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Consejo de Estado admite demanda contra cargos creados para revisar apelación de Uribe

El Consejo Superior de la Judicatura había ordenado en agosto pasado crear cargos transitorios para que la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá estudiara la apelación del fallo en contra de Álvaro Uribe Vélez por fraude procesal y soborno en actuación penal. Tras la renuncia a la prescripción por parte del expresidente, el Consejo de Estado definirá si se mantiene en firme o no esa orden.

Redacción Judicial

05 de septiembre de 2025 - 09:20 p. m.
El pasado 25 de agosto, el expresidente Álvaro Uribe Vélez renunció a la prescripción de la investigación en su contra por tres delitos: soborno, soborno en actuación penal y fraude procesal.
Foto: El Espectador - José Vargas
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Este viernes 5 de septiembre, el Consejo de Estado admitió una demanda interpuesta en contra de una orden del 6 de agosto, con la que el Consejo Superior de la Judicatura designó la creación de cargos transitorios para magistrados adjuntos en el Tribunal Superior de Bogotá. Esto, para agilizar la revisión de la apelación de Álvaro Uribe Vélez y su defensa al fallo condenatorio emitido el 28 de julio por la jueza Sandra Heredia, que le dio 12 años de prisión domiciliaria.

La demanda en contra de esa orden fue interpuesta por el abogado Samuel Alejandro Ortiz, un par de días después de que la Judicatura determinara que era necesario descongestionar temporalmente los despachos 004, 011 y 013 de la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá, de cara a la revisión de la apelación. ¿La razón? Esa instancia estaba en una carrera contrarreloj para emitir una decisión, antes de que el caso prescribiera en octubre.

Ese tribunal tiene en sus manos la revisión del fallo que la jueza Heredia emitió hace poco más de dos meses y en el que halló responsable, en primera instancia, al líder natural de Centro Democrático de los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal. Según la togada, Uribe Vélez fue el “arquitecto” y “determinador” de una red de manipulación de testigos, para desviar versiones que lo relacionaban con grupos paramilitares en Antioquia.

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Por el calado de la investigación, la Judicatura determinó el 6 de agosto que era necesario que los magistrados se concentraran en resolver la apelación que el expresidente y sus abogados interpusieron el 13 de agosto. “Se evaluó la necesidad de crear magistrados adjuntos transitorios en los mencionados despachos, teniendo en cuenta las características del proceso asignado, como el gran volumen, la connotación y el término de prescripción”, dice el auto.

Agrega además que existen los recursos necesarios para crear esos cargos transitorios: “Los directores de las unidades de Planeación y Presupuesto de la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial, mediante oficio del 9 de mayo de 2025,certificaron la disponibilidad de recursos presupuestales para la creación de cargos transitorios”, se lee en la orden del 8 de agosto. Pero justo en contra de esa decisión fue la demanda del abogado Ortiz.

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Pidió además que se suspendieran temporalmente los efectos del acto administrativo como medida cautelar; es decir, que se echara para atrás la creación de los cargos transitorios en la Sala Penal del Tribunal Superior, mientras la Sección Primera del Consejo de Estado resolvía la demanda.

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“Por ajustarse a las formalidades previstas en los artículos 162 a 166 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), se admite la demanda, en ejercicio del medio de control de nulidad de conformidad con el artículo 137 del mismo estatuto, instaurada por el señor Samuel Alejandro Ortiz Mancipe, actuando en nombre propio, con el fin de obtener la declaratoria de nulidad, previa suspensión provisional, de los efectos del Acuerdo PCSJA25-12326 de 6 de agosto de 2025″, dice el auto del Consejo de Estado.

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Mientras que esa instancia resuelve la demanda, los magistrados de la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá —Alexandra Ossa Sánchez, Leonor Oviedo Pinto y Manuel Antonio Merchán— estudian de nuevo el expediente del expresidente Uribe Vélez, quien ha sido enfático en decir, desde el día de su condena en primera instancia, que se trata de una decisión política y que hubo errores por parte de la jueza Heredia a la otra de construir el fallo.

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Ahora lo hacen sin el afán de la prescripción, luego de que el pasado 25 de agosto Uribe Vélez le enviara una carta a ese tribunal renunciando de forma voluntaria a la prescripción de la investigación en su contra. Ahora con Uribe libre mientras continúa el proceso penal, también por determinación del Tribunal Superior de Bogotá, su Sala Penal tendrá hasta dos años más para definir en segunda instancia si el expresidente es culpable o inocente.

Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

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