El Juzgado 15 Penal del Circuito de Bogotá ordenó la captura inmediata de Emilio José Tapia Aldana, contratista condenado por el escándalo de corrupción de Centros Poblados, en el que se desviaron cerca de COP 70.000 millones del contrato destinado a llevar conectividad digital a zonas rurales del país.
La decisión de segunda instancia revoca la libertad condicional que le había sido concedida por el Juzgado Primero de Ejecución de Penas de Barranquilla el pasado 11 de abril de 2025, tras considerar que Tapia no cumplió con las condiciones exigidas para mantener el beneficio.
El juzgado ordenó su reclusión inmediata en el establecimiento penitenciario que determine el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec), para que continúe cumpliendo su condena por los delitos de cohecho propio, interés indebido en la celebración de contratos, enriquecimiento ilícito y concierto para delinquir.
El beneficio de libertad condicional a Emilio Tapia fue apelada por la Procuraduría General de la Nación, que señaló que resultaba injustificable que Tapia —ya condenado por hechos de corrupción en el carrusel de la contratación de Bogotá— se beneficiara nuevamente de la libertad condicional. El Ministerio Público señaló que el contratista no cumplía con los criterios de resocialización que exige la ley, pues reincidió en conductas similares a las que lo llevaron a prisión en el pasado.
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El Juzgado de Bogotá afirmó que no “puede omitirse el hecho de que el procesado se encontrara aun purgando la respectiva pena impuesta dentro de las presentes diligencias, y fuera condenado por hechos de amplio conocimiento público conocidos como ‘Centros Poblados’, acaecidos en los años 2020 y 2021, lo cual permite deducir que no es posible aseverar con suficiencia que efectivamente operaron las funciones de la pena en especial la prevención especial, retribución justa y reinserción social, lo que demuestra además que Tapia Aldana no asume un tratamiento penitenciario acorde con su comportamiento, puesto que nuevamente estuvo involucrado en temas de corrupción”.
El argumento de la defensa de Tapia sostuvo que el contratista ya había cumplido con los requisitos exigidos: buena conducta, trabajo, estudio y más de las tres quintas partes de la pena impuesta. De hecho, el Juzgado de Barranquilla que le otorgó la libertad argumentó que Tapia había pagado 88 meses de cárcel, superando así los 87 meses exigidos por ley sobre una condena acumulada de 145 meses.
Pese a ello, el Juzgado 15 Penal del Circuito de Bogotá consideró que ese cálculo no bastaba para justificar su excarcelación. En su decisión, recordó que, según la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia, la valoración del tiempo en prisión y del comportamiento no puede ser el único criterio para otorgar la libertad condicional. También debe ponderarse la gravedad de los delitos cometidos y el impacto de la conducta en la administración pública.
El juez fue enfático en señalar que Tapia participó en “uno de los mayores desfalcos en la contratación distrital”, afectando la transparencia de las instituciones y causando un profundo detrimento a las finanzas del Distrito. El fallo recordó que Tapia “afectó seriamente la transparencia de las ‘altas esferas’ de la Administración Distrital, se socavaron ostensiblemente las arcas del Distrito, ocasionándose el mayor descalabro de que se tenga noticia en la contratación distrital”.
El despacho también rechazó el argumento de la defensa de Tapia, que había calificado como “venganza social” la intención de mantenerlo privado de la libertad. Por el contrario, el juez subrayó que la decisión se basaba en una evaluación integral de su comportamiento y antecedentes. En la resolución final, el tribunal cuestionó la integridad del sentenciado y destacó que su trayectoria evidenciaba una falta de compromiso con la ética pública.
“Cuando un individuo se confabula con otros para defraudar a la administración pública en perjuicio de la comunidad, haciendo nugatorias sus necesidades, trasluce una personalidad inadecuada, que no se detiene ante el bienestar general que procura la sociedad. (…) Poco importó al sentenciado el menoscabo a la administración pública, su desprestigio, lo cual deja mucho que desear de su personalidad para los fines de acceder a la libertad condicional”, declaró el fallo.
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Tres días después del fallo que le concedió la libertad, el pasado lunes 14 de abril, el Inpec confirmó que Tapia Aldana, conocido como el zar de la contratación, abandonó en horas de la noche la cárcel El Bosque de Barranquilla (Atlántico). Allí había cumplido la mayor parte de su condena por el escándalo de corrupción de Centros Poblados, que salpicó al Ministerio de Tecnologías de la Información durante la gestión de la exministra Karen Abudinen en el gobierno de Iván Duque.
El despacho judicial de Barranquilla que revisó su caso concluyó, en dos instancias, que Tapia había demostrado buena conducta durante los últimos cuatro años de reclusión, que estudió y trabajó para redimir pena y que ya había cumplido las tres quintas partes de su condena. Pese a que la Procuraduría General apeló la decisión al considerar que no se cumplían los requisitos legales, su solicitud no fue acogida.
Tapia fue señalado como el principal cerebro detrás del desfalco millonario al Ministerio TIC en 2021. Ese año, junto con un grupo de contratistas, conformó la Unión Temporal Centros Poblados y logró adjudicarse un contrato para instalar centros digitales en zonas rurales del país. Sin embargo, el proyecto se frustró tras comprobarse que presentaron garantías bancarias falsas, dejando una pérdida de más de COP 70.000 millones correspondientes al anticipo del contrato.
El contratista ya había sido condenado años atrás por su participación en el carrusel de la contratación en Bogotá. En este nuevo caso, aceptó su responsabilidad y fue sentenciado a seis años y cuatro meses de prisión, pero obtuvo beneficios por colaboración con la justicia y redención de pena. Según documentos judiciales, acreditó 48 meses y 10 días de reclusión y redimió casi seis meses por estudio y trabajo.
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Sin embargo, su liberación encendió las alarmas. El pasado 22 de septiembre, la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Atlántico abrió una investigación formal contra la jueza Primera de Ejecución de Penas de Barranquilla, quien el 11 de abril firmó la resolución que permitió su salida. La indagación busca determinar si la funcionaria incurrió en irregularidades al conceder la medida y si demoró de forma injustificada el trámite del recurso de apelación presentado por la Procuraduría.
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