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El recurso con el que buscan exponer vulneración de derechos en paro agrario de 2013

El magistrado de la Corte Constitucional, Jorge Enrique Ibáñez, busca que el alto tribunal conozca una acción de tutela de una comunidad del Caquetá que se vio afectada por las acciones que la policía desplegó durante el paro agrario de 2013.

26 de septiembre de 2022 - 02:27 a. m.
El recurso con el que buscan exponer vulneración de derechos en paro agrario de 2013
El recurso con el que buscan exponer vulneración de derechos en paro agrario de 2013
Foto: Óscar Pérez

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A pocos meses de que se cumpla una década del Paro Agrario de 2013, algunos manifestantes le siguen pidiendo a la justicia que los reparen por los daños que, al parecer, ocasionó el Escuadrón Móvil Antidisturbios (Esmad) de la Policía mientras contenía las jornadas de manifestación. La Corte Constitucional podría conocer el caso puntual de unos campesinos de Florencia, Caquetá, que denunciaron vulneración de derechos en medio de un plantón que hicieron. El magistrado Jorge Enrique Ibáñez presentó un recurso con el que pide que se analice el expediente por ser un caso novedoso.

El Paro Agrario que completó casi un mes y tuvo como protagonistas a productores, camioneros, estudiantes y campesinos se registró por una serie de diferencias en el sector agrario sobre los costos de insumos agrícolas, los precios de compra de productos para su exportación que no beneficiaban al sector agrario colombiano y la prohibición por parte del gobierno nacional sobre el uso de semillas nacionales para los cultivos a cambio de la compra de semillas extranjeras especialmente las que traían de Estados Unidos.

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El inconformismo del sector agrícola le terminó pasando factura al expresidente Juan Manuel Santos, quien en algún momento anunció que el paro no existía, sin embargo, mientras el exjefe de Estado desconocía lo que pasaba en las diferentes regiones, los campesinos y agricultores se enfrentaban a la Policía quienes eran los encargados de despejar las principales vías que terminaron bloqueadas por plantones y manifestaciones. El caso puntual que el magistrado Ibáñez pide que sea analizado es de un grupo de campesinos que tuvo enfrentamientos con el Esmad.

Los hechos ocurrieron en la vía que conduce de Florencia a Montañita y que atraviesa los barrios La Cabaña, Los Ángeles y Prados Del Norte, barrios donde viven los demandantes. Lo que dice el expediente es que fruto de los enfrentamientos, los campesinos fueron víctimas de agresiones por parte de la Policía y el Esmad. Lo que denunciaron fue que sufrieron los efectos de los gases lacrimógenos, las bombas aturdidoras y las piedras que fueron lanzadas a sus casas.

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En la demanda explicaron que “cuando la Policía inició el desbloqueo de la vía que conduce al aeropuerto de Florencia, los protestantes al ver la presión de la Policía decidieron huir y se desplazaron a los barrios Los Ángeles, Prados del Norte y La Cabaña; la Policía Nacional con el ánimo de impedir su escape, dirigió sus ataques a estos barrios, lanzando gases lacrimógenos y bombas aturdidoras, varios de esos artefactos impactadas en nuestras casas y algunos salimos corriendo pero otros quedaron en shock sin poder moverse de allí”.

Según los demandantes, las afectaciones a las casas fueron tan graves que, en 2015, los llevó a presentar un recurso de reparación directa en contra de la Policía y el Ministerio de Defensa. El caso llegó al despacho del Juzgado Segundo Administrativo de Florencia y en la sentencia de primera instancia se les dio la razón de manera parcial. En concreto, consideró que en el expediente se demostraba el daño, así como la falla en el servicio por parte de la Policía. Con ese análisis hubo condena por daños morales.

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La Policía apeló la decisión. Los campesinos también lo hicieron argumentando que no se tazó bien la pena. El Tribunal Administrativo de Cundinamarca conoció el expediente y terminó diciendo que solo se registró daños sobre algunos y no sobre todos los que presentaron el recurso. Es decir, no solo no lograron que les concedieran más dinero en la condena, sino que, además, se retiró el pago para algunos campesinos. Con esa negativa presentaron una acción de tutela porque consideraron que hubo un análisis de pruebas sesgado.

En concreto, dijeron que el Tribunal erró al modificar el fallo apelado, dado que revisó la acreditación del daño antijurídico, el cual no había sido alegado por la Policía”. La tutela llegó al Consejo de Estado que negó las pretensiones y con ello llegaron las impugnaciones. El caso, ahora, está a punto de llegar a la Corte Constitucional porque el magistrado Ibáñez le pidió pista. Consideró que el caso es “un asunto novedoso, respecto del cual se deriva una necesidad de pronunciarse sobre una línea jurisprudencial, así como la exigencia de aclarar el contenido y alcance de un derecho fundamental”.

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“El caso de la referencia presenta diferentes discusiones que resultan relevantes para el debate constitucional. El primero de ellos tiene que ver con la posibilidad de aclarar el contenido y alcance del derecho fundamental al debido proceso en el marco de procesos de reparación directa, y el alcance de las funciones de los jueces contenciosos administrativos de segunda instancia”, dice la insistencia del magistrado.

Para el magistrado Ibáñez es claro que la Corte podría verificar el proceso de reparación directa que se adelanta ante la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo y la jurisprudencia constitucional podría ahondar en el alcance de la competencia que tiene la autoridad judicial en segunda instancia.

Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

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