunciado sobre este tema y algunas de esas inquietudes ya fueron abordados en la ponencia que se discute mañana.

(Puede interesarle: Justicia para la Paz: un debate crítico en manos del Congreso)

El coordinador ponente de este tema, Hernán Penagos, le contó a este diario que un punto clave en las modificaciones surgió de las preocupaciones que transmitió al Congreso el fiscal Néstor Humberto Martínez, como qué hacer con los desmovilizados de las Farc que luego vuelvan a unirse a grupos armados ilegales o cometan delitos después del 1° de diciembre de 2016, plazo establecido en concordancia con el Acuerdo Final pactado con las Farc.

Por eso, el primer cambio o aclaración tiene que ver con los reincidentes: si un guerrillero comete un delito después de haber dejado las armas, ese nuevo caso ya no entrará en la JEP sino que lo conocerá la justicia ordinaria. Y si la JEP, además, encuentra que ese excombatiente incumplió las condiciones del sistema, perdería los beneficios de las sanciones alternativas (que son de máximo 8 años) y podría ser sancionado con la pena más alta, que va hasta 20 años.

Asimismo, en esta nueva ponencia se tuvieron en cuenta los “delitos de ejecución permanente”, que son por ejemplo el secuestro o la desaparición forzada. Si personas sobre las cuales la JEP podría actuar (exguerrilleros, militares, civiles que auspiciaron la guerra) ejecutan un delito de este tipo antes del 1° de diciembre de 2016, la competencia de la Justicia para la Paz se mantiene.

Una tercera aclaración es que “el deber de aportar a la verdad no implica la obligación de aceptar responsabilidades”. Y se añadió, igualmente, que la Comisión de la Verdad tendrá “los controles necesarios que no menoscaben (su) autonomía”. Según Penagos, la propuesta es que la Comisión le rinda cuentas al Congreso de la República “porque tiene unas competencias muy amplias y no tiene controles”.
 

Por Redacción Judicial

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