Corte Suprema decide sobre preacuerdo con agente que mató a Nicolás Neira
El alto tribunal analizó el preacuerdo que pactaron la Fiscalía y un miembro del Esmad de la Policía, con el cual el agente que disparó contra el joven de 15 años en una protesta de 2005 salía beneficiado. Esta fue su posición.
David Escobar Moreno
De los cinco miembros del Escuadrón Antidisturbios (Esmad) de la Policía que están siendo investigados por el asesinato de Nicolás Neira, un joven de 15 años que murió durante la marcha del 1º de mayo de 2005, el caso del patrullero Néstor Julio Rodríguez Rúa, específicamente, ha causado polémica en los últimos meses. Este miembro de la Fuerza Pública, que, según la Fiscalía, habría sido el autor del asesinato del menor hace casi tres lustros, llegó a un preacuerdo con el ente investigador. En esa negociación, el uniformado, aceptando la autoría del crimen, recibiría una rebaja de la pena. A cambio, la Fiscalía quitaría el dolo (la culpa) sobre el homicidio, para declararlo involuntario.
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De los cinco miembros del Escuadrón Antidisturbios (Esmad) de la Policía que están siendo investigados por el asesinato de Nicolás Neira, un joven de 15 años que murió durante la marcha del 1º de mayo de 2005, el caso del patrullero Néstor Julio Rodríguez Rúa, específicamente, ha causado polémica en los últimos meses. Este miembro de la Fuerza Pública, que, según la Fiscalía, habría sido el autor del asesinato del menor hace casi tres lustros, llegó a un preacuerdo con el ente investigador. En esa negociación, el uniformado, aceptando la autoría del crimen, recibiría una rebaja de la pena. A cambio, la Fiscalía quitaría el dolo (la culpa) sobre el homicidio, para declararlo involuntario.
::Justo antes de comenzar el juicio, caso de Nicolás Neira terminaría en preacuerdo::
El preacuerdo, en el cual también se incluía que el patrullero realizara un acto de perdón público, fue aprobado en diciembre del año pasado por el Tribunal Superior de Bogotá. El padre de Nicolás, Yuri Neira, puso una tutela en contra del preacuerdo ante la Corte Suprema, como último recurso. La Sala Penal de ésta declaró, en abril de este año, que la tutela era improcedente porque el proceso no ha culminado. Su Sala Civil, sin embargo, concluyó a mediados de julio pasado otra cosa: que Neira tenía razón. Los abogados de la familia Neira le recordaron al alto tribunal un precedente importante de la Corte Constitucional: que en los casos de delitos contra menores de edad, la Fiscalía no puede ofrecer beneficios a los investigados. El caso que sentó este precedente fue el abuso sexual contra dos hermanas menores de edad, en el que la Fiscalía llegó a un preacuerdo con los abusadores y la Corte luego lo tumbó.
En la reciente decisión del alto tribunal para el caso de Nicolás Neira, a la que tuvo acceso El Espectador, se indica que “se impone una responsabilidad compartida a las autoridades y la ciudadanía en el deber de protección de nuestros infantes y en la garantía del ejercicio pleno de sus derechos, señalando expresamente que estos prevalecen sobre los derechos de los demás”. Asimismo indicó que, en el caso de Nicolás Neira, la balanza debe inclinarse a su favor con el fin de que se pueda “satisfacer la primacía de niños y adolescentes (...) dada su condición de debilidad manifiesta” y por tratarse de personas de especial protección. De esta manera, el pasado 31 de julio, el Tribunal Superior de Bogotá acogió la decisión tomada por el alto tribunal y el preacuerdo se quedó sin sustento.
(Puede ver: Integrantes del Esmad probarían participación de patrullero en asesinato de Nicolás Neira)
Con la Ley 1098 de 2006 (Código de Infancia y Adolescencia) quedó explícitamente claro que no se pueden negociar rebajas de penas para crímenes en los cuales las víctimas son menores de edad. La defensa del patrullero Rodríguez Rúa, sin embargo, alegaba que esa norma entró en vigencia un año después de la muerte del joven Nicolás Neira, por lo que no podían aplicársela a él. La Corte, por su parte, explicó que la acción de Rodríguez Rúa era reconocida como delito desde antes de que el Código de Infancia y Adolescencia fuera promulgado. Así las cosas, “la intención del legislador fue justamente impedir que los victimarios sean beneficiados, desconociendo la gravedad de estos delitos y los derechos de los niños”.
