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Fracasó tutelatón que buscaba tumbar el laudo de la Ruta del Sol 2

La Sección Quinta del Consejo de Estado, con ponencia de la magistrada Rocío Araújo, fallo en contra de los tutelantes y declaró improcedente los recursos. Episol, del Grupo Aval, varias entidades bancarias, y Odebrecht perdieron este round.

Redacción Judicial

28 de febrero de 2020 - 07:26 a. m.
Consejo de Estado rechazó la tutelas en contra del laudo que estableció que la nación solo pagará $211.273 millones por la obra. / Nelson Sierra
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Los socios de la concesionaria Ruta del Sol 2 y los bancos que le prestaron la plata para construir este tramo vial acaban de perder un round clave en la pelea por tumbar el laudo arbitral de agosto del año pasado que los dejó sin dinero para pagar sus deudas. Luego de estudiar varias tutelas en las que los empresarios y entidades bancarias aseguraron que en el proceso de arbitraje se les violaron derechos fundamentales claves, el Consejo de Estado no estuvo de acuerdo.

Vea: Consejo de Estado acumulará tutelas radicadas contra laudo de la Ruta del Sol 2

Con ponencia de la magistrada Rocío Araújo, la Sección Quinta del alto tribunal declaró improcedente todos los recursos estudiados pues no encontró que el tribunal de arbitramento que emitió el laudo violara ninguno de los derechos que habían alegado en las tutelas para revertir esa decisión que los dejó sin dinero para pagar. Para el Consejo de Estado, los árbitros del caso no se equivocaron en una sola coma de su decisión. 

Además, el alto tribunal dejó claro que las tutelas estudiadas no cumplían dos requisitos claves para presentarla: el de la inmediatez y tampoco encontró que hubiera un perjuicio irremediable. “Cabe destacar que ninguna de las accionantes alegó ni tampoco acreditó  la existencia de un perjuicio irremediable, pues se limitaron a manifestar que habían interpuesto los recursos de anulación, sin exponer una afectación grave e inminente de sus derechos de rango constitucional. Por su parte, este juez tampoco lo encuentra acreditado en la actuación”, explicó el Consejo de Estado en su fallo de 87 páginas. 

El laudo en cuestión es el que, en agosto del año pasado, determinó que anular el contrato de la obra y tasar en $211.273 millones el valor de lo que debe pagar la nación por lo construido. Una cifra 18 veces menor a la que inicialmente exigieron los hoy tutelantes, no solo para pagar las cuentas pendientes por las demoras en las obras, sino también por los créditos que les concedieron los bancos. Sin ese dinero, es prácticamente imposible que la concesionaria pague sus deudas. 

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Para el Consejo de Estado, el trámite arbitral se llevó a cabo sin ningún problema para las partes y cada una de ellas tuvo el tiempo y el espacio adecuado para defenderse y presentar sus pruebas y documentos. Además, contrario a lo que argumentaron varias de las tutelantes, los árbitros basaron su decisión y conclusiones en argumentos sólidos y “no en ‘meras apreciaciones subjetivas’ sino en las pruebas obrantes en el expediente arbitra”, dice el alto tribunal. 

Según el fallo, el juicioso estudio de los árbitros del procesos les permitió “hacer un juicio razonable, y no caprichoso o arbitrario como lo pretendía hacer ver Episol, de las conductas desplegadas por los socios de la concesionaria en las diferentes etapas del contrato”, agregó el Consejo de Estado, que tuvo como magistrados a Araújo, Luis Alberto Álvarez, Lucy Jeannette Bermúdez y Carlos Enrique Moreno.

Aunque esta decisión es clave dentro de las acciones judiciales que se han presentado para anular el laudo, todavía queda un largo camino para que la decisión arbitra quede en firme. Los accionantes pueden apelar este fallo y, eventualmente, podría llegar a revisión a la Corte Constitucional. Además, en el Consejo de Estado todavía está pendiente de fallo los recursos de anulación que también podrían dejar sin efectos el histórico laudo arbitral. 

Hace cinco meses un tribunal de arbitramento de la Cámara de Comercio de Bogotá declaró nulo el contrato de concesión de la Ruta del Sol 2. El laudo demostró que la multinacional Odebrecht pagó sobornos para quedarse con el negocio y, entre otras cosas, fijó que la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) deberá pagar por las obras recibidas $211.273 millones. Una cifra mucho menor a la que buscaban la empresa y sus socios. 

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El laudo que anuló el multimillonario contrato tiene una premisa: el Estado colombiano no puede pagar por la corrupción de Odebrecht. Por eso, además de la multinacional brasileña, la decisión dejó mal parados a sus socios en la Concesionaria Ruta del Sol: CSS Constructores, del grupo Solarte, y Episol, de Corficolombiana. Además, el tribunal de arbitramento conformado por los abogados Catalina Hoyos, Jorge Enrique Ibáñez y Carlos Mauricio González decidió que el Estado no debía asumir la totalidad de las deudas con los terceros de buena fe, como los bancos que prestaron dinero a la concesionaria.

La tutela de Episol

La empresa asegura que el tribunal de arbitramento “aplicó indebidamente las normas que regían la controversia, valoró indebidamente las pruebas obrantes en el proceso e hizo manifestaciones malintencionadas e improcedentes respecto de Episol, sin soporte legal y probatorio alguno que afectan directamente el debido proceso y el buen nombre de la compañía”. Es decir, la compañía considera que se le vulneraron los derechos fundamentales al debido proceso, a la igualdad y al buen nombre con un laudo que descalifica con términos como “destinado a satisfacer a la galería”.

Según la tutela, los árbitros “hicieron malabares para desconocer íntegramente su mandato”. La demanda refiere, en específico, dos supuestas maniobras. En primer lugar, que el laudo desconoce el pronunciamiento de la Corte Constitucional que dejó en firme una norma de la Ley de Infraestructura (Ley 1882 de 2018) que afectaba directamente este caso. Y, segundo, que para calcular las sumas que debía pagar la ANI por las obras recibidas, los árbitros desvirtuaron el peritaje de la firma internacional Duff & Phelps, por lo que se hizo un mal ajuste de cuentas que terminó dejando por fuera las deudas con los bancos.

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Por Redacción Judicial

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