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La Corte Constitucional, por decisión unánime, le dio el visto bueno a una ley que prohíbe las corridas de toros en el país, así como actividades sobre toros coleados, corralejas y peleas de gallos.
El alto tribunal estudió si ley 2385 de 2024 se ajustaba a la Constitución o si, por el contrario, iba en contra de derechos fundamentales, como la libertad de expresión y cultural.
El caso llegó al alto tribunal tras una demanda que pedía tumbar la ley, por supuestos errores del Congreso en el debate y aprobación de esa norma.
Además, los demandantes aseguraron que prohibir esas actividades con animales violaban el derecho al trabajo, al libre desarrollo de la personalidad y a la libertad de empresa.
El magistrado Miguel Polo Roreso, ponente del caso, presentó un proyecto de fallo en el que aseguró que el Congreso no había cometido ningún error y que, por el contrario, el camino era declarar exequible la ley.
Dentro del proceso, uno de los conceptos que más respaldó la ley contra esas actividades fue el presentado por la Procuraduría. El Ministerio Público pidió a la Corte que dejara con vida toda la iniciativa, pues, además de estar apegada a la Constitución, armoniza “los derechos individuales con el interés general, así como los mandatos de protección al medio ambiente, el deber de protección y bienestar animal derivado de la dignidad humana, y la función social de los derechos a la propiedad y los derechos adquiridos”.
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