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La Comisión Nacional de Disciplina Judicial (CNDJ) dio por terminada la investigación contra la jueza Heidy Vivian Polanía Franco, quien había sido señalada por presuntas expresiones descorteses hacia el abogado Marlon Díaz durante una audiencia celebrada el 31 de agosto de 2020. Tras evaluar las pruebas y testimonios, el organismo concluyó que no existieron méritos para imponer una sanción disciplinaria en su contra.
El caso, ampliamente divulgado en medios de comunicación desde 2022, tuvo su origen en una audiencia de prórroga de medida de aseguramiento contra cinco personas sindicadas de lavado de activos. Según la queja presentada por el abogado defensor Marlon Díaz, la jueza Polanía habría utilizado expresiones como “no moleste más” y “lleva 10 minutos hablando y no ha dicho nada”, interrumpiendo su intervención. Además, señaló que, a diferencia de su actuación, la Fiscalía nunca fue interrumpida durante su intervención.
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El abogado argumentó que tales expresiones vulneraron su derecho a la defensa y solicitó que se sancionara a la funcionaria por incumplir el numeral 4 del artículo 153 de la Ley 270 de 1996, que establece normas de comportamiento para los jueces en sus funciones. Asimismo, calificó la postura de la jueza como una actitud grosera y desobligante.
Sin embargo, la CNDJ, luego de un análisis detallado del contenido de la grabación de la audiencia y del testimonio de los asistentes, concluyó que las expresiones de la jueza Polanía no constituyeron un acto que vulnerara derechos fundamentales ni justificaran una sanción disciplinaria. El fallo determinó que, si bien hubo un llamado de atención hacia el abogado defensor para que precisara su intervención, este pudo continuar con su exposición de manera adecuada y sin restricciones.
En el desarrollo de la audiencia, la jueza Polanía reconoció el sustento del recurso de apelación presentado por el abogado Díaz, evidenciando que sus derechos no fueron afectados. Según consta en el acta, la audiencia finalizó sin mayores incidentes, con un agradecimiento de la jueza a las partes por su asistencia.
El fallo definitivo, con ponencia del vicepresidente de la Comisión, Mauricio Rodríguez Tamayo, confirmó la decisión de primera instancia adoptada en abril de 2024, que había archivado el proceso contra la funcionaria. La resolución destacó que no toda actitud que pueda percibirse como descortés debe activar la potestad punitiva del Estado, ya que es necesario analizar cada caso en su contexto y a la luz de las circunstancias particulares.
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A pesar de la decisión mayoritaria, la magistrada Magda Victoria Acosta Walteros presentó un salvamento de voto, considerando que la actuación de la jueza Polanía sí ameritaba un análisis diferente y una eventual sanción. Con esta decisión, la Comisión Nacional de Disciplina Judicial cierra de manera definitiva una controversia sobre los límites de la conducta judicial y el respeto a los derechos de las partes en los procesos penales.
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