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En la noche de este jueves 29 de enero, la Sala Plena de la Corte Constitucional suspendió los efectos del segundo decreto expedido por el gobierno nacional en relación con la emergencia económica en el país. Unas hora antes, el alto tribunal decidió suspender provisionalmente el decreto madre, con el cual el presidente Gustavo Petro declaró el estado de emergencia económica en diciembre pasado.
La nueva decisión, se dio en el expediente liderado por el magistrado Juan Carlos Cortés, quien tiene a cargo el estudio del decreto 1474 de 2025 , por medio del cual “se adoptan medidas tributarias destinadas a atender los gastos del Presupuesto General de la Nación necesarios para hacer frente al Estado de Emergencia declarado por el Decreto 1390 de 2025”.
En contexto: Corte Constitucional suspende la emergencia económica de Petro
El decreto 1474 de 2025 introducía una serie de nuevos impuestos y ajustes tributarios con los que el Gobierno buscaba recaudar recursos para atender la emergencia económica. Entre las medidas más visibles estaba el aumento del IVA del 5% al 19% para licores, vinos y aperitivos, con excepción de la cerveza, así como la creación del IVA para los juegos de suerte y azar operados por internet.
La norma también ajustaba beneficios tributarios. Por ejemplo, limitaba la exclusión del IVA para compras por tráfico postal y envíos urgentes a bienes de hasta USD 50, y redefinió el impuesto al patrimonio para personas con patrimonios líquidos desde 40.000 UVT (unidad de valor tributario), con tarifas progresivas que podían llegar al 5%.
En materia empresarial, el decreto establecía una sobretasa al sector financiero, elevando su impuesto de renta hasta el 50% en 2026, y creaba un gravamen del 1% a la extracción de hidrocarburos y carbón en su primera venta o exportación.
Desde 2026, el decreto también creaba un impuesto del 19% al consumo de cigarrillos electrónicos y vapeadores, con o sin nicotina, así como a sus líquidos e insumos. A esto se sumaron medidas de normalización tributaria, con reducciones transitorias de sanciones e intereses para contribuyentes en mora.
Previo a que la Corte Constitucional decidiera suspender los efectos del decreto que declaró el estado de emergencia económica, la magistrada Paola Andrea Meneses se declaró impedida para intervenir en el análisis del segundo decreto. De acuerdo con la magistrada, su decisión respondía a un eventual conflicto de interés, dado que su esposo se desempeña como vicepresidente jurídico de Ecopetrol, empresa que resultaría directamente afectada por las decisiones tributarias de la norma.
Lea: Magistrada Paola Meneses se declaró impedida en estudio de impuestos de emergencia económica
Meneses aclaró que su impedimento aplica dentro del proceso de revisión del decreto legislativo 1474 de 2025. En ese contexto, señaló de manera específica el artículo 8 del decreto del Gobierno nacional, que crea un “impuesto especial para la estabilidad fiscal, que grava la extracción en el territorio nacional de hidrocarburos y carbón de las partidas arancelarias al momento de la primera venta o la exportación”.
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