Un viejo lío por la concesión de un título minero tiene de nuevo al exgobernador de Antioquia, Sergio Fajardo, en la mira de la justicia. Se rata de las supuestas irregularidades alrededor del contrato de 2012 para la explotación por 30 años de un yacimiento de arenas en Santa Rosa de Osos concedido a Manuel Antonio Mesa, esposo de quien fuera su secretaria de Participación, Beatriz White. Aunque la Corte Suprema había archivado una denuncia en su contra en marzo pasado, en segunda instancia, la Sala Penal de ese alto tribunal decidió revocarla.
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En decisión de segunda instancia conocida por este diario, la Sala Penal cuestionó el archivo que tomó la Sala de Primera Instancia también de la Corte Suprema, así como las labores investigativas que adelantó la Fiscalía General. En ese sentido, devolvió el caso a la Fiscalía para que continúe las pesquisas en el marco de un proceso por la presunta comisión del delito de violación de régimen legal o constitucional de inhabilidades e incompatibilidades.
“Los elementos materiales probatorios que aportó la Fiscalía no demuestran en el grado de convicción requerido que Sergio Fajardo Valderrama obró determinado por un error de tipo al momento de suscribir el contrato con Manuel Antonio Mesa López. Como aun afloran dudas que no permiten atender la solicitud de preclusión de la investigación elevada por la Fiscalía, se demanda de esta una mayor actividad investigativa encaminada a dilucidarlas”, dice la decisión de 34 páginas.
(En contexto: El título minero que enreda a Fajardo)
Este caso remite al 26 de julio de 2012 cuando el gobernador Fajardo, ejerciendo una labor que le delegó la Agencia Nacional de Minería (ANM), celebró el contrato 5967 del 26 de julio de 2012 con Manuel Antonio Mesa López, esposo de la funcionaria Beatriz White. El caso llegó a la Fiscalía en junio de 2013 y en julio de 2018 radicó la petición de precluir el caso al considerar que Fajardo incurrió en un factor que lo excluía de responsabilidad penal. Y el 5 de marzo pasado la Sala Especial de Primera Instancia acogió esa postura.
Esa decisión dice que, si bien Mesa estaba inhabilitado para contratar con la Gobernación de Antioquia por el vínculo matrimonial con White, lo cuál es un delito, esta responsabilidad no se le podía atribuir a Fajardo “como quiera que éste incurrió en un error de tipo, al no representarse mentalmente que la persona con quien suscribió el contrato de concesión era el esposo de su secretaria de despacho”. La decisión fue apelada por la propia Gobernación argumentando que la excusa de Fajardo, de no percatarse quien era la persona con quien contrataba, no es válida.
En segunda instancia, la Sala Penal estimó que no está plenamente demostrado que Fajardo haya incurrido en un error que lo libre de responsabilidad penal, “haciendo necesario que se continúe con la investigación y se realicen otras actividades de policía judicial, para esclarecer lo acontecido”. ¿Por qué? En primer lugar, porque quien suscribe el contrato era cónyuge de Beatriz White, “con quien no solo la unía ese vínculo laboral, sino suficientes amistad y confianza, que le permitieron conocer pormenores de su familia y, particularmente, de su pareja”.
“Sergio Fajardo Valderrama conoció a Beatriz White desde años atrás, cuando se desempeñó como director de Proantioquia. A partir de ese momento fue tal la confianza que surgió entre ellos, que lo acompañó en su paso por la alcaldía, en un cargo de dirección, y cuando él aspiró a la presidencia de Colombia, ella hizo parte de la lista al Senado de la República por el movimiento “Compromiso Ciudadano”, grupo político fundado por Sergio Fajardo. En fecha posterior, elegido gobernador, nuevamente integra su gabinete como secretaria de despacho, cargo del nivel directivo en el ente territorial”, señala la decisión.
Así lo reconoció Fajardo en el interrogatorio rendido el 24 de noviembre de 2016 ante la funcionaria de policía judicial adscrita a la Dirección Especializada de Policía Judicial aforados Constitucionales. Para la Sala Penal, es claro que Fajardo que en 15 años Fajardo tuvo oportunidad de conocer y relacionarse con su familia y que, por esa razón, las explicaciones de Fajardo no serían suficientes.
“Y no se ofrecen suficientes, si en cuenta se tiene el número de contratos que examinó el día de marras, once, donde solo uno de ellos, aquel que involucraba a Manuel Antonio Mesa López, era diferente en perspectiva de la relación social y laboral de vieja data que lo ataba a Beatriz White, la cónyuge de aquel, con lo cual la actualización del conocimiento sobre la inhabilidad que recaía sobre el concesionario surgía clara e inmediata al entendimiento del indiciado”, agrega la decisión.
Para la Sala Penal hacen falta labores investigativas por parte de la Fiscalía que, ahora, deberán hacerse. “Nada se indagó, siquiera en el interrogatorio a que fue sometido Sergio Fajardo, sobre los vínculos personales, sociales o de amistad que tuviera con Manuel Mesa, o el conocimiento sobre sus actividades comerciales, o si tenían negocios comunes, o si sabía que los esposos poseían un predio ubicado en Santa Rosa de Osos, y la actividad económica que allí se cumplía”.
Entre otros, llama la atención de la Sala la celeridad con la cual se suscribió el contrato pues después de casi nueve años de espera, en menos de tres meses se adelantaron los trámites pendientes. Para la Sala hace falta practicar pruebas que permitan descartar cualquier interés de Fajardo en favorecer a Mesa y la Fiscalía no estableció cuántos trámites similares más estaban en curso ni desde qué fechas.
Para la Sala Penal tampoco se tuvo en cuenta que al delegarle la Agencia Minera funciones, el Gobernador tenía que entregar una mayor atención a las labores de verificación. “Es necesario, por ello, recoger actas y minutas de las discusiones, junto con los documentos oficiales expedidos por los Comités, para de ello extractar cuál fue la evaluación que realizaron y si hubo o no información concreta sobre el tópico. Incluso, con ese propósito, escuchar a los demás integrantes de estos grupos de trabajo, asesores y evaluadores en cada proceso contractual”, agrega la decisión.