La defensa de la familia Neira ahora espera que la Fiscalía presente lo más pronto posible el escrito de acusación en contra del patrullero Rodríguez Rúa, quien, de acuerdo con las pesquisas del ente investigador, que han tardado más de 14 años, causó la muerte de Nicolás Neira al disparar con una trufly —arma lanzadora de gas usada por el Esmad— una cápsula de fabricación hechiza que contenía perdigones o metralla, que golpeó la parte posterior de la cabeza del menor, según Medicina Legal. Ese golpe acabó con su vida. Una de las razones por las que la Corte tumbó el preacuerdo fue porque, al declarar el homicidio involuntario (culposo), la indemnización a las víctimas se reduciría, “afectando su garantía a obtener una debida reparación por el daño causado”.
::Muerte de Nicolás Neira motiva destitución de agentes del Esmad::
Rodríguez Rúa empezó a ser investigado formalmente en agosto de 2017, cuando la Fiscalía le imputó el delito de homicidio en la modalidad de dolo eventual, a título de autor. Once meses más tarde, no obstante, un preacuerdo pactado con el patrullero parecía ponerle punto final al proceso. Un punto final que la familia de la víctima objetó con vehemencia. El preacuerdo incluía que él realizara “un reconocimiento público de responsabilidad donde reconozca la acción y conducta que determinó la muerte del adolescente Nicolás David Neira Álvarez”. Hace dos meses era la cita para que Rodríguez Rúa hiciera lo propio. El perdón a la familia Neira, sin embargo, nunca llegó.
Justicia militar, otra estrategia
Dos testigos claves para esclarecer la muerte de Nicolás Neira han sido los miembros del Esmad Héctor Stiwal Cubides y Julio César Torrijos Devia. El primero de ellos confesó en 2009 ante la justicia que en el interior de la Policía se quiso encubrir el asesinato. “Los comandantes del Esmad (dieron) la instrucción sobre lo que teníamos que decir en la declaración que hicimos en la Sijín. Todos declaramos que el menor de edad se tropezó y se golpeó con un bolardo en la cabeza”, señaló el uniformado en su momento. En 2017, Torrijos Devia, capitán que dirigía la sección a la que pertenecía el patrullero Rodríguez Rúa, confirmó la versión de Cubides. El uniformado lo admitió en medio de una investigación en su contra por delitos de narcotráfico, con el fin de recibir beneficios penales.
::Imputarán cargos a agente del Esmad comprometido en muerte de Nicolás Neira::
Esas declaraciones tienen a punto de llamar a juicio al capitán del operativo del 1º de mayo de 2005, Fabián Infante Pinzón, por el supuesto entorpecimiento de las investigaciones. Sin embargo, en agosto de 2018, la defensa del uniformado pidió que este fuera juzgado por la justicia penal militar, vía que Rodríguez Rúa intentó tomar pero que le fue denegada. Ahora el caso es estudiado por el Consejo Superior de la Judicatura, el cual deberá resolver si el caso se queda en la justicia ordinaria o no. La defensa de la familia Neira dice que “no es posible que las graves violaciones a derechos humanos, como la muerte de un joven que se encontraba ejerciendo su derecho a la manifestación pública, puedan ser consideradas como un hecho desarrollado por actos propios del servicio en el Esmad”.
::Por homicidio de menor Nicolás Neira condenan a la Nación::
Dos casos más que se han estado moviendo recientemente, relacionados con el asesinato de Nicolás Neira, son los de los patrulleros Édgar Mauricio Fontal Cornejo y Edwar Humberto Daza. En junio pasado, la Fiscalía y la defensa de los uniformados pidieron que la investigación fuera archivada, pues, según su criterio, se demostró que no habían estado presentes en el momento en que Nicolás Neira murió, en la carrera Séptima, entre las calles 18 y 19, en pleno centro de Bogotá. Sin embargo, un juzgado indicó que existen “grandes falencias en la investigación” y que no se ha podido desvirtuar completamente que estos dos miembros del Esmad no hayan participado en la muerte del joven.
Por ejemplo, existen testimonios de los testigos de la marcha quienes reconocieron al patrullero Daza como uno de los miembros del escuadrón antidisturbios que golpearon a Nicolás Neira en el piso indiscriminadamente, luego de que fuera impactado por la cápsula de gas que salió de la pistola de Rodríguez Rúa. Daza fue identificado por su gran estatura, rasgos faciales y, sobre todo, por su tez oscura. Por otra parte, Fontal Cornejo fue identificado como el miembro del Esmad que habría llegado a la escena del crimen y habría permitido los excesos de los uniformados que siguieron golpeando al joven después de perder la conciencia. “La Fiscalía debía demostrar que los investigados eran completamente ajenos al crimen (...) requisito que no fue satisfecho”, puntualizó el juez del caso.