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Demanda busca tumbar impuesto de la reforma tributaria por afectar a vegetarianos

Mientras que el país tiene los ojos puestos en expedientes del gobierno Petro como la emergencia económica y la reforma pensional, hay una demanda contra un aparte de la reforma tributaria que está en su recta final. El caso busca tumbar impuestos por los que aseguran haber sido discriminadas las personas que no comen carne.

Jhordan C. Rodríguez

26 de enero de 2026 - 09:05 p. m.
El impuesto afecta directamente a los vegetarianos, quienes deben pagar más por productos que hacen parte de sus dietas.
Foto: Getty Images/iStockphoto - Yulia Gusterina
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Esta semana se espera que el centro del debate en la Sala Plena de la Corte Constitucional sea la posible suspensión del decreto con el que el gobierno de Gustavo Petro declaró el estado de emergencia económica en diciembre pasado. Sin embargo, en el primer punto del orden del día del próximo miércoles no aparece ese expediente, al menos no por ahora, sino la demanda que pide al alto tribunal tumbar una parte de la reforma tributaria de 2022. El recurso sostiene que hay un artículo en esa ley que afecta directamente a los vegetarianos del país, cobrándoles más impuestos por productos que hacen parte de sus dietas. La Procuraduría le pidió al alto tribunal darle la razón a los demandantes. A la Sala Plena solo le falta votar la ponencia y cerrar el caso.

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La demanda llegó al alto tribunal en junio de 2024 y su autora es la senadora de la Alianza Verde, Andrea Padilla. De acuerdo con la congresista, parte del artículo 54 de la reforma tributaria (Ley 2277 de 2022) vulnera los derechos de los colombianos que optaron por ser vegetarianos. Según dice, la norma buscaba que se tuviera que pagar más por productos que afectaran la salud de los colombianos, pero el gobierno eximió algunos alimentos como el arequipe, el salchichón, la mortadela y la butifarra. Sin embargo, señala Padilla, no fueron excluidos de los impuestos los equivalentes a esos mismos productos, pero de origen vegetal. Es decir, de los impuestos saludables fueron excluidos algunos dulces y embutidos de origen animal, pero no se tuvieron en cuenta los vegetarianos.

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Dentro de lo expuesto por la congresista al alto tribunal, está que el tributo que se le impuso a los productos de origen vegetal en la reforma tributaria de 2022 “discrimina e impone mayores cargas a los consumidores que por razones de opinión filosófica han escogido alimentarse exclusivamente de productos de origen vegetal”. Según Padilla, con esos cobros más altos también se “establece un trato diferenciado entre contribuyentes iguales, y tiene consecuencias regresivas para la salud pública y la protección del ambiente y los animales”. De acuerdo con lo consignado en la demanda que estudia la Corte Constitucional, el error no es solo del gobierno Petro, sino que hubo omisiones del Congreso a la hora de plantear y aprobar la reforma.

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El artículo que demanda, dice, fue claro al decir que exceptúa de cobros “algunos alimentos de los impuestos saludables por considerarlos importantes en la canasta básica de los hogares colombianos: el arequipe, el salchichón, la mortadela, la butifarra, las carnes de vaca, cerdo, pollo y pescado, así como los quesos y la leche”. Pero durante el debate en el Congreso, según manifestó la senadora, el Legislativo “omitió exceptuar también los alimentos equivalentes de origen vegetal: el arequipe vegetal, el salchichón vegetal, la mortadela vegetal, la butifarra vegetal, las carnes vegetales equivalentes a las de vaca, cerdo, pollo y pescado, y los quesos y leches vegetales”.

A través de la reforma, dijo Padilla, “el Congreso impuso una mayor carga tributaria sobre los productos que consumen las personas veganas o vegetarianas”. Esa medida, sostiene, es “discriminatoria porque impone mayores costos sobre productos indispensables e insustituibles para ellas y representa un obstáculo injustificado para sus convicciones filosóficas”, porque, entre otras cosas, “incrementa el costo de productos básicos para las personas veganas o vegetarianas (como la carne vegetal equivalente a la de vaca, cerdo, pollo o pescado, los quesos y las leches vegetales), sin ninguna justificación legítima”. Por eso, sostiene que “la medida vulnera los derechos a la igualdad, equidad tributaria y la prohibición de discriminación por razones de opinión filosófica”.

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En agosto del año pasado, la Procuraduría emitió concepto en el proceso. Para el Ministerio Público, la exclusión de impuestos que se hizo en la reforma de ciertos productos ultraprocesados se debe a que hacen parte de la canasta básica de los hogares colombianos, “por lo que gravarlos podría afectar negativamente el poder adquisitivo de las familias más vulnerables”. Sin embargo, señala el ente de control, que sí hubo una exclusión hacia las personas vegetarianas, pues no se excluyeron productos equivalentes. “Dicho tratamiento desigual no parece guardar una justificación objetiva y razonable desde el punto de vista del fin perseguido por el legislador, esto es, la promoción de hábitos alimenticios más saludables”, se lee en el concepto enviado a la Corte por Gregorio Eljach.

El artículo, señala el Ministerio Público, lleva a que “los consumidores de productos de origen animal pueden pagar un precio menor, ya que dichos productos no quedaron sujetos al impuesto en cuestión”. Por el contrario, “los consumidores de productos de origen vegetal deberán enfrentar un precio comparativamente más alto debido a la imposición tributaria sobre sus productos” y esa diferencia “en el tratamiento fiscal resulta en un trato desigual”. Por esa razón, el ente de control sostiene que “la exclusión de los alimentos equivalentes de origen vegetal de la exención prevista constituye una barrera que limita la opción de seleccionar aquellos alimentos que mejor se adapten a la salud, creencias o estilo de vida individual, imponiendo cargas adicionales injustificadas desde el Estado”.

En su concepto, el procurador sostiene que los impuestos al consumo de productos ultraprocesados son adecuados para intentar reducir enfermedades crónicas no transmisibles como la obesidad, diabetes, hipertensión y cardiovasculares, por lo cual la iniciativa habría sido acertada en ese sentido. Pero, por otra parte, que sí hubo una discriminación por parte del Congreso hacia las personas vegetarianas, pues no se excluyó del gravamen a los productos de origen vegetal equivalentes a los de origen animal que sí se excluyeron. En síntesis, el Ministerio Público pide declarar la exequibilidad condicionada del artículo, para que en el beneficio tributario también estén “los alimentos ultraprocesados de origen vegetal, equivalentes a los productos de origen animal ya excluidos”.

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El único magistrado que no podrá participar del debate y de la decisión el próximo miércoles será Vladimir Fernández. El ahora togado presentó un impedimento que fue aceptado por sus compañeros de Sala Plena en mayo del año pasado, por haber sido el secretario jurídico de la Presidencia de la República y haber participado en la construcción del articulado antes de ser presentado en el Congreso. Por ahora, solo queda esperar a que los ocho magistrados restantes revisen y voten la ponencia de Ibáñez en el proceso, cuya decisión terminará afectando directamente a los colombianos que optaron por llevar una dieta vegetariana.

Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

Por Jhordan C. Rodríguez

Periodista y creador de contenido con más de cuatro años de experiencia cubriendo fuentes de poder político y judicial.@JhordanR11jrodriguez@elespectador.com
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