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Exgobernador del Chocó condenado por apropiarse de bienes del Estado

La Corte Suprema de Justicia determinó que David Emilio Mosquera se apropió de bienes del Estado para favorecer a terceros que no tenían nada que ver con la Gobernación. Tendrá que pagar una condena de más de siete años de prisión y una millonaria multa.

Redacción Judicial

03 de julio de 2025 - 06:06 p. m.
David Emilio Mosquera, quien fue capturado el 18 de noviembre del 2024.
Foto: Universidad Tecnológica del Chocó
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El exgobernador encargado del Chocó, David Emilio Mosquera Valencia, fue condenado por la Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia, por el delito de peculado por apropiación a favor de terceros, agravado por la cuantía. Es decir, por abusar de su papel como servidor público para apropiarse de bienes del Estado.

Mosquera Valencia tendrá que purgar una pena de más de siete años de prisión y pagar una multa de más de $2.208 millones. Además, fue inhabilitado para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el mismo tiempo de su condena en prisión y se le impuso una inhabilidad perpetua para ejercer cargos públicos o contratar con el Estado.

De acuerdo con la investigación, Mosquera Valencia participó en la expedición irregular de dos resoluciones con las que se ordenaron pagos a 50 exfuncionarios del extinto Fondo Educativo Regional (FER) del Chocó. Dichas órdenes fueron las resoluciones Nos. 0715 y 2003 del 1 de agosto y 4 de diciembre del 2002.

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Dentro del proceso reza que dichos actos administrativos sirvieron para que la abogada Jhonny Emilia Moreno Mena cobrara el pago de más de $2.208 millones, entre los años 2008 y 2009, como una presunta obligación dentro de un proceso judicial en el que el Juzgado Primero Laboral de Quibdó ordenó a la Gobernación del Chocó el pago.

La investigación arrojó que Mosquera Valencia, sabiendo la gravedad e ilegalidad de sus actos, suscribió las resoluciones sin contar con la competencia para ordenar pagos de prestaciones sociales. De hecho, señala el alto tribunal, él solo podía actuar ante asuntos “urgentes”.

También comprobaron que varios de los beneficiarios de esos dineros no tenían ninguna relación administrativa con la Gobernación para la época, lo cual era un requisito indispensable para que se les reconocieran esos derechos. Tampoco contaban con el respaldo del certificado de disponibilidad presupuestal que es indispensable para el pago de obligaciones con dineros del tesoro público.

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Asimismo, quedó en evidencia que los recursos fueron consignados datos erróneos en algunas resoluciones de los supuestos acreedores, incluyendo a una persona que nunca sostuvo relación laboral o contractual con la Gobernación.

Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

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