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                                                                                                                              CorteIDH condena a Colombia por ejecuciones extrajudiciales entre 1992 y 1997

                                                                                                                              Este tribunal consideró que el Estado colombiano violó los derechos a la vida, integridad personal y libertad personal de las víctimas.

                                                                                                                              Redacción Judicial con información de EFE

                                                                                                                              Según HRW, al menos 19 generales son investigados por su presunta participación en casos de ejecuciones extrajudiciales. / Archivo.

                                                                                                                              La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) informó que encontró al Estado colombiano responsable por ejecuciones extrajudiciales en los departamentos de Arauca, Santander y Casanare entre los años 1992 y 1997. La sentencia notificada hoy a las partes indica que el Estado colombiano es responsable por la muerte de Gustavo Giraldo Villamizar Durán, Elio Gelves Carrillo, Carlos Arturo Uva Velandia, Wilfredo Quiñónez Bárcenas, José Gregorio Romero Reyes y Albeiro Ramírez Jorge, a manos de integrantes de las Fuerzas Armadas de Colombia.

                                                                                                                              (Le puede interesar: Al menos 19 generales son investigados por ejecuciones extrajudiciales, según HRW)

                                                                                                                              "Fueron ejecutados extrajudicialmente por las Fuerzas Armadas siguiendo el modus operandi de lo que después se conoció como los 'falsos positivos', entre los años 1995 y 1997 en tres departamentos del país, a saber Arauca, Santander y Casanare", cita el texto de la sentencia. Los hechos del caso se relacionan con ejecuciones extrajudiciales de integrantes de la población civil, llevadas a cabo por agentes de las fuerzas de seguridad del Estado durante el conflicto armado colombiano.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              En el caso de Uva Velandia, el hombre fue víctima de un homicidio cometido por un soldado que se encontraba fuera de servicio, en la noche del 20 de junio de 1992. El Tribunal encontró que el Estado colombiano había violado los derechos a la vida, integridad personal y libertad personal, debido a que fue "víctima de un hecho perpetrado por una persona facultada para ejercer atribuciones del poder público que pudo razonablemente ser percibido como alguien que ejecutaba esas acciones en nombre del Estado".

                                                                                                                              (Lea también: Informes sobre ejecuciones extrajudiciales en el Catatumbo son entregados a la JEP)

                                                                                                                              En la sentencia, la CorteIDH estableció que, como consecuencia directa de los hechos del caso, los familiares de las víctimas han padecido un profundo sufrimiento y angustia en detrimento de su integridad psíquica y moral. Además, ordenó continuar con las investigaciones y procesos judiciales, brindar el tratamiento psicológico o psiquiátrico a las víctimas y pagar indemnizaciones por concepto de daño material e inmaterial. 

                                                                                                                              Read more!

                                                                                                                              Según HRW, al menos 19 generales son investigados por su presunta participación en casos de ejecuciones extrajudiciales. / Archivo.

                                                                                                                              La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) informó que encontró al Estado colombiano responsable por ejecuciones extrajudiciales en los departamentos de Arauca, Santander y Casanare entre los años 1992 y 1997. La sentencia notificada hoy a las partes indica que el Estado colombiano es responsable por la muerte de Gustavo Giraldo Villamizar Durán, Elio Gelves Carrillo, Carlos Arturo Uva Velandia, Wilfredo Quiñónez Bárcenas, José Gregorio Romero Reyes y Albeiro Ramírez Jorge, a manos de integrantes de las Fuerzas Armadas de Colombia.

                                                                                                                              (Le puede interesar: Al menos 19 generales son investigados por ejecuciones extrajudiciales, según HRW)

                                                                                                                              "Fueron ejecutados extrajudicialmente por las Fuerzas Armadas siguiendo el modus operandi de lo que después se conoció como los 'falsos positivos', entre los años 1995 y 1997 en tres departamentos del país, a saber Arauca, Santander y Casanare", cita el texto de la sentencia. Los hechos del caso se relacionan con ejecuciones extrajudiciales de integrantes de la población civil, llevadas a cabo por agentes de las fuerzas de seguridad del Estado durante el conflicto armado colombiano.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              En el caso de Uva Velandia, el hombre fue víctima de un homicidio cometido por un soldado que se encontraba fuera de servicio, en la noche del 20 de junio de 1992. El Tribunal encontró que el Estado colombiano había violado los derechos a la vida, integridad personal y libertad personal, debido a que fue "víctima de un hecho perpetrado por una persona facultada para ejercer atribuciones del poder público que pudo razonablemente ser percibido como alguien que ejecutaba esas acciones en nombre del Estado".

                                                                                                                              (Lea también: Informes sobre ejecuciones extrajudiciales en el Catatumbo son entregados a la JEP)

                                                                                                                              En la sentencia, la CorteIDH estableció que, como consecuencia directa de los hechos del caso, los familiares de las víctimas han padecido un profundo sufrimiento y angustia en detrimento de su integridad psíquica y moral. Además, ordenó continuar con las investigaciones y procesos judiciales, brindar el tratamiento psicológico o psiquiátrico a las víctimas y pagar indemnizaciones por concepto de daño material e inmaterial. 

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              Ver todas las noticias
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