
Escucha este artículo
Audio generado con IA de Google
0:00
/
0:00
La Sala de Instrucción de la Corte Suprema abrió investigación formal contra el excongresista del Pacto Histórico César Augusto Pachón Achury, por los delitos de cohecho propio, falsedad ideológica en documento público, peculado por apropiación y concusión.
El expediente contra el líder campesino tiene que ver con el nombramiento de una persona en la Unidad de Trabajo Legislativo (UTL) del entonces congresista, el cual se habría hecho para pagar una deuda. La persona nombrada habría recibido salarios durante un año sin cumplir sus obligaciones laborales.
La persona habría estado asignada en el despacho del excongresista entre el 25 de septiembre de 2018 y el primero de diciembre de 2019, es decir, durante su primer paso por el Congreso.
Elección de César Pachón, anulada
Desde agosto de 2023 Pachón ya no hace parte del Congreso. En ese momento, el Consejo de Estado anuló la elección del senador quien había sido elegido para el periodo 2022-2026, al concluir que incurrió en doble militancia.
El alto tribunal concluyó que este hombre apoyó al entonces candidato a la Cámara de Representantes por Boyacá de la colectividad Colombia Humana Pedro José Suárez Vacca, pese a que el MAIS contaba con un aspirante propio para ese departamento.
Lea además: “Fuego amigo”: la hipótesis de César Pachón sobre la suspensión de su curul
En su decisión, el Consejo de Estado explica que si bien ambas colectividades políticas hacían parte de la misma coalición denominada Pacto Histórico, no podía pasarse por alto que, para el caso particular de la Cámara de Representantes por Boyacá, se había conformado una lista abierta, de tal manera que el elector tenía la posibilidad de elegir entre los seis candidatos que conformaban esa lista y que pertenecían a partidos de origen diferentes.
“En este sentido, el demandado no podía pasar por alto que la colectividad a la que pertenecía el partido MAIS tenía un candidato propio, quien competía no solo con sus compañeros de coalición, sino con todos los que aspiraban a ser elegidos como representante a la Cámara por Boyacá, por consiguiente, existía un deber de fidelidad con el MAIS de manera que le asistía la obligación de respetar la prohibición de doble militancia en la modalidad de apoyo”, explica en su decisión el Consejo de Estado.
Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.