El Código Penal, como lo conocemos, podría cambiar a partir de este año. El Ministerio de Justicia presentó a expertos en derecho penal y sistema carcelario el borrador del proyecto de ley “por medio del cual se humaniza la política criminal y penitenciaria”. En un documento de 46 páginas, la cartera del gobierno del presidente Gustavo Petro se compromete a darle un giro al Código, excluyendo delitos, otorgando más beneficios a sindicados y condenados y, como norte del proyecto, instalando un sistema de justicia restaurativo al interior de las prisiones.
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Entre los principales cambios a discutir, y que luego serán objeto de estudio por el Congreso, está que la pena máxima en Colombia se reduzca de 60 a 40 años en prisión. La idea del ministro Néstor Osuna es deshacinar las cárceles y otorgarles mayores garantías a los internos quienes, desde 1998, padecen un contexto de graves violaciones de derechos humanos. Asimismo, se pretende conceder casa por cárcel a condenados por delitos que se castigan con más años en prisión. El límite podría extenderse de una pena mínima de ocho años, a una pena mínima de 12.
Por otro lado, los beneficios judiciales, como la prisión domiciliaria o los permisos administrativos (de fines de semana o cada 72 horas), podrían otorgarse, con la reforma, a condenados por captación masiva y habitual de dinero o utilización indebida de información privilegiada. También podrán ser beneficiados los sentenciados por robar violentamente, a quienes hayan lesionado con plena intención a ciudadanos y quienes tengan una condena por instigación a delinquir y empleo o lanzamiento de objetos peligrosos.
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No obstante, el Ministerio de Justicia dejó claro que, con la reforma, ningún homicida condenado podrá acceder a beneficios judiciales. En la actualidad, solo a quienes tienen el agravante de la sevicia se les niegan las ayudas. Asimismo, se considerará un agravante oficial cuando un investigado cometa un delito y esté disfrutando de las medidas alternativas a la privación intramural, como la casa por cárcel o la libertad condicional. Además, ningún crimen de guerra, de lesa humanidad o de genocidio tendrá derecho a los beneficios que otorgan los jueces de la República.
Entre otros cambios, podrían quedar eliminados todos los delitos considerados “contra el sentimiento religioso y resto a los difuntos”. La violación a la libertad religiosa, que tenía una pena máxima de 36 meses en prisión, quedaría por fuera del Código, así como el irrespeto a los cadáveres y la perturbación de las ceremonias religiosas. También quedarían por fuera los delitos de inasistencia alimentaria y emisión ilegal de cheque, que dan hasta 54 meses, así como el fraude en inscripción de cédulas, que representa una pena máxima de nueve años. Adiós, también, a los delitos de injuria, calumnia y aceptación indebida de honores.
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Un capítulo aparte merecen los delitos de terrorismo y concierto para delinquir, los cuales, si se expide el proyecto de ley, en ningún caso podrán ser imputados por fiscales a personas involucradas con protestas, reuniones o manifestaciones. El Ejecutivo, de hecho, articulando a los ministros de Justicia, Defensa y del Interior, este 2023 sigue avanzando en la propuesta de “voceros de paz”, que busca sacar de la cárcel a jóvenes vinculados con el paro nacional de 2021 y que podrían ejercer labores comunitarias en Colombia.
Además, se espera que quienes estén sindicados por cualquier delito y tengan más de 60 años, puedan recibir el beneficio de casa por cárcel. En la actualidad, la ayuda se extiende hasta los 65 años. También podrían ir a casa las embarazadas a quienes les falten cuatro meses para el parto. Asimismo, en el caso en que el sindicado tenga una persona mayor o una persona que no pueda valerse por sí misma bajo su responsabilidad. Y procederá este beneficio a pesar de que la persona esté sindicada por acceso carnal con persona en incapacidad de resistir, hurto agravado, soborno, estafa agravada, peculado por apropiación de más de 50 salarios mínimos o porte de armas en concurso con concierto para delinquir.
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