El Tribunal Superior de Antioquia envió a la Corte Suprema de Justicia la impugnación especial presentada por la defensa de Santiago Uribe Vélez, hermano del expresidente Álvaro Uribe, luego de que fuera condenado en segunda instancia, en noviembre de 2025, por los delitos de homicidio agravado y concierto para delinquir.
La solicitud se da en el marco de su participación en la conformación del grupo paramilitar “Los 12 Apóstoles” y por el asesinato de un conductor de bus, el 25 de febrero de 1994. El Tribunal señaló que existe un debate sobre la prescripción de los delitos: una interpretación indica que vencerían entre 2026 y 2027, y otra sostiene