Este martes 2 de diciembre, el ministro de Justicia encargado, Andrés Idárraga, junto con el ministro del Interior, Armando Benedetti, radicaron ante el Congreso un proyecto de Ley que busca crear un delito autónomo para sancionar el tráfico, fabricación, desvío y porte ilegal de fentanilo, además de reforzar las medidas de prevención y control frente a esta sustancia.
Según el texto presentado, la iniciativa busca sancionar “de manera diferenciada el tráfico, la fabricación, el desvío, la comercialización, la financiación y el porte ilegal de fentanilo y sus análogos en el territorio nacional, atendiendo su extrema peligrosidad, su elevada letalidad y su impacto en la salud pública, la seguridad ciudadana y el orden social”.
El proyecto incluye la creación del Artículo 376A que establecería penas entre 140 y 360 meses de prisión, además de multas que pueden superar los 50.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes para quienes introduzcan, produzcan, transporten, comercialicen o suministren fentanilo sin autorización oficial.
El texto también fija agravantes para este delito. Entre ellos se encuentran la utilización de menores de edad, el desvío de fentanilo desde instituciones de salud, su adulteración, la participación de estructuras criminales organizadas y el uso de esta actividad para financiar grupos armados ilegales. Bajo estas circunstancias, las penas podrán incrementarse hasta en un 50%.
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Asimismo, el proyecto reforma el artículo 68A del Código Penal para excluir beneficios como la suspensión condicional de la pena o la prisión domiciliaria para condenados por delitos dolosos reiterados o por conductas particularmente lesivas, dentro de las cuales incluye el tráfico ilegal de fentanilo y sus derivados.
Minjusticia y Mininterior también proponen endurecer las sanciones para los profesionales del sector salud que prescriban o suministren de manera ilegal sustancias que generen dependencia, incluido el fentanilo. En estos casos, las condenas pueden alcanzar los 144 meses de prisión, con multas e inhabilidad profesional hasta por 180 meses.
Además, ordenan al Ministerio de Salud, a la Superintendencia Nacional de Salud y a las entidades territoriales implementar programas permanentes de vigilancia, prevención, monitoreo y educación pública para mitigar el uso indebido de esta sustancia. “Todo ello para proteger los derechos fundamentales de la vida, la salud y la integridad personal, así como en la salvaguarda de niños, niñas, adolescentes y poblaciones en condición de vulnerabilidad, frente a los efectos devastadores del fentanilo”, declaró el gobierno.
El pasado 27 de noviembre, en el marco de la más reciente reunión del Consejo Nacional de Estupefacientes, los ministerios de Justicia y del Interior anunciaron que se endurecerán los mecanismos de control sobre las sustancias químicas que componen al fentanilo. El ministro (e) Idárraga detalló que el fortalecimiento de estas medidas implica un seguimiento más riguroso a este medicamento cuyo uso está restringido al ámbito hospitalario.
También indicó que cuatro insumos químicos: ácido clorhídrico, cloruro de hidrógeno, éter etílico y tolueno, pasarán a estar sometidos a nuevos requisitos y supervisión adicional. Idárraga señaló además que el Ministerio de Salud ajustará en los próximos días el listado de sustancias sujetas a fiscalización, incorporando entre ellas al bencilfentanilo y al anhídrido propiónico.
El proyecto de ley y los nuevos controles se conocen un mes después de que el Gobierno de Estados Unidos incluyera al presidente Gustavo Petro, a su entorno familiar y al entonces ministro Benedetti en la lista Clinton, donde se mencionan señalamientos vinculados al tráfico de fentanilo. El ministro del Interior subrayó que combatir esta droga sintética es una prioridad estatal.
“Todos los precursores tendrán estrictos controles y la medida se alinea con la política de cooperación internacional del presidente Gustavo Petro, especialmente respecto a Estados Unidos”, afirmó Benedetti.
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