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‘El Estado de conmoción aumentaría la crisis en el Paro Nacional’: expertos

El gobierno no ha definido si apela esta figura ante los problemas de orden público. Para defensores de derechos humanos es abrir la puerta para perpetuar las violaciones que hoy ya están ocurriendo en las calles.

06 de mayo de 2021 - 03:54 a. m.
La declaración de Estado de conmoción tendría un efecto negativo en las protestas.
La declaración de Estado de conmoción tendría un efecto negativo en las protestas.
Foto: Óscar Pérez

Mientras el país está alerta ante la posibilidad de que el presidente Iván Duque decrete el Estado de Conmoción en algunas ciudades del país por los problemas de orden público durante las jornadas ininterrumpidas de Paro Nacional durante una semana, las denuncias por abusos policiales y muerte de más de 30 civiles a manos de la Fuerza Pública no cesan. En horas de la tarde de este miércoles 5 de mayo la expectativa era de tal magnitud, que corrió una notifica falsa de un supuesto decreto que declaraba la conmoción interior. Desde la Presidencia lo desmintieron y aseguraron que se trataba de falsas noticias para desestabilizar al país.

Lo que sí es un hecho, es que el presidente Duque en varias intervenciones sostuvo que no descartaba el uso de esta herramienta, consignada en el artículo 213 de la Constitución, en distintas ciudades. Se trata de una medida que solo se toma en caso de grave perturbación que atente de manera inminente contra la seguridad del Estado, que tiene un límite de tiempo de hasta 90 días prorrogables por dos períodos más (con aprobación del Senado) y que limita varios derechos de la ciudadanía. La noticia generó reacciones desde diferentes sectores académicos, políticos y sociales, pues abría la puerta a que supuestamente se cometieran más violaciones.

(Puede leer: Estado de conmoción interior: qué es y cómo entenderlo)

Entre las acciones que puede tomar el presidente en el marco de un Estado de Conmoción, está restringir el derecho a la circulación y residencia; utilizar de manera temporal bienes e imponer la prestación de servicios técnicos y temporales; establecer restricciones a la radio y a la televisión para “divulgar informaciones que puedan generar un peligro grave e inminente para la vida de las personas, o incidir de manera directa en la perturbación del orden público”; capturar, de manera preventiva, a personas sobre quienes “se tenga indicio sobre su participación o sobre sus planes de participar en la comisión de delitos”; o restringir el derecho de huelga en los servicios públicos no esenciales.

Una de las primeras en reaccionar fue Luz Marina Monzón, Directora de la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas (UBPD), quien hizo un llamado urgente para abrir un espacio de escucha a la sociedad porque la crisis que vive el país no puede ser atendida bajo de la declaración de Estado de conmoción interior. “Ante las medidas excepcionales declaradas, la situación de violaciones a los Derechos Humanos puede agravarse (...) Los Estados de emergencia o conmoción aunque sean mecanismos constitucionales no son la mejor respuesta a las necesidades imperiosas del fortalecimiento del Estado Social de derecho y a las garantías de no repetición”.

La directora del Centro de Estudios de Derecho, Justicia y Sociedad (Dejusticia), Vivian Newman, indicó que el Estado de Conmoción tiene una limitación temporal, una excepcionalidad y unos mínimos requisitos. “Tiene una forma de tener un control judicial. Es por lo menos pedirle a un juez que vigile y que haya un equilibro entre los poderes públicos”, explicó. Varios expertos en derechos humanos coincidieron en que estamos en un momento de falta de institucionalidad, en la que las violaciones son constantes y que el gobierno ha apelado al argumento de que las marchas están infiltradas por grupos armados para justificar sus acciones, como disparar a civiles que les han disparado desde las marchas.

“En la mayoría de los casos, los ciudadanos no están disparando. Entonces esto ni siquiera es una reacción defensiva para empezar. Y, además, se viola completamente el principio de la proporcionalidad en el uso de la fuerza. Debe procesar jurídicamente a las personas que los protagonizan, pero no puede desmantelar completamente la protesta pública por cuenta de los incidentes violentos. Ahora, si el plan que tiene el Gobierno para lidiar con la situación de orden público es el necesario de un Estado de Conmoción Interior, eso solamente va a terminar por atizar la crisis en la que nos encontramos porque eso es seguir entendiendo el problema como un problema de orden público”, dijo la profesora Sandra Borda.

La experta en derechos humanos y relaciones internacionales señaló que no se puede imaginar lo que puede llegar a hacer el gobierno en un escenario de Estado de Conmoción. “Si la Fuerza Pública está haciendo lo que está haciendo en un escenario de normalidad, no me quiero imaginar lo que va a pasar en un escenario de Conmoción Interior. Eso es ponernos en un paréntesis peligrosísimo en materia de seguridad y en posponer indefinidamente, y en perjuicio de la ciudadanía y del mismo establecimiento, la satisfacción de las necesidades que están motivando la protesta. Creo que lo que están planeando hacer es meterle más leña al fuego. Y de esto no va a salir bien librado nadie”, agregó Borda.

