Guadalupe y sus tres hijos no solo pasaron por el horror de perder a su padre y esposo por cuenta de la guerra, sino que, además, se enfrentaron a la demora de las autoridades judiciales para la entrega de sus restos óseos. Han pasado 11 años desde que identificaron los restos de Antonio, y hasta el momento, su familia no ha podido darle sepultura. Tuvieron que recurrir a una acción de tutela que fue analizada por la Corte Constitucional, para que Medicina Legal y la Fiscalía les dieran una respuesta. El alto tribunal les dio la razón y dio directrices a las entidades.
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El 20 de mayo de 2002, en el corregimiento de La Fortuna, municipio de Agua Clara, en Santander, Antonio desapareció forzosamente. Cuatro años después, Guadalupe, su esposa, reportó el caso ante el Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) de la Fiscalía. Durante 2006, familiares de Antonio recuperaron los que creían eran sus restos y los trasladaron hasta el Instituto Nacional de Medicina Legal. Hasta diciembre de 2010, el órgano forense decidió tomar muestras de ADN a sus tres hijos para cotejarlos y quedaron de notificar los resultados.
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El caso quedó ahí hasta que Guadalupe decidió, en mayo del año pasado, indagar no solo por el estado de la investigación sobre quienes fueron los responsables de la muerte de su esposo, sino también sobre los resultados de ADN. La mujer puntualmente le solicitó a la Fiscalía información sobre las declaraciones que rindieron los exmiembros de las AUC ante Justicia y Paz, y a Medicina Legal le solicitó los resultados de las muestras, y en caso de salir positivos, el procedimiento para obtener los restos para su inhumación.
En mayo del año pasado, la Fiscalía le respondió que Antonio está acreditado como víctima de desaparición forzada, por cuenta de una declaración que entregó el exjefe paramilitar Salvatore Mancuso en noviembre de 2020. Medicina Legal, por su parte, dijo que, en agosto de 2011, se corroboró que los restos de Antonio si correspondían a su ser querido, y que esa información fue entregada al fiscal del caso. No obstante, cuando se fue a revisar el historial, no hallaron ninguna anotación de ese resultado ni tampoco de quién era la víctima.
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El panorama para Guadalupe parecía ponerse aún más turbio luego de que ingresó al sistema de Medicina Legal para indagar sobre el expediente. Encontró que los restos de Antonio ya habían sido entregados. Entonces, sin conocer sobre su paradero, y con varias inquietudes por resolver, la mujer decidió a través de una acción de tutela pedir la entrega de los restos de su esposo, y que se ampare los derechos al debido proceso y el acceso a la administración de justicia. En septiembre del año pasado un tribunal admitió el recurso y le concedió el amparo a Guadalupe.
Lo que llama la atención, es que han pasado 16 años desde que denunciaron la desaparición de Antonio, y hasta el momento, el análisis del tribunal es que la investigación por su muerte “no se ha asignado a ningún fiscal (…) En esas circunstancias, evidenció la violación del derecho al debido proceso de la accionante porque, pese a que el Instituto Nacional de Medicina Legal tiene bajo su custodia los restos de Antonio desde el 29 de diciembre de 2006, la accionante no recibió una respuesta cierta sobre su entrega a la Fiscalía encargada del caso. Esta omisión también representó un desconocimiento de su derecho de acceso a la administración de justicia”, dijo el fallo de tutela de primera instancia.
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El caso fue seleccionado por la Corte Constitucional, y por reparto, llegó al despacho de la magistrada Gloria Ortiz, quien ratificó la decisión de primera instancia y, además, ordenó una serie de directrices que culminarán en la entrega de los restos de Antonio. El alto tribunal dijo que los diversos despachos de fiscales que tuvieron y tienen competencia de investigar la desaparición forzada, violaron los derechos de Guadalupe porque no le informaron sobre los avances y resultados de la investigación.
Sobre la respuesta de Medicina Legal, el alto tribunal consideró que entregó una contestación “evasiva” en cuanto a la autoridad judicial a la que remitió el resultado del dictamen que identificó los restos. “Los fiscales no emprendieron ni informaron a la accionante del proceso de restitución de los restos de su compañero permanente (…) lo cual impidió que la accionante y sus hijos pudieran cumplir su intención de darles sepultura de acuerdo con sus creencias y brindarles la tranquilidad que implica iniciar el proceso de duelo”, indicó la sentencia.
El fallo de tutela también dice que tanto Medicina Legal como la Fiscalía deben adoptar para que, en caso de fallecimiento de la persona desaparecida forzosamente, se hallen sus restos, sus allegados puedan recibirlos en una entrega digna y sepultarlos de acuerdo con sus creencias, lo cual debe ocurrir en el menor tiempo posible. Del mismo modo, explicó que el mantener a los familiares en la incertidumbre sobre el paradero de su familiar constituyó una violación de sus derechos a la verdad, a la reparación y a no ser sometidos a tratos crueles, inhumanos o degradantes.
“Las víctimas indirectas de desaparición forzada son titulares del derecho a la reparación. Una manifestación concreta de esta prerrogativa fundamental es la garantía de la entrega oportuna y digna de los restos de la persona desaparecida a sus familiares. Esta entrega debe ocurrir a la mayor brevedad posible y sin costo alguno, luego de que se verifique la filiación”, resaltó la Corte y lamentó que la entrega digna de los restos que, debió ocurrir en 2011 y que acabaría con parte de la zozobra de la accionante y su familia, aún no se hubiera registrado.
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Con las latentes vulneraciones a los derechos de Guadalupe y sus tres hijos, la Corte les dio 48 horas a los fiscales encargados de la investigación para que entreguen los avances que ha tenido el expediente de Antonio. Además, Medicina Legal deberá hacer la entrega digna de sus restos y activar el programa de atención psicosocial y salud integral a víctimas a favor de la mujer y adelantar las acciones pertinentes para que los responsables de la desaparición sean sancionados.
Medicina Legal deberá, en un año, actualizar la información verídica que se consigna en su página sobre las víctimas de desaparición forzada con el propósito de que sus familiares puedan acceder a ella sin impases como ocurrió con Guadalupe. Además de eso, el alto tribunal compulsó copias a la Procuraduría General para que indague si hubo alguna irregularidad en la investigación, y de ser así, se impongan sanciones disciplinarias a los funcionarios encargados del expediente.
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