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Condenan por segunda vez por corrupto al exgobernador de Guainía, Efrén Ramírez

La Corte Suprema condenó a prisión domiciliaria por cinco años al exgobernador Efrén de Jesús Ramírez, quien en abril pasado recibió siete años de prisión por corrupción contractual. Uno de los acuerdos pretendía llevar alimentos al personal y pacientes del hospital de Barrancominas.

13 de junio de 2022 - 03:59 p. m.
Corte Suprema de Justicia. Contra el fallo judicial proceden recursos para una evaluación en segunda instancia.
Corte Suprema de Justicia. Contra el fallo judicial proceden recursos para una evaluación en segunda instancia.
Foto: GUSTAVO TORRIJOS

El desenlace de los procesos judiciales contra el exgobernador de Guainía Efrén de Jesús Ramírez (2004-2005) ha sido totalmente adverso en este 2022. En abril pasado, la Corte Suprema de Justicia lo condenó a siete años de prisión, por corrupción contractual en más de una docena de acuerdos públicos. Ahora, el exadministrador departamental fue sentenciado a cinco años de prisión domiciliaria por el delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales.

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La Sala de Primera Instancia de la Corte inclinó su balanza a favor de la investigación de la Fiscalía. La hipótesis, así como en la sentencia anterior, es clara: Efrén Ramírez suscribió contratos “sin tener en cuenta los principios que regulan la función pública y la contratación estatal, desconociendo la planeación, transparencia, economía y selección objetiva”. En este caso fueron nueve los contratos que le quitarán la libertad al exgobernador. Sin embargo, la Fiscalía alertó por otros diez, de los cuales no pudo demostrar la culpabilidad del acusado.

Uno de los contratos de prestación de servicios data de diciembre de 2004, en el cual no hubo ni estudios de conveniencia, ni selección objetiva. Otro de los acuerdos buscaba el suministro de alimentos para el personal y pacientes del hospital del municipio de Barrancominas. No obstante, no se contó con estudios de referencia en los que se palparan las especificaciones técnicas, objetivas y estructurales de cómo se iba a materializar la promesa.

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“La Corte también determinó que es responsable por las irregularidades en varias órdenes de compra del 2005 para adquirir refrigerios, en las que se desconocieron los principios de transparencia y selección objetiva. Al igual que en una orden de prestación de servicios de junio de 2005 para elaborar un aplicativo que se adaptara a un software en la que no existió correspondencia entre los términos de referencia y el objeto contractual”, agregó la Corte.

Por otro lado, se tiene el registro de cinco órdenes de compra que favorecieron, por ejemplo, a John Fredy Díaz y Adán Rincón Martínez, dos personas que no tenían nada que ver con el objeto contractual, a pesar de que la Gobernación pidió experiencia al contratista. Díaz, de hecho, en abril de 2021 confesó que ni siquiera tenía un establecimiento de comercio, ni permisos para la manipulación de alimentos, como le encomendó la administración de Ramírez. El exgobernador, además, pagará una multa cercana a los $63 millones.

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La reciente sentencia es un espejo de la ordenada en abril pasado. La Sala de Primera Instancia demostró su responsabilidad en la suscripción de alrededor de una decena de contratos públicos, los cuales fueron suscritos violando las reglas y, de igual forma, permitió que terceros se amañaran millonarios dineros públicos. La mayoría de los acuerdos estaban destinados a la educación de la infancia.

A la Fiscalía llegó una denuncia que ponía en aprietos a Ramírez por más de 50 contratos, que oscilaban entre los $10 y los $899 millones. La Fiscalía llevó a juicio al exgobernador por una cantidad aproximada, pero su investigación fue tan regular, que por algunos resultó absuelto y en otros no se aportó prueba alguna. Los magistrados de la Sala regañaron varias veces a la Fiscalía en el documento de casi 200 páginas e incluso le recriminó por no haber incluido en su teoría del caso los delitos de constreñimiento ilegal y falsedad ideológica en documento público.

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Entre los acuerdos están dos contratos de abril de 2004, por $57 millones cada uno, firmados respectivamente por Mayerlin Guayara y Gerardo Reyes. Se encontró fraccionamiento, pues ambos compartían el mismo objeto: el pago de abastecimiento de combustible de enero de 2004, con el propósito de contar con la prestación del servicio de educación para el departamento ¿Para qué se dividió? Según la Fiscalía, como aprobó la corte, para no realizar una licitación pública, en la cual participaran más oferentes.

La contratación para elementos de aseo para centros educativos, del 17 de mayo de 2004, no tiene sentido. La Gobernación pagó $58 millones a Ana Luisa Mesa, la cual prometió entregar los elementos en 30 días con una garantía de un año. Sin embargo, el señor Floresmiro Capera había hecho una oferta más barata, que entregaría las herramientas 10 días antes y con garantía de año y medio. En otro acuerdo para crear un pozo séptico en una comunidad indígena, por $31 millones, el contratista aceptó en testimonio que subcontrató la obra, pues su profesión nada tenía que ver con el oficio que se le encargó.

Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

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