Para los expertos, el Estado ya empezó a dar pasos que generan posibles riesgosd e violación de derechos humanos. “¿Qué más deslegitimación puede haber de la que hay en este momento? A todo ese cóctel hay que añadirle la asistencia militar. El 1º de mayo el presidente Duque mencionó en su alocución que seguía vigente en centros urbanos con alto riesgo la figura de la asistencia militar, que es una figura gran desconocida, consagrada en el artículo 170 del Código Nacional de Policía. existe desde el código anterior en los años 70. Es un llamado a que la Fuerza Militar contribuya a la Policía cuando existe una emergencia o calamidad pública”, explicó la directora de Dejusticia.

El profesor y abogado de la Universidad Externado, Camilo Umaña, cree que a pesar de que existe el riesgo de declarar el Estado de Conmoción Interior, es un poco escéptico de que vaya a ocurrir “porque ya creo que existe de facto. Es decir, hay una limitación exacerbada de las libertades públicas y las Fuerzas Militares están en las calles. Y la Policía se ha reforzado con un uso y abuso de su autoridad. Esto da muestra del acortamiento de las libertades públicas. Eso explica en parte las protestas”. Umaña indicó que uno de los grandes problemas es que las autoridades han mezclado las reglas para intervenir o no intervenir en las manifestaciones con el Derecho internacional Humanitario (DIH).

“Las reglas del combate han hecho mezclar y confundir a la Fuerza Pública para pensar que en toda forma de intervención se debe actuar bajo las formas del DIH, incluso frente a problemas civiles y problemas en los que no son aplicables. El único escenario en el que se pueden aplicar esos principios en escenarios de conflicto armado interno y no para graves confrontaciones sociales, alzamientos populares o conglomerados civiles, como sucede en Colombia. El uso de armas letales para este tipo de manifestaciones está absolutamente prohibido. Y la restricción está dada, no sólo por reglas operacionales internas sino también por el DIH”.

Para Newman, si Duque decide continuar con esta figura de la asistencia militar, “quiere decir que ya está vigente, porque ya está activada esa asistencia militar. Y, ¿cuál es el fundamento de esa figura? ¿Cuáles son los controles? ¿Quién puede saber si está debidamente justificada o no? ¿Si la justificación está en razones de seguridad pública que impide que haya acceso ciudadano a esa explicación? Nosotros realmente no podemos hacerle control a lo que ya existe en este momento”. Y agregó que el Estado de Conmoción sería el siguiente paso que existe en la Constitución: “por lo menos se tiene que decretar en unos actos administrativos, decretos con fuerza de ley, que tendría un cierto control por la Corte Constitucional, que no lo está teniendo en este momento”.

Camilo Umaña le dijo a este diario que son muy inquietantes las últimas declaraciones que ha dado el gobierno en materia de derechos humanos, pues debe garantizarlos y protegerlos ante cualquier situación. “El martes salió una entrevista muy preocupante de la Consejera para los Derechos Humanos de la Presidencia (Nancy Patricia Gutiérrez) diciendo que los derechos humanos se garantizaban en la medida que los ciudadanos cumplían con sus deberes. Un poco justificando que las personas que pudieran lanzar una o dos piedras perdían sus derechos humanos. Esto es perverso”, concluyó.

Para los expertos que dialogaron con El Espectador, más allá de proteger el derecho a la vida, hay otros derechos fundamentales que no pueden ser violados, así se esté en un Estado de Conmoción. Coinciden en que se pueden multiplicar las formas de represión, los arrestos injustificados, las desapariciones, entre otro largo etcétera de violaciones que, según ellos, ya están sucediendo a pesar de no estar en medio de un Estado de Conmoción.

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Darío(12941)06 de mayo de 2021 - 05:27 p. m.
Gracias a diez millones de uribistas no nos volvimos como Venezuela. Nos estamos volviendo como el Chile de Pinochet.
GERMÁN VARGAS(8621)06 de mayo de 2021 - 05:00 p. m.
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JUAN(37240)06 de mayo de 2021 - 04:51 p. m.
Son innumerables los videos en redes de encapuchados saliendo de civil de los comandos de policía que terminan siendo los mismos vándalos, policías infiltrados para generar vandalismo, y así justificar la agresión desmedida de la fuerza pública, justificar la militarización, el estado de conmoción interior y consolidar dictadura la uribista.
  • JUAN(37240)06 de mayo de 2021 - 04:54 p. m.
    Lamentando la muerte de civiles y fuerza pública las cifras son contundentes respecto a la abultada ventaja de la fuerza pública sobre los manifestantes. No se puede esperar que los manifestantes se dejen agredir indefinidamente y es lógico que en algún momento respondan. Pero es pelea de tigre con burro amarrado.
David(ly9aq)06 de mayo de 2021 - 04:38 p. m.
En este caso especifico (213, párrafo 2), el gobierno deberá informar al legislativo sobre las motivaciones (3 Reformas) y los civiles no podrán ser juzgados por la justicia penal militar (213, párrafo 3).
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