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La Procuraduría General de la Nación suspendió e inhabilitó a dos oficiales del antiguo Escuadrón Móvil Antidisturbios (ESMAD) de la Policía Nacional, en el marco de la investigación relacionada con la muerte de Daniel Alejandro Zapata, un joven de 20 años que se encontraba manifestando durante las protestas que se llevaron a cabo en Bogotá el 1 de mayo de 2021, en el Portal Banderas de Transmilenio.
El subteniente Jorge Enrique Bombita Uriana, quien se desempeñaba como comandante de la sección 1 del Escuadrón Móvil Antidisturbios (ESMAD), fue sancionado con una suspensión e inhabilidad especial de ocho meses. Esta decisión se basa en la identificación de fallas en su mando y supervisión durante el proceso de control de las protestas.
De manera conjunta, la Procuraduría Distrital de Juzgamiento tomó la decisión de destituir e inhabilitar por 18 años al patrullero Abberson de Jesús Salas Acosta, conocido como el patrullero del ESMAD No. 23 DEGUA. La investigación concluyó que Salas Acosta disparó su fusil lanzagases contra los manifestantes en un acto que se definió como desproporcionado, generando lesiones mortales a Daniel Alejandro Zapata.
Esta acción se llevó a cabo bajo las órdenes directas del subteniente Bombita Uriana, quien instruyó al patrullero a “intervenir en la multitud a través del uso de la fuerza”, detalló la Procuraduría.
“Daniel Alejandro Zapata se convirtió en la primera víctima mortal en Bogotá, en medio de las manifestaciones que completaban 13 días, en el marco del Paro Nacional. Así lo confirmó la organización Lazos de Dignidad. El joven, de 20 años, resultó herido en la cabeza el pasado 1 de mayo, en medio de las manifestaciones que se presentaron en Banderas, en el suroccidente de Bogotá. Al parecer, habría sido golpeado por un artefacto en la cabeza”, publicó El Espectador el día de la muerte del joven, el 10 de mayo de 2021.
En contexto: Alejandro Zapata: primer muerto de la jornada de protestas por el Paro Nacional en Bogotá
Las decisiones de suspensión tomadas por el Ministerio Público se fundamentan en la violación de diversos principios como la integridad personal, la legalidad y la proporcionalidad en el uso de la fuerza. La Procuraduría calificó la conducta del patrullero Salas Acosta como gravísima, atribuida a dolo, lo cual representa un agravante en la evaluación de su responsabilidad.
En el caso del subteniente Bombita Uriana, su conducta fue considerada grave, también a título de dolo, enfatizando las condiciones de la situación en la que se produjo la muerte del manifestante.
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