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Exguerrillera forzada a abortar fue acreditada como víctima del conflicto armado

La Corte Constitucional acreditó a Helena* como víctima del conflicto armado en diciembre de 2019, pues fue reclutada y obligada a abortar en las Farc. La Unidad de Víctimas se había negado a incluirla en la lista, pero la alta corte tuvo la última palabra.

23 de abril de 2021 - 12:00 p. m.
Helena*, mujer que vivió el desplazamiento forzado, el reclutamiento armado y violencia de género tras ser obligada a abortar, amenazada con ser fusilada.
Helena*, mujer que vivió el desplazamiento forzado, el reclutamiento armado y violencia de género tras ser obligada a abortar, amenazada con ser fusilada.

Helena* será incluida en el listado de más de nueve millones de víctimas reconocidas del conflicto armado. La Corte Constitucional acaba de confirmar la decisión que había tomado en diciembre de 2019 y, pese a los reclamos de la Unidad de Víctimas, recibirá servicios psicosociales, atención en salud y podrá acceder a reparación integral por parte del Estado. Se trata de una decisión hito en la historia de Colombia, pues por primera vez se reconoce a una exguerrillera, forzada a abortar, como víctima de la guerra.

En contexto: Corte Constitucional ordena reconocer como víctima a exguerrillera forzada a abortar.

La Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas intentó, mediante un recurso de nulidad, tumbar la primera decusación de la Corte Constitucional en 2019. En ese fallo, la alta corte ordenó que Helena* fuera incluida en el Registro Único de Víctimas y, además, que Capital Salud EPS le garantizara atención en salud integral, inmediata, especializada y con enfoque diferencial. La Corte Constitucional, tras estudiar los argumentos de la institución pública, mantuvo su postura y, a partir de ahora, la exguerrillera entrará al sistema de reparación.

“La sentencia de Helena* es un hito porque permite que otras mujeres que se encuentran en una situación similar puedan acudir a la Unidad de Víctimas y exigir que puedan ser reconocidas como tal, con sus consecuencias como poder acceder a medidas de reparación integral educativas, atención en salud, apoyo a emprendimientos. Es decir, una oferta más integral de reparaciones, más allá de la indemnización. Si la Unidad de Víctimas está en contra de estos fallos es revictimizante”, agregó la abogada Angélica Cocomá, de Women’s Link Worlwide.

La historia entre las antiguas Farc y Helena*, quien hoy tiene 33 años, comenzó cuando apenas era una niña. Antes de ser reclutada, la mujer ya había vivido uno de los síntomas del conflicto armado: el desplazamiento forzado. Cuando fue obligada a salir de su primer hogar, en Caquetá, un grupo de combatientes de la guerrilla, con fusiles en mano, le dijeron que tenía que irse con ellos. Faltaban dos semanas para que cumpliera 15 años.

“Me llevaron al campamento y me pusieron a prestar guardia esa misma noche. ¿Qué cuál frente? Prefiero no decirle. Pero entre 2003 y 2008, cuando me volé, siempre estuve en ese mismo frente. Fue la época de la guerra más dura”, dijo en entrevista con El Espectador. Helena* cuenta que, de entrada, la obligaron a planificar porque en la guerrilla nadie podía quedar embarazada. Siempre con una inyección.

Helena* quedó embarazada con 19 años, a finales de 2007. Sin embargo, solo se enteró cuando tenía seis meses de gestación. Entonces, el comandante del frente le dijo que debía abortar, mientras los compañeros le advertían que, de no hacerlo, probablemente iba a ser fusilada. Una noche la bajaron a un puesto de salud, donde le practicaron una cesaría. La herida se le infectó y, desde entonces, ha solicitado atención médica de calidad. Sin embargo, aprovechó esos días de descanso que le dieron para recuperarse y, aventurándose en un bote en pleno rio selvático, se escapó de las Farc.

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“Yo duré más de un año botando pus. Todavía sigo enferma. Llevo cargando ese dolor 11 años. De hecho, hace poco por fin la EPS me hizo una cirugía para arreglarme eso. Pero tocó poner tutela y, como siempre, me ayudaron las abogadas de Women’s Link Worldwide. A esta organización llegué hace algunos años en Bogotá”, explicó Helena la primera vez que este diario la entrevistó, en diciembre de 2019.

Fue justamente mediante acción de tutela que hoy Helena* está acreditada como víctima del conflicto armado. A través de Women’s Link Worldwide, el 6 de julio de 2018 se interpuso el recurso contra la Unidad de últimas y Capital Salud EPS, pues durante años le habían vulnerado una serie de derechos: a la salud, la integridad personal, al mínimo vital, la vida digna, la reparación integral como víctima del conflicto armado, la educación y la vivienda.

De acuerdo con la Unidad de Víctimas, la cual se negó en todas las rondas por las cuales pasó la acción de tutela, no era posible reconocer a Helena* dentro del sistema. Se escudaron en la Ley 1448 de 2011, la cual indica que “los miembros de los grupos armados organizados al margen de la ley no serán considerados víctimas, salvo en los casos en los que los niños, niñas o adolescentes hubieren sido desvinculados del grupo armado organizado al margen de la ley siendo menores de edad”.

