La Ley 2038, aprobada por el Congreso en junio de 2020, para combatir la pobreza extrema en Cartagena seguirá en firme. Sectores de la comunidad cartagenera, en cabeza de la abogada Carmenza Morales, demandaron la ley preocupados por que aumentara la corrupción, la privatización de los recursos de la ciudad y el desalojo de poblaciones vulnerables. Pero la Corte Constitucional descartó sus argumentos.
La preocupación de los demandantes también estaba fundamentada en que la familia del senador Fernando Nicolás Araújo Rumié, autor de la propuesta, es conocida en Bolívar por las empresas que poseen en sectores hoteleros, urbanísticos y aeroportuarios, los cuales, a su vez, se verían beneficiados por la ley. El Fondo de Sustentabilidad pro Cartagena 500 años, nombre que recibe el fondo propuesto por Araújo, busca ser constituido con dinero público y privado para invertir en acciones y conservar los recursos naturales, en una estrategia para eliminar la pobreza extrema en la ciudad.
El fondo estaría vigente hasta 2033, con posibilidad de prórroga, y los contratos que se pacten se regirán por el derecho privado y no por el derecho público. Guillermo Gómez Merlano, abogado y opositor de ley 2038, le dijo a El Espectador hace semanas que en la ciudad ya existe un plan para erradicar la pobreza y se maneja con recursos de la Alcaldía, por lo que la norma aprobada le quitaría transparencia a la contratación pública. Así mismo, Gómez sostiene que al existir un programa para erradicar la pobreza en la ciudad se debe fortalecer y no crear uno nuevo y menos que sea manejado por privados y por contratación directa.
El fondo funcionaría de manera autónoma a la Alcaldía de Cartagena, sin planta de personal y administrado por una fiduciaria, dejando la dirección de este a cargo de una junta directiva con representación pública y privada de la siguiente manera: dos delegados del presidente, dos de la Gobernación de Bolívar, dos de la Alcaldía, tres representantes de la sociedad civil y dos de los aportantes.
El temor por el poder privado acumulado en el fondo radica también en que gracias a la ley 2038, esta junta tendrá la facultad de dirigir las contrataciones más importantes de los proyectos para la protección del medio ambiente y la erradicación de la pobreza extrema hasta el 2033. Así lo expresó el abogado Danilo Contreras a este diario en abril: “El Distrito solo tiene dos cupos de once en la junta, una posición minoritaria. En cambio, tienen asiento aportantes capitalistas que tienen en mente la recuperación de su capital, no un fin social”.
A pesar de los argumentos expuestos por los demandantes, quienes la consideran anticonstitucional, la Corte Constitucional determinó que la ley 2038 de 2020 es constitucional. Según el alto tribunal, el proyecto no destina recursos del departamento o del distrito al fondo, sino que busca el recaudo, por otros medios, de recursos que permitan la dinamización y solución de problemas en la ciudad.
Otro de los argumentos de la Corte para dejar en firme la ley es que esta no trata de sustituir los proyectos que ya avancen en temas de medio ambiente y pobreza en Cartagena, sino que busca acoplarse a estos para mejorar las condiciones de la ciudad. Tampoco admitió que la constitución de la junta directiva del fondo fuera inconstitucional, puesto que persigue un fin legítimo que es la erradicación de la pobreza extrema y la conservación de los recursos naturales.