Emblemático exjugador del Deportivo Cali ganó batalla legal por su pensión

Con 74 años, sin voz por un cáncer y luego de haber hecho de todo (hasta manejar un taxi) para sostenerse, Miguel Escobar logró que la Corte Suprema reconociera que ese equipo de fútbol debió afiliarlo a seguridad social entre 1967 y 1980.

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Redacción Judicial
06 de febrero de 2019 - 05:43 p. m.
Emblemático exjugador del Deportivo Cali ganó batalla legal por su pensión
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Miguel Antonio Escobar Montalvo, considerado uno de los mejores defensas centrales de la historia de Colombia, fue en 537 partidos capitán del Deportivo Cali, equipo con el jugó desde 1967 hasta 1980. Pero, cuando fue a hacer los trámites para jubilarse, encontró que el Cali nunca lo afilió a seguridad social; mucho menos hizo aportes para su pensión. Por eso, Escobar Montalvo decidió dar la batalla: quería una vejez digna y creía que el equipo de fútbol para el que jugó 13 años debía hacer lo propio. Y la justicia le acaba de dar la razón.

Escobar, quien hizo parte de la selección Colombia que quedó subcampeona en la Copa América de 1975, llegó a viejo manejando un taxi, sin voz, por cuenta de un cáncer, y sin pensión, por cuenta del Deportivo Cali. Ese fue su argumento ante los jueces, a los cuales recurrió para afrontar esta pelea. La primera instancia que conoció su caso, el Juzgado Cuarto de Descongestión Laboral del Circuito de Cali, absolvió en 2013 al Deportivo Cali, pero condenó al Instituto de Seguros Sociales y a hoy Colpensiones a pagarle una indemnización sustitutiva por un valor de $8’000.000.

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Pero, ¿quién puede defenderse en la vejez con $8’000.000? La decisión judicial no fue suficiente para el emblemático jugador del Cali. Escobar apeló y su caso llegó al Tribunal Superior de Cali que, un año después, reconoció el argumento principal de Escobar: entre él y el Deportivo Cali sí hubo un contrato laboral desde el 31 de diciembre de 1967 hasta el 30 de junio de 1980. Y, por ende, el equipo de fútbol estaba en la obligación de pagar los aportes correspondientes a la pensión de todos esos años.

Según el libro ABC del Fútbol, de Guillermo Ruiz Bonilla, Miguel Escobar fue “un gran defensor (…) no hablaba mucho en el terreno de juego, pero su presencia y extraordinaria calidad eran suficientes para que sus compañeros se sintieran respaldados en todo momento”. Empezó su carrera futbolística en el Deportivo Pereira y la terminó en el Santa Fe, donde alcanzó a jugar 61 partidos. Pero fue en el Cali donde se hizo estrella. Y fue con su equipo del alma con el que terminó peleando en los estrados judiciales.

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Cuando salió la decisión del Tribunal de Cali, fue el equipo futbolístico el que no quedó satisfecho. Así llegó el proceso a la Corte Suprema de Justicia, la cual, en un fallo que se convierte en un importante precedente para otros exjugadores de fútbol, determinó que el Deportivo Cali sí debe pagar los aportes correspondientes a la pensión de Miguel Escobar -que tiene 74 años- por los años en que él jugó para este club.

En el trámite de esta demanda laboral, el Cali respondió que los alegatos de su excapitán no eran ciertos, o que por lo menos no le constaban. “Aclaró que la condición de jugador de fútbol profesional no acarreaba la calidad de trabajador subordinado en los términos de la ley laboral, para con ello estar obligada a afiliarlo a la seguridad social en pensiones, máxime que ‘no tiene evidencia alguna de lo afirmado por el actor’, esto es, que hubiese estado vinculado laboralmente”.

Por eso, el Deportivo Cali le pidió a la Corte Suprema que reversara la sentencia del Tribunal Superior de Cali. El debate que quedó en manos de esa corporación era clave para que se formara el precedente: ¿tuvo Miguel Escobar un contrato laboral con el Cali? Es decir, ¿tienen los jugadores de fútbol un contrato laboral con sus equipos que debe acogerse a todos los términos de ley?

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La conclusión de la Corte es que el contrato en cuestión sí existió. “Entre las partes, a la luz del principio de la primacía de la realidad, se ejecutó un verdadero contrato subordinado”. Según la Corte, el propio representante legal del Cali admitió “los tres elementos que configuran el contrato de trabajo realidad; esto es, la prestación personal del servicio, la continuada subordinación o dependencia y el salario”.

El Cali alegó también que, para la época en que Miguel Escobar lució su uniforme verde y blanco, las leyes no obligaban a los clubes a formalizar las relaciones laborales con los jugadores. “Es equivocada tal argumentación”, replicó la Corte Suprema, señalando que cuando surgió la Ley 181 de 1995 que fomentaba el deporte y la recreación, esta “corroboraba” que la relación jugador-equipo debía regirse por un contrato laboral. Es decir, que desde antes de la promulgación de esa ley, el deber para los clubes ya existía.

Por eso, Miguel Escobar, uno de los jugadores más emblemáticos del Deportivo Cali, ganó la batalla.

Por Redacción Judicial

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