Sin embargo, la Corte Constitucional señaló que, en este caso particular, Helena* sufrió graves vulneraciones a sus derechos fundamentales: “a nivel internacional se ha adoptado la postura consistente en considerar que el uso forzado de anticonceptivos y el aborto forzado constituyen una forma de vulneración de los derechos sexuales y reproductivos de la mujer, así como también una violencia sexual y de género en el marco del DIH. Igualmente, se ha sostenido que el reclutamiento forzado de menores de edad debe ser catalogado como un delito contrario a las leyes y costumbres de guerra”.

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A pesar del pronunciamiento de la alta corte, la Unidad de Víctimas no quedó conforme con la decisión. El 3 de abril de 2020, la institución presentó un recurso de nulidad, pues en su criterio la Corte Constitucional creó un “vacío jurídico”. ¿La razón? En la sentencia a favor de Helena* se habría creado una regla para no aplicar un parágrafo de la Ley 1448 de 2011, es decir, la normativa que no permite a exmiembros de la guerrilla ser acreditados como víctimas del conflicto armado. Además, Helena* se había fugado siendo mayor de edad y la norma dice que solo se reconocerán personas que hayan salido de las filas con menos de 18 años.

“El fallo genera un vació jurídico y un riesgo para el sistema, en la medida que no es coherente que cambie el precedente de la Corte Constitucional pero solo para el caso en concreto y eso no genere que todos los excombatientes que se desmovilizaron aduzcan que ingresaron de forma involuntaria y se retiran posteriormente a la mayoría de edad, y que no lo hicieron antes por miedo, es una situación que probatoriamente se parte de la buena fe, y que adicional alegarían que si se le tuteló el derecho a “helena” por qué a los otros no”, agregó la representación de la Unidad de Víctimas.

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Sin embargo, la Corte Constitucional respondió a ese recurso de nulidad reforzando una idea clave, entregada por la defensa de Helena*: la mujer no estaba en las Farc como una decisión voluntaria, si no como producto de un hecho victimizante de reclutamiento forzado. La alta corte decidió proteger los derechos de la mujer, pues no podía sancionarla por no haberse desvinculado de la guerrilla siendo menor de edad, como lo exige la Unidad de Víctimas, dado que estaba bajo la amenaza de sus mismos compañeros.

“En suma, el aplicar la excepción de inconstitucionalidad sirvió como estrategia para eliminar el obstáculo que validaba la vulneración de los derechos de la accionante como víctima del conflicto armado interno, para así, garantizar la prevalencia de la Constitución Política, la protección de los derechos fundamentales y la justicia material, como se dijo anteriormente”, concluyó la Sala Plena de la Corte Constitucional, con ponencia de la magistrada Cristina Pardo Schlesinger.

A pesar de lo decretado por la Corte Constitucional, Helena* asegura que la respuesta de la Unidad de Víctimas ha sido pobre: “no han cumplido en ningún momento. Siempre ponen excusas. Ahora no contestan los correos, va uno allá y dicen que no están atendiendo. Tenía que seguir en controles por mi cirugía, pero nunca hay atención. De la Unidad de Víctimas me dijeron que fuera a la alcaldía a pedir lo de emprendimiento, pero fui hasta allá y no me dieron respuesta. De psicología tuve dos o tres llamadas, fue lo único que he recibido”.

Por último, Angélica Cocomá asegura que el caso puede ser un precedente para repensar la categoría de guerrillero, dado que, en muchos casos, también es una víctima del conflicto armado: “Hay muy pocas sentencias, tanto nacionales como internacionales, que analicen las violencias que pueden sufrir las niñas, niños y adolescentes en el marco del conflicto armado. De acuerdo con la Fiscalía, alrededor de 1.000 abortos forzados se realizaban en las filas de las Farc, pero estamos seguros que el subregistro no muestra datos más fuertes, por los obstáculos que les ponen dentro de las filas y, en casos como este, la Unidad de Víctimas”.

De acuerdo con estadísticas de la Unidad de Víctimas, en Colombia hay 9′123.123 personas acreditadas como tal. De ellas, más de siete millones cumplen con los requisitos para ser sujetos de atención, amparados bajo la Ley 1448 de 2011. En total hay 4′455.558 mujeres. Se destaca que la gran mayoría de hechos victimizante registrados corresponden a desplazamiento forzado, con más de 9 millones de eventos. Sin embargo, no hay cifras que le den rostro al flagelo del aborto forzado.

El nombre de Helena* fue cambiado a petición de la víctima, quien sugirió proteger su identidad.

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Berta(2263)23 de abril de 2021 - 01:56 p. m.
Lastimosamente los machitos marchitos que se hacen llamar de "extrema izquierda", como los antiguos cabecillas de las FARC, reproducen los mismos esquemas violentos y de control sexual y social de la extrema derecha. Ninguno de los dos sirve para conducir a Colombia a un camino de respeto y de paz. Tampoco creo en Petro, ya que apoyó a Hollman sabiendo que está acusado de violencia doméstica.
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