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El rumbo del examen de la CPI sobre Colombia (análisis)

En el informe sobre las actividades de examen preliminar conocido el día lunes, la Fiscalía de la Corte Penal Internacional (CPI) anuncia que a partir del año 2021 discutirá los parámetros que permitan determinar en el futuro si debe abrirse una investigación formal o, por el contrario, reconocer que se han adelantado actuaciones de justicia relevantes y genuinas.

Juan Carlos Ospina*
16 de diciembre de 2020 - 11:00 a. m.
Fiscal de la Corte Penal Internacional (CPI), Fatou Bensouda. / Mauricio Alvarado
Fiscal de la Corte Penal Internacional (CPI), Fatou Bensouda. / Mauricio Alvarado
Foto: Mauricio Alvarado

En el informe sobre las actividades de examen preliminar conocido el día lunes, la Fiscalía de la Corte Penal Internacional (CPI) anuncia que a partir del año 2021 discutirá con el Estado y la sociedad civil los parámetros que permitan determinar en el futuro si debe abrirse una investigación formal o, por el contrario, reconocer que se han adelantado actuaciones de justicia relevantes y genuinas.

Esta conclusión del informe, precedida del reconocimiento de avances en algunos de los temas de interés del examen preliminar, plantea un desafío para las autoridades y la sociedad civil. La razón es que los criterios que se definan podrán soportar decisiones futuras sobre el examen preliminar, así como delinear una hoja de ruta de lo que sería una “lucha genuina contra la impunidad”.

(En contexto: Fiscalía de la CPI definirá criterios para determinar si abre o no investigación en Colombia)

Durante la competencia de la CPI sobre Colombia se han cometido crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra. Los esfuerzos del Estado hasta ahora no han mostrado resultados concretos en el juzgamiento de los responsables, especialmente frente a altos mandos y ciertos responsables. En su carácter complementario, la CPI solo actúa cuando el Estado no quiere o no puede investigar o enjuiciar los crímenes. Dada la situación de impunidad estructural, así como la multiplicidad de actores, crímenes y víctimas, la Fiscalía de esta Corte ha observado a Colombia durante 16 años.

Este examen preliminar ha sido innovador. Fue el primero en Latinoamérica, ahora acompañado por Venezuela, el único abierto con un informe de medio término (en 2012) y con informes anuales individuales en español (desde 2011) y, ahora, el primero en tomar un rumbo de evaluación a partir de criterios.

En el informe de actividades del año 2019, la Fiscalía de la CPI había anticipado esta movida. En aquel momento, señaló que era relevante conceptualizar sobre parámetros para determinar la adecuación de esfuerzos nacionales de justicia, el carácter genuino de las actuaciones judiciales y la imposición de sanciones penales efectivas

Por esa razón, la sociedad civil dio un primer paso en esa materia. En un evento realizado la semana pasada por Colombia Diversa, la Corporación Humanas, la Comisión Colombiana de Juristas, el Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo, Sisma Mujer, la Federación Internacional de Derechos Humanos y el Centro Europeo por los Derechos Constitucionales y Humanos, en el marco de la Asamblea de los Estados Parte de la CPI, se dio a conocer un informe con la “Propuesta de parámetros para la evaluación del examen preliminar en Colombia”.

Este documento plantea una mirada crítica a los esfuerzos nacionales de justicia. Se reitera la ausencia de resultados en la lucha contra la impunidad en la promoción y expansión de los grupos paramilitares, el homicidio de civiles presentados ilegítimamente como muertos en combate (falsos positivos), los crímenes sexuales y por motivos de género, y los desplazamientos forzados, todos de interés de la CPI. Igualmente, se plantea la necesidad de medir, a través de diversos indicadores, las medidas tomadas durante la investigación y el enjuiciamiento de los responsables de los crímenes, la existencia de demoras injustificadas en las actuaciones, los riesgos de independencia e imparcialidad judicial, la intimidación de las víctimas, los testigos o el personal judicial, los recursos asignados a la administración de justicia y la imposición de sanciones penales a los responsables.

Esta mirada es necesaria. La sociedad civil ha insistido durante décadas en reformas profundas a los esfuerzos de lucha contra la impunidad y en el carácter genuino que deben seguir las actuaciones judiciales. Sin embargo, la deteriorada situación de seguridad de las personas defensoras de derechos humanos plantea un asunto adicional para la Fiscalía de la CPI, como lo plantea en su informe, y para el trabajo mancomunado con las autoridades del Estado en la investigación y enjuiciamiento de los crímenes.

No es un secreto que la JEP le dio un nuevo aire a los esfuerzos del Estado para juzgar obligatoriamente a quienes integraron las extintas FARC-EP y la fuerza pública, así como voluntariamente a las autoridades civiles y terceros, responsables de crímenes de competencia de la CPI. Y aunque las esperanzas están puestas en su adecuado funcionamiento, con definición de responsabilidades concretas de los máximos responsables, son muchos otros los desafíos de las autoridades de la justicia ordinaria y de justicia y paz, para mostrar resultados y aumentar los esfuerzos en el juzgamiento y sanción de los responsables.

Los ataques permanentes a la legitimidad de la JEP, la reducción de su presupuesto y la intromisión en su independencia y autonomía, como le ocurre a otras autoridades judiciales como la Corte Suprema de Justicia, son también una muestra de la fragilidad del compromiso del Estado en la lucha contra la impunidad. Por su parte, se requieren resultados concretos de otras autoridades frente a los responsables, incluyendo la imposición de condenas efectivas, para valorar el carácter genuino de sus actuaciones.

Se vendrá un año movido en esta materia. En la puja por plantear los mejores criterios, la Fiscalía de la CPI tendrá que darle un papel a cada uno de los interesados, pero deberá valorar con especial atención los mensajes de las víctimas y sus representantes que llevan décadas contracorriente tratando de encontrar justicia. También deberá valorar la necesidad de construir criterios que permitan que la lucha contra la impunidad esté acompañada de garantías efectivas de no repetición pues de poco sirve mirar hacía el pasado frente a los crímenes cometidos si al mismo tiempo se siguen causando. El camino de Colombia en la CPI continuará mientras impunidad permanezca.

*Abogado. Doctorando y docente de la Universidad de los Andes. Asesor jurídico de la Comisión Colombiana de Juristas

Por Juan Carlos Ospina*

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