Para desenredar la extradición de Salvatore Mancuso, el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (Cejil) y la Comisión Colombiana de Juristas (CCJ), que representan a grupos de víctimas de las Autodefensas, acudieron a la Corte Interamericana de Derechos Humanos. El pasado viernes, 21 de agosto, radicaron una solicitud de medidas provisionales para que sean los jueces de este tribunal internacional los que le ordenen al Estado colombiano garantizar que el exjefe paramilitar regrese a Colombia. Hablamos con la directora del Cejil, Viviana Krsticevic, para entender qué buscan con este recurso jurídico.
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¿En qué consisten las medidas provisionales que le pidieron a la Corte IDH?
La Corte Interamericana ha decidido sobre una serie de casos que podrían involucrar a Salvatore Mancuso, incluyendo el de Pueblo Bello, las masacres de Ituango, entre otros. Entonces, lo que hicimos la CCJ y Cejil fue que en el proceso de supervisión de sentencias que hace la Corte, presentamos una solicitud de medidas provisionales para asegurar que el Estado actúe con la mayor diligencia a fin de garantizar la extradición de Mancuso a Colombia, a fin de que se pueda conocer la verdad y que haya justicia en los casos de graves violaciones de derechos humanos en esos casos que ya han sido conocidos por el sistema interamericano.
¿Qué ha pasado desde que presentaron la solicitud?
La Corte IDH, sin prejuzgar, le dio traslado al Estado colombiano de nuestra solicitud y le dio plazo hasta el 31 de agosto para presentar sus observaciones. Es decir, Colombia tiene hasta esa fecha para explicar qué está haciendo para asegurar que Mancuso vuelva a Colombia y que se tramiten diligentemente las órdenes de extradición. Además, dijo la Corte, la decisión de medidas provisionales se va a poner en conocimiento de los jueces en las sesiones que comienzan esta semana. Lo que nosotros le estamos pidiendo a la Corte está dentro de sus competencias y, el hecho de que nosotros hayamos presentado esto el viernes en la noche y que ya el lunes le hayan dado traslado a Colombia nos dice que la Corte IDH está observando con lupa la extradición de Mancuso.
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¿Cuánto se demora la Corte en decidir un trámite así?
En los casos más excepcionales, la Corte puede dictar medidas provisionales el mismo día que se pidan.
¿O sea que la Corte podría decidir hoy?
Sí. Podríamos estar conociendo la decisión de aquí al viernes, que Colombia le responda a la Corte. Aún sin que haya llegado la respuesta del Estado, la Corte podría tomar otras medidas urgentes. Y, en caso de que el Gobierno colombiano no respondiera y le diera de largas, la Corte podría terminar ordenando medidas penales y disciplinarias para los funcionarios que no fueron diligentes en el trámite de extradición.
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Uno de los puntos que ustedes le piden a la Corte es que le ordene a Colombia “abstenerse de obstaculizar” la extradición de Mancuso, ¿a qué obstáculos se refieren?
Por ejemplo, con errores en la solicitud de extradición. De eso ha dado cuenta la prensa nacional y otras fuentes internacionales. Entonces, nosotros lo que hicimos fue generar un lenguaje muy amplio para vincular a Colombia tanto por acción como por omisión: que no haga cualquier que impida la extradición de Mancuso y que haga todo lo posible para garantizar su regreso.
O sea, ustedes sí consideran que Colombia omitió pedir la extradición de Mancuso en el momento en el que lo debía hacer...
De manera oportuna, diligente. Claro.
Lo que se sabe hoy es que Estados Unidos había aprobado enviar a Mancuso a Italia desde el 15 de abril, y después que Colombia lo pidió en extradición, ¿por qué no hubo alertas desde entonces?
La verdad no sé por qué no hubo alertas más tempranas. Lo que sí sé es que hubo negligencia inusual y preocupante de un Estado con una experiencia vasta en temas de extradición, como lo es Colombia.
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Por lo que sabemos, Mancuso será llevado a Italia el 4 de septiembre. Estados Unidos no reconoce la jurisdicción de la Corte IDH (e igual el proceso no es en contra de ellos), si se ordenan medidas provisionales en contra de Colombia, ¿en qué afectaría ese trámite?
Estados Unidos sí podría terminar enviando a Mancuso a Italia, pero si existiera una solicitud seria de un país con el que los norteamericanos tienen un tratado de extradición y esa solicitud se sustenta en los crímenes contra la humanidad en los que estaría involucrado este exparamilitar, los estadounidenses deberían tomar en serio esa solicitud. Nuestro anhelo, en representación de las víctimas, es lograr que Colombia haga su trabajo de manera diligente y que permita que la sociedad colombiana tenga una respuesta satisfactoria a sus necesidades de verdad y justicia. Quizá la lente de la Corte y la presión de que esto podría generar consecuencias jurídicas posteriores, genere la diligencia necesario para por lo menos tener un chance de esa verdad y justicia.
¿Por qué el que Mancuso sea llevado a Italia pone en riesgo los derechos de las víctimas?
Porque su posible colaboración con la justicia en Colombia, a través de la JEP, u otro tipo de procesos pendientes, podrían ayudar a esclarecer las redes de cooperación, de apoyo, de toma de decisiones que rodearon estas graves violaciones de derechos humanos a las que estuvieron vinculados los grupos paramilitares que lideraba Mancuso.
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Si Mancuso finalmente es llevado a Italia, un estado sobre el que la Corte IDH no tiene jurisdicción y, además, que no tiene tratado de extradición con Colombia, ¿cómo podrían influir las medidas provisionales que están pidiendo en ese escenario?
Si Colombia no toma estas medidas, el Gobierno colombiano no va a poder desarrollar una actividad conforme a lo que requiere el sistema interamericano para garantizar verdad y justicia para las víctimas. La Corte ha dicho, por ejemplo, que las investigaciones se deben llevar preferentemente en el lugar donde ocurrieron las violaciones de derechos humanos. Es decir, esto no es una novedad para el sistema interamericano, ya en 2004 cuando Fujimori (expresidente peruano) iba a ser extraditado a Chile la Corte dijo que las investigaciones se debían llevar en Perú.