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                                                                                                                              Fiscalía se negó a publicar el fallo más importante que hay del caso de la UP

                                                                                                                              Hace un año la Corte IDH condenó al Estado por el exterminio de la Unión Patriótica. Una de las órdenes de esa histórica sentencia fue que la Fiscalía tenía que publicar el fallo completo y reconocer que se trató de crímenes sistemáticos. Sin embargo, el ente investigador argumentó que no lo hacía porque usar esa expresión afectaba su investigación penal. Cuando El Espectador indagó por el caso, la Fiscalía publicó la sentencia.

                                                                                                                              El fallo debía ser publicado por cuatro entidades estatales, acompañado de un texto que explicara de manera clara y digerible el caso de violencia sistemática y generalizada
                                                                                                                              Foto: EFE - Mauricio Duenas Castaneda

                                                                                                                              Un año cumplió la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) que condenó al Estado colombiano por el exterminio de la Unión Patriótica. En total, fueron 18 las órdenes de esta histórica sentencia que reconoció que en el caso hubo un “emprendimiento sistemático contra los dirigentes y militantes de la UP”. Una de esas exigencias, y quizás la más sencilla, estuvo frenada: la que ordenó la publicación de la sentencia en la página web del Ministerio de Defensa, de la Presidencia, de la Cancillería y de la Fiscalía. El fallo debía ir acompañada de un texto que explicara de manera clara y digerible el caso y, por este motivo, la Fiscalía explicó que todavía no iba a publicar el documento, pese a la orden de la Corte IDH.

                                                                                                                              Gracias por ser nuestro usuario. Apreciado lector, te invitamos a suscribirte a uno de nuestros planes para continuar disfrutando de este contenido exclusivo.El Espectador, el valor de la información.

                                                                                                                              El fallo debía ser publicado por cuatro entidades estatales, acompañado de un texto que explicara de manera clara y digerible el caso de violencia sistemática y generalizada
                                                                                                                              Foto: EFE - Mauricio Duenas Castaneda

                                                                                                                              Un año cumplió la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) que condenó al Estado colombiano por el exterminio de la Unión Patriótica. En total, fueron 18 las órdenes de esta histórica sentencia que reconoció que en el caso hubo un “emprendimiento sistemático contra los dirigentes y militantes de la UP”. Una de esas exigencias, y quizás la más sencilla, estuvo frenada: la que ordenó la publicación de la sentencia en la página web del Ministerio de Defensa, de la Presidencia, de la Cancillería y de la Fiscalía. El fallo debía ir acompañada de un texto que explicara de manera clara y digerible el caso y, por este motivo, la Fiscalía explicó que todavía no iba a publicar el documento, pese a la orden de la Corte IDH.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              En contexto: “Hoy toda Latinoamérica sabe lo que pasó”: Erika Antequera sobre fallo por la UP

                                                                                                                              La UP llegó a la escena política en 1985, tras la firma del acuerdo de paz entre el presidente Belisario Betancur y las Farc-Ep. A partir de allí, los militantes de este partido sufrieron una oleada de violencia que se extendería por alrededor de 20 años a lo largo del territorio nacional. En la sentencia, la Corte IDH reconoció que en este caso hubo más de 6.000 víctimas y que el Estado violó derechos a la vida, honra, libertad de expresión, circulación y residencia, así como el derecho a conocer la verdad de lo que sucedió con el exterminio. Por la magnitud de las personas afectas, las órdenes de la sentencia son complejas y reconocen que la reparación no solo es económica, sino también simbólica.

                                                                                                                              Read more!

                                                                                                                              Por eso, la publicación del fallo internacional es una de las determinaciones que busca, precisamente, hacer memoria. Según explicó la directora encargada de la ANDJE, Paula Robledo, en diálogo con El Espectador, las víctimas y la Corte IDH solicitaron que el texto que acompañara la sentencia especificara que el Estado colombiano había sido condenado por “una serie de actos sistemáticos que llevaron el exterminio del partido”. Sin embargo, en medio de las reuniones entre las víctimas y las entidades, “la Fiscalía alegó que no podía publicar ese texto con la expresión de ‘sistemática’”, puntualizó la directora.

                                                                                                                              En contexto: Exterminio UP y EPL: presentan cargos contra 96 exFARC y AUC como presuntos responsables

                                                                                                                              Según Robledo, lo que el ente investigador explicó es que usar esa expresión “generaría una afectación a la investigación penal que adelanta por los hechos en contra de miembros de la UP”. Aunque ese es el argumento que esgrimió la Fiscalía para no publicar la sentencia, el tema no es nada nuevo para el búnker. En 2014, la entidad abrió una línea de investigación que buscaba encontrar la relación entre estos crímenes, con otros cometidos en contra de representantes de movimientos y partidos colectivos, para poder determinar la sistematicidad de los crímenes. Una afirmación que ya hizo la Corte IDH en la sentencia que no se negó a publicar la Fiscalía.

                                                                                                                              Es más, la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Bogotá reconoció, en 2013, el trabajo de la Fiscalía en el caso que llevó a la condena de Hebert Veloza, alias HH, jefe del Bloque paramilitar Bananero de las AUC. En esa sentencia, los magistrados explicaron que, a partir del análisis histórico y las pruebas presentadas por la misma Fiscalía, el exterminio de la UP no era otra cosa que un genocidio político, cuya sistematicidad estaba implícita en ese delito. Aun así, desde noviembre pasado, la Fiscalía le dijo a la agencia que todavía no la iba a publicar. En contraste, el Ministerio de Defensa, la Presidencia y la Cancillería la publicó sin refutar.

                                                                                                                              En contexto: Exterminio de la Unión Patriótica, las raíces de una condena internacional

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              La ANDJE le explicó al ente que dirige Francisco Barbosa que el uso de los términos “sistemática y generalizada” no tenía nada que ver con las investigaciones bajo su cargo, sino con un hallazgo crucial de la Corte IDH que no tenía cómo refutar la Fiscalía. La respuesta del búnker a la Agencia fue que el texto se encontraba aún en revisión, pues se estaban haciendo los “trámites pertinentes y procedimientos internos”. Hasta la tarde de este 30 de enero, la Fiscalía no había publicado la sentencia. El Espectador pidió información al ente investigador sobre los motivos de la demora para publicar el fallo y cumplir con la orden del tribunal internacional.

                                                                                                                              En la mañana de este martes, la respuesta oficial fue que iban a indagar sobre el tema, pero que tenían 15 días para contestar la solicitud de la información. Sin embargo, ocho horas después de que este diario se comunicara con la entidad, la Fiscalía publicó la sentencia con el término que trató de evitar durante casi tres meses en un escueto mensaje en sus redes sociales.

                                                                                                                              No ad for you

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