Corte Constitucional aprobó pago de $2 millones a cada desmovilizado de las Farc

Este único pago se hará efectivo una vez finalizadas las Zonas Veredales Transitorias de Normalización. Además, el decreto también contempla otros beneficios como un apoyo económico para emprender un proyecto productivo o de vivienda.

Redacción Judicial
14 de septiembre de 2017 - 11:15 a. m.
Este decreto también determina que el integrante de las Farc, en proceso de desmovilización, tendrá derecho de un apoyo económico, por una sola vez, para emprender un proyecto productivo o de vivienda. / Cortesía.
Este decreto también determina que el integrante de las Farc, en proceso de desmovilización, tendrá derecho de un apoyo económico, por una sola vez, para emprender un proyecto productivo o de vivienda. / Cortesía.

La Corte Constitucional, en su Sala Plena, aprobó un nuevo decreto en el marco de los acuerdos de paz que establece una serie de criterios y medidas del programa de reincorporación económica y social de los desmovilizados de las Farc. Esta norma (Decreto 899 de 2017), entre otras cosas, dispone un único pago de $2 millones a cada uno de los integrantes una vez finalizadas las Zonas Veredales Transitorias de Normalización. (En contexto: La paz, en manos de la Corte Constitucional)

“Este beneficio tiene como objeto principal la estabilización y la reincorporación a la vida civil, para la satisfacción de las necesidades básicas de la persona en proceso de reincorporación”, reza uno de los apartes de la normativa. Los beneficiarios serán aquellos acreditados por la Oficina del Alto Comisionado para la Paz de acuerdo con el listado entregado por las Farc, además de cumplir ciertos requisitos establecidos en el decreto.

Esta norma también contempla la organización especial de economía solidaria denominada Economías Sociales del Común (Ecomun), la cooperativa de esa organización. Esta asociación, que trabajará en zonas donde operó la insurgencia, tendrá como propósito promover “reincorporación económica y social de los integrantes de las Farc y cumplir las funciones que se le asignan en el Acuerdo Final y las demás que le atribuya la ley”. En pocas palabras, la constitución de diversos proyectos productivos que sean viables.

Sin embargo, contrario a lo que expresaba del decreto, el alto tribunal dice que la Superintendencia Nacional de Economía Solidaria y la Cámara de Comercio de Bogotá sí podrán rechazar el registro y la inscripción de las cooperativas. “El funcionamiento de Ecomun seguirá los lineamientos dados por la normatividad vigente en materia de economía solidaria”, agrega el reglamento. (Lea: Corte Constitucional pone a temblar el 'fast track')

Por otro lado, en el mismo decreto, el alto tribunal avaló una la renta básica equivalente al 90% del salario mínimo (beneficio económico), que se le otorgará a cada uno de los integrantes de las Farc durante un año. Esto renta se dará siempre y cuando, según la ley, no tengan un vínculo contractual, laboral, o un contrato de cualquier naturaleza que les genere ingresos.

Este decreto también determina que el integrante de las Farc, en proceso de desmovilización, tendrá derecho de un apoyo económico, por una sola vez, para emprender un proyecto productivo o de vivienda de carácter individual por la suma de $8 millones. “Previa verificación de su viabilidad por el Consejo Nacional de Reincorporación, podrán aprobarse proyectos individuales de carácter productivo para adquisición o construcción o mejoramiento o saneamiento de vivienda”, dice el decreto. (Le podría interesar: Corte Constitucional avaló otro decreto para la implementación del acuerdo de paz)

Por Redacción Judicial

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