El Espectador usa cookies necesarias para el funcionamiento del sitio. Al hacer clic en "Aceptar" autoriza el uso de cookies no esenciales de medición y publicidad. Ver políticas de cookies y de datos.

Corte Suprema anula condena que ordenaba pagar COP 5.000 millones del sistema pensional

La Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia anuló una condena impuesta contra Colpensiones al concluir que la decisión vulneró el debido proceso.

Redacción Judicial

23 de febrero de 2026 - 09:53 p. m.
En Colombia solo uno de cada cuatro adultos mayores logra pensionarse. - Imagen de referencia
Foto: Getty Images
PUBLICIDAD

La Corte Suprema de Justicia dejó sin efectos una sentencia que ordenaba el pago de aproximadamente COP 5.000 millones por concepto de intereses moratorios con cargo al Sistema General de Pensiones, al considerar que la decisión vulneró el derecho al debido proceso.

Con esta determinación, el alto tribunal anuló el fallo proferido el 31 de mayo de 2017 por el Tribunal Superior de Cali dentro de un proceso adelantado contra la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones), en el que varias ciudadanas figuraban como demandantes.

Lea: Reforma pensional: el caso que se le sigue complicando a la Corte Constitucional

La revisión del caso se produjo a partir de una solicitud presentada por la Procuraduría General de la Nación, en ejercicio de su función constitucional de defensa del patrimonio público.

A través de su Delegada para Asuntos Civiles, del Trabajo y la Seguridad Social, el Ministerio Público pidió a la Sala de Casación Laboral examinar la sentencia al advertir posibles irregularidades en la forma en que se estructuró la condena por intereses moratorios.

Lea también: ¿Me seguirán pagando la pensión? Algunas preguntas y respuestas sobre en qué va la reforma

En particular, señaló que la decisión desconoció garantías procesales fundamentales al momento de imponer la obligación económica. La Sala acogió los argumentos del ente de control y concluyó que, en efecto, existió un desconocimiento del debido proceso, lo que hacía improcedente mantener la condena en los términos en que había sido dictada y dejó sin efectos la decisión del Tribunal Superior de Cali.

Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

Conoce más

Temas recomendados:

Ver todas las noticias
Read more!
Read more!
El Espectador usa cookies necesarias para el funcionamiento del sitio. Al hacer clic en "Aceptar" autoriza el uso de cookies no esenciales de medición y publicidad. Ver políticas de cookies y de datos.