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                                                                                                                              Fiscalía deberá ofrecer disculpas a médico que acusó falsamente de guerrillero

                                                                                                                              El médico Humberto Ortiz fue absuelto tras haber sido acusado como colaborador de las Farc en 2005. Sin embargo, durante el proceso la Fiscalía ordenó lo privaran de su libertad dos veces, explicando que en su casa, donde tenía el consultorio, entraba “mucha gente que no era conocida en el lugar”.

                                                                                                                              Imagen de referencia.
                                                                                                                              Foto: Archivo particular

                                                                                                                              Humberto Ortiz Castro, médico de profesión, no era ningún guerrillero o colaborador de las Farc, como lo acusó la Fiscalía en 2005. De acuerdo con una reciente sentencia de la Sección Tercera del Consejo de Estado, en un pleito por indemnización económica, el ente acusador cometió una serie de errores que terminaron en el repudio social a la familia del médico, meses injustificados en prisión y un desembolso del Estado por malas prácticas investigativas en Popayán (Cauca).

                                                                                                                              Lea también: Condenan a la Fiscalía por detener a un exparamilitar desmovilizado

                                                                                                                              Por haber acusado sin fundamento a Ortiz, la Fiscalía fue condenada a ofrecerle disculpas al médico y a su familia. Además, por perjuicios morales la víctima recibirá una indemnización de 4,5 salarios mínimos, cifra que también recibirán sus hijos. A los hermanos de Ortiz les correspondió 2,5 salarios mínimos. Sin embargo, en términos económicos resultó perdiendo la víctima, pues el Consejo de Estado, aunque confirmó su inocencia, le negó $45 millones que el Tribunal Administrativo del Cauca le había reconocido en 2012.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              El 8 de agosto de 2005, la Fiscalía delegada ante los jueces penales de Popayán se abstuvo de imponer medida de aseguramiento en firme contra Ortiz, por lo que duró nueve días detenido, sin embargo, vinculado al proceso por el delito de rebelión. Tal era la certeza de la Fiscalía, que el 31 de octubre de ese año lo imputó por la conducta atribuida a las guerrillas en Colombia. Incluso, el 9 de diciembre de 2005 fue acusado formalmente, lo que conllevó a su segunda captura el 30 de enero de 2006.

                                                                                                                              Le puede interesar: Fiscalía y Procuraduría investigan al MinTic por contrato para internet rural

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                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              El Tribunal Administrativo del Cauca no le dio la razón a la Fiscalía y la condenó a pagarle $45 millones a Ortiz, por concepto de lucro cesante, es decir, por el tiempo que el profesional dejó de percibir su sueldo en el primer y segundo proceso de captura (nueve días y luego siete meses y 17 días, respectivamente). La Fiscalía nuevamente apeló y el caso cayó en manos del Consejo de Estado. Una de las primeras determinaciones del despacho fue solo reconocerle el lucro cesante de la primera captura, porque la segunda fue responsabilidad de la Rama Judicial, entidad que el médico no demandó.

                                                                                                                              No ad for you

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                                                                                                                              Lea también: Fiscalía pidió audiencia para imputar al general (r) Montoya por falsos positivos

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              “Las irregularidades en el decreto de la diligencia de allanamiento y registro fueron advertidas por el Ministerio Público en la audiencia pública ante el Juzgado Tercero Penal del Circuito de Popayán, y esta autoridad judicial resaltó en la sentencia absolutoria que el motivo por el cual se solicitó el allanamiento no fue ‘porque ahí hubiera un centro de atención clandestina para guerrilleros’, sino porque supuestamente habían visto entrar mucha gente que no era conocida en el lugar. Esta fue la justificación plasmada en la solicitud de allanamiento que, como se expuso previamente, no correspondía con las causales consagradas”, agregó el Consejo.

                                                                                                                              No ad for you

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                                                                                                                              Imagen de referencia.
                                                                                                                              Foto: Archivo particular

                                                                                                                              Humberto Ortiz Castro, médico de profesión, no era ningún guerrillero o colaborador de las Farc, como lo acusó la Fiscalía en 2005. De acuerdo con una reciente sentencia de la Sección Tercera del Consejo de Estado, en un pleito por indemnización económica, el ente acusador cometió una serie de errores que terminaron en el repudio social a la familia del médico, meses injustificados en prisión y un desembolso del Estado por malas prácticas investigativas en Popayán (Cauca).

                                                                                                                              Lea también: Condenan a la Fiscalía por detener a un exparamilitar desmovilizado

                                                                                                                              Por haber acusado sin fundamento a Ortiz, la Fiscalía fue condenada a ofrecerle disculpas al médico y a su familia. Además, por perjuicios morales la víctima recibirá una indemnización de 4,5 salarios mínimos, cifra que también recibirán sus hijos. A los hermanos de Ortiz les correspondió 2,5 salarios mínimos. Sin embargo, en términos económicos resultó perdiendo la víctima, pues el Consejo de Estado, aunque confirmó su inocencia, le negó $45 millones que el Tribunal Administrativo del Cauca le había reconocido en 2012.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              El 8 de agosto de 2005, la Fiscalía delegada ante los jueces penales de Popayán se abstuvo de imponer medida de aseguramiento en firme contra Ortiz, por lo que duró nueve días detenido, sin embargo, vinculado al proceso por el delito de rebelión. Tal era la certeza de la Fiscalía, que el 31 de octubre de ese año lo imputó por la conducta atribuida a las guerrillas en Colombia. Incluso, el 9 de diciembre de 2005 fue acusado formalmente, lo que conllevó a su segunda captura el 30 de enero de 2006.

                                                                                                                              Le puede interesar: Fiscalía y Procuraduría investigan al MinTic por contrato para internet rural

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                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              El Tribunal Administrativo del Cauca no le dio la razón a la Fiscalía y la condenó a pagarle $45 millones a Ortiz, por concepto de lucro cesante, es decir, por el tiempo que el profesional dejó de percibir su sueldo en el primer y segundo proceso de captura (nueve días y luego siete meses y 17 días, respectivamente). La Fiscalía nuevamente apeló y el caso cayó en manos del Consejo de Estado. Una de las primeras determinaciones del despacho fue solo reconocerle el lucro cesante de la primera captura, porque la segunda fue responsabilidad de la Rama Judicial, entidad que el médico no demandó.

                                                                                                                              No ad for you

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                                                                                                                              Lea también: Fiscalía pidió audiencia para imputar al general (r) Montoya por falsos positivos

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                                                                                                                              No ad for you

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                                                                                                                              Ver todas las noticias
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