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El Tribunal Administrativo de Cundinamarca dejó en firme la sanción de destitución e inhabilidad general por diez años impuesta al coronel en retiro de la Policía, Flavio Heriberto Mesa Castro. La medida fue adoptada al resolver una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho presentada por el oficial sancionado contra la Procuraduría.
La sentencia fue proferida por la Sección Segunda del alto tribunal, con ponencia del magistrado Luis Gilberto Ortegón. En su fallo, el tribunal consideró que la sanción disciplinaria impuesta por el Ministerio Público está debidamente fundamentada y que no existían motivos jurídicos suficientes para declarar su nulidad, como lo solicitaba el demandante.
Mesa Castro cuestionaba la legalidad de los fallos proferidos por el ente de control el 14 de noviembre de 2018 y el 13 de enero de 2021, mediante los cuales fue sancionado por su participación en una reunión celebrada el 8 de mayo de 2015, que se enmarca en el escándalo conocido como la “comunidad del anillo”.
En dicho encuentro, del que participaron varios altos oficiales de la Policía, se habría intentado persuadir a un subalterno para que se retractara de denuncias de acoso formuladas contra Rodolfo Palomino, entonces director general de la institución.
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El general (r) Palomino López fue absuelto del caso por la Procuraduría en 2018. En su momento, el alto oficial fue señalado de presuntamente haber ejercido presión sobre testigos con el propósito de incidir en las versiones de algunos policías que se habían declarado víctimas de supuestos actos de prostitución y abuso dentro de la institución.
De acuerdo con la acusación, tras conocer las denuncias formuladas por el teniente coronel Reinaldo Alfonso Gómez Beltrán, Palomino habría contactado al entonces comandante del Departamento de Policía de Cundinamarca, coronel Flavio Heriberto Mesa Castro, y al secretario general de la entidad, coronel Ciro Carvajal. El objetivo, según los señalamientos, habría sido localizar al denunciante para ofrecerle beneficios disciplinarios a cambio de modificar su testimonio en el proceso interno que cursaba en su contra.
En su demanda a la Procuraduría, el coronel (r) Mesa Castro alegó que las decisiones disciplinarias adolecían de falsa motivación, se basaban en pruebas supuestamente ilegales —entre ellas una grabación de audio que no contaba con autenticación técnica— y vulneraban su derecho fundamental al debido proceso. Además, sostuvo que la sanción fue desproporcionada y que la Procuraduría había excedido sus competencias al imponerla.
No obstante, al analizar el expediente, el Tribunal concluyó que la Procuraduría actuó dentro del marco legal que le confiere la Constitución y la ley para investigar y sancionar disciplinariamente a servidores públicos, incluso en condición de retiro si los hechos guardan relación con el ejercicio de funciones públicas. Según la corporación, el proceso se adelantó respetando las garantías procesales del disciplinado y con base en elementos probatorios válidamente recaudados e incorporados al expediente.
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“La Sala concluyó que, si bien el proceso disciplinario generó controversia pública, la Procuraduría General de la Nación actuó dentro del marco de sus competencias, valoró de manera adecuada las pruebas recaudadas y respetó las garantías procesales del disciplinado”, se lee en el comunicado del Tribunal.
En consecuencia, la instancia judicial decidió negar las pretensiones de la demanda y confirmar la sanción de destitución e inhabilidad general por diez años impuesta al coronel Mesa Castro, quien permanece inscrito en el Sistema de Información de Registro de Sanciones e Inhabilidades (SIRI), lo cual le impide ejercer cargos públicos durante el tiempo determinado.
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