Corte Suprema aclara competencia sobre eventual extradición de “Jesús Santrich”

La Sala de Casación Penal aclaró que únicamente tendrá la competencia para emitir un concepto si los hechos que le atribuyen al exjefe de las Farc sucedieron con posterioridad al Acuerdo Final. Es decir, después del 1° de diciembre de 2016.

Sigue a El Espectador en Discover: los temas que te gustan, directo y al instante.
Redacción Judicial
11 de abril de 2018 - 07:33 p. m.
Seusis Pausías Hernández Solarte fue detenido por cuenta de una investigación de agentes federales de la DEA y del Departamento de Justicia de los Estados Unidos. / Óscar Pérez / El Espectador
Seusis Pausías Hernández Solarte fue detenido por cuenta de una investigación de agentes federales de la DEA y del Departamento de Justicia de los Estados Unidos. / Óscar Pérez / El Espectador
Resume e infórmame rápido

Escucha este artículo

Audio generado con IA de Google

0:00

/

0:00

La Corte Suprema de Justicia aclaró este miércoles la competencia que tendría para intervenir en este proceso que podría enfrentar el exjefe de las Farc, Jesús Santrichcuyo nombre verdadero es Seusis Hernández Solarte. Detenido el pasado lunes por cuenta de una investigación de agentes federales de la DEA y del Departamento de Justicia de los Estados Unidos, el debate que se ha abierto sobre cómo se debió proceder en este caso ha sido extenso. (Le podría interesar: ¿Se equivocó la Fiscalía al capturar a "Jesús Santrich" sin consultar a la JEP?)

De acuerdo con el magistrado José Luis Barceló, presidente de la Corte Suprema, ese tribunal únicamente tendrá la competencia para emitir un concepto de extradición si los hechos que le atribuyen a Jesús Santrich sucedieron con posterioridad a la suscripción del Acuerdo Final. Es decir, después del 1° de diciembre de 2016. “Si sucedieron después de esa fecha, entonces estaremos frente a delitos comunes y la competencia recae en la jurisdicción ordinaria. En este caso en la Corte Suprema de Justicia”, precisó Barceló.

Sin embargo, antes de que este tribunal tenga alguna intervención, el juez natural del exjefe de las Farc es la Jurisdicción Especial de Paz (JEP), creada para conocer los casos relacionados con el conflicto armado. Esto quiere decir que Jesús Santrich cuenta con un estatus que adquirió por su pertenencia a las Farc y que fue ratificado en la suscripción de los Acuerdos de Paz, por lo que será la JEP la que tendrá que decidir si es de su competencia o de la justicia ordinaria. Y eso también se define según la fecha de los delitos que le endilguen. (Lea también: La imagen que ubicaría a "Jesús Santrich" en una reunión de narcotráfico)

“Lo que sí es evidente, y eso surge de la comprensión de la lectura del Acuerdos de Paz, es que una cosa son los hechos que se le puedan imputar a un miembro de las Farc durante su militancia y otra muy distinta es que se hayan cometido con posterioridad a la firma del Acuerdo. Ese es el límite que hay que evaluar y, la conclusión, es que si los hechos que se le atribuyen (a Santrich) son después de esa fecha, pasaría a la justicia ordinaria”, agregó el presidente de la Corte Suprema.

El magistrado Barceló aclaró que el proceso de extradición es un trámite en el que intervienen varias actores del Gobierno, como la Cancillería y el Ministerio de Justicia. Cuando el procedimiento llega al alto tribunal, se evalúa si la persona que piden en extradición está siendo asistida por un abogado y, después, una etapa de pruebas en el que se busca verificar varios aspectos para sustentar un concepto favorable y desfavorable. Por último, el presidente Santos tendrá la última palabra. (Le sugerimos: ¿Quién es Rafael Caro Quintero, el capo al que “Santrich” le habría enviado un cuadro?)

Por Redacción Judicial

Conoce más

Temas recomendados:

 

Sin comentarios aún. Suscríbete e inicia la conversación
Este portal es propiedad de Comunican S.A. y utiliza cookies. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su uso, de acuerdo con esta  política.