El Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (Ciadi) constituyó el tribunal ad hoc que decidirá uno de los pleitos judiciales de más interés para el gobierno y para los colombianos: el expediente Telefónica, el que, después de una primera ronda, tiene condenada a Colombia al pago de más de US$379.000 dólares, lo que corresponde a casi $1,7 billones del bolsillo nacional.
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El pasado 13 de noviembre, en una primera instancia, un tribunal de árbitros del Ciadi concluyó que Colombia no trató de una manera justa y equitativa a la multinacional española Telefónica, lo que terminó en una violación al tratado de libre comercio con España (TBI). Todo ello a raíz de la inversión que en 1994 Telefónica realizó en el país para montar la tecnología red móvil celular y por la que Colombia, en un procedimiento interno, de 2017, obligó a ese operador y a Claro a pagar $4,8 billones.
Finalizando noviembre de 2024, Colombia respondió a la billonaria condena solicitando la anulación del laudo de inversión, como se conoce a este tipo de procesos, lo que llevó al Ciadi a conformar un tribunal ad hoc que le diera una puntada final al expediente. Como lo conoció El Espectador, el organismo internacional eligió a los árbitros José Antonio Moreno (Paraguay), Dário Moura Vicente (Portugal) y Mélanie Riofrio (Canadá/Ecuador).
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Sobre José Antonio Moreno se sabe que ha sido árbitro en el expediente que enfrentó dos compañías mineras con Mozambique en 2024 y ha conformado seis tribunales de anulación, como en el caso Telefónica, en los que decidió sobre casos relacionados con las reglas de inversión en Costa Rica, España y Venezuela. Es miembro de la Corte de Arbitraje del Deporte (TAS) y es entrenador principal en la competencia de arbitraje que organizan la Universidad de Buenos Aires y la Universidad Rosario de Bogotá.
En cuanto a Dário Moura Vicente se conoce que ha sido designado dos veces por Portugal como árbitro y conciliador ante el Ciadi. Además, ha conformado cinco tribunales de anulación, en un expediente relacionado con Perú y en cuatro con España. Es profesor catedrático de la Facultad de Leyes de la Universidad de Lisboa y ha sido asesor legal de la presidencia de Portugal en el Consejo de Ministros.
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Por último se encuentra Mélanie Riofrio, quien ha participado en tres tribunales de anulación, sobre reglas de inversión en Perú, Líbano y España. Se educó en Ecuador y realizó sus posgrados en Derecho y derecho empresarial en Estados Unidos y Francia, respectivamente. Actualmente ofrece servicios de pleitos de inversión en español, inglés y francés, y se radica en Madrid (España).
Este diario conoció que este grupo de árbitros tiene un término de 60 días para llevar acabo la primera conferencia procesal, de la cual saldrán las reglas de procedimiento, y así decidir sobre la anulación solicitada por Colombia, a través de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado (Andje). Entre los argumentos del país está que el Ciadi, con su primera decisión, actuó como una “corte de apelación” ante un caso que ya tenía decisión interna por parte de la Corte Constitucional y de la Cámara de Comercio de Bogotá.
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Además, la Andje responsabilizó al organismo internacional por las demoras en el proceso jurídico, lo que habría llevado al pago de intereses altos en la multa a favor de la empresa extranjera. Cabe destacar que Telefónica inició el pleito internacional, ante el Ciadi, en 2017. Según documentó la prensa española, solo por concepto de interés anual, al 5%, Telefónica logró hacerse con casi 500 millones de euros.
Para entender mejor el caso hay que remontarse a 1994, cuando Movistar y Comcel, ahora Claro, se ganaron seis contratos para ofrecer telefonía móvil en el país. Colombia aportó al servicio el espectro radioeléctrico y la infraestructura constituida en estaciones y conexiones. En todos los contratos se fijó la “cláusula 33″, que ordenaba que, tras la finalización del negocio, Movistar y Claro devolverían toda la infraestructura que había dispuesto Colombia.
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El lío jurídico es que, durante el periodo de ejecución de los contratos, que terminaron en 2014, el país firmó dos leyes (en 1998 y 2009) que eliminaron esa “reversión de activos” fijada en la cláusula 33. Luego, para mayor confusión, en 2013 la Corte Constitucional le devolvió la validez a la cláusula porque el gobierno no podía cambiar las reglas después de firmar un contrato.
Ante semejante lío jurídico y billones de pesos en juego, las partes acudieron a su juez natural: un tribunal de arbitramento de la Cámara de Comercio de Bogotá. En 2017 se conoció que el fallo era a favor del país y determinó que la cláusula 33 estaba vigente y que era de obligatorio cumplimiento. Dado que la devolución de la infraestructura resultó imposible, el tribunal le ordenó a Movistar y Claro a pagarle $4,8 billones al país. Aunque pagaron, ninguno estuvo de acuerdo y llevó su caso a escenarios internacionales, ante el Ciadi. En 2021, Claro perdió, pero el año pasado Telefónica ganó.
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