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                                                                                                                              Corte cancela las visitas de un niño con su padre, acusado de abusar del menor

                                                                                                                              La Corte Constitucional estudió la tutela de un niño que pedía protección para no tener que visitar a su papá, a quien él mismo ha señalado de ser su presunto agresor. El alto tribunal, además, evidenció que las visitas habían sido autorizadas por un juzgado de Medellín que no tuvo en cuenta las pruebas completas del caso.

                                                                                                                              La Corte Constitucional le ordenó al ICBF y a la Defensoría de Familiar a que le hagan una especial vigilancia al caso.
                                                                                                                              Foto: EFE - Carlos Lemos

                                                                                                                              Las explicaciones de por qué un juzgado de Medellín autorizó una serie de visitas entre un niño y su papá, pese a que este último sería su presunto abusador, llegaron hasta la Corte Constitucional. Aunque las razones nunca fueron claras, una tutela en nombre del menor fue estudiada por una Sala de Tutelas del alto tribunal, que encontró graves errores en la decisión judicial que permitió que el hombre se reuniera con el niño, primero de manera virtual, y luego de forma presencial.

                                                                                                                              (En contexto: Así es la Constitución de Colombia escrita para los niños y las niñas)

                                                                                                                              Según el estudio de la Corte, el juzgado 15 de familia de oralidad de Medellín dio la orden de que ambos cuadran visitas, luego de que el hombre fuera denunciado por la madre del niño de abusar sexualmente de él. El alto tribunal reprochó esa decisión y protegió el derecho al debido proceso del menor, quien, según su defensa, sufrió retrocesos en su tratamiento terapéutico a raíz de esas visitas.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              (Le podría interesar: “A Colombia no le duelen las niñas y los niños”: directora de Red Papaz)

                                                                                                                              Para el alto tribunal, es claro que la decisión del juez de Medellín puso en alto riesgo al niño, quien no solo había indicado que su papá era su presunto abusador, sino porque lo mismo han podido confirmar diferentes informes sicológicos que se le han practicado a raíz de la denuncia de su mamá. Así las cosas, la Corte, además de cancelar las visitas, le ordenó al ICBF y a la Defensoría de Familia a que realicen un especial seguimiento del caso y le pidió a la Fiscalía que aclare qué fue lo que realmente sucedió en este caso.

                                                                                                                              Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

                                                                                                                              La Corte Constitucional le ordenó al ICBF y a la Defensoría de Familiar a que le hagan una especial vigilancia al caso.
                                                                                                                              Foto: EFE - Carlos Lemos

                                                                                                                              Las explicaciones de por qué un juzgado de Medellín autorizó una serie de visitas entre un niño y su papá, pese a que este último sería su presunto abusador, llegaron hasta la Corte Constitucional. Aunque las razones nunca fueron claras, una tutela en nombre del menor fue estudiada por una Sala de Tutelas del alto tribunal, que encontró graves errores en la decisión judicial que permitió que el hombre se reuniera con el niño, primero de manera virtual, y luego de forma presencial.

                                                                                                                              (En contexto: Así es la Constitución de Colombia escrita para los niños y las niñas)

                                                                                                                              Según el estudio de la Corte, el juzgado 15 de familia de oralidad de Medellín dio la orden de que ambos cuadran visitas, luego de que el hombre fuera denunciado por la madre del niño de abusar sexualmente de él. El alto tribunal reprochó esa decisión y protegió el derecho al debido proceso del menor, quien, según su defensa, sufrió retrocesos en su tratamiento terapéutico a raíz de esas visitas.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              (Le podría interesar: “A Colombia no le duelen las niñas y los niños”: directora de Red Papaz)

                                                                                                                              Para el alto tribunal, es claro que la decisión del juez de Medellín puso en alto riesgo al niño, quien no solo había indicado que su papá era su presunto abusador, sino porque lo mismo han podido confirmar diferentes informes sicológicos que se le han practicado a raíz de la denuncia de su mamá. Así las cosas, la Corte, además de cancelar las visitas, le ordenó al ICBF y a la Defensoría de Familia a que realicen un especial seguimiento del caso y le pidió a la Fiscalía que aclare qué fue lo que realmente sucedió en este caso.

                                                                                                                              Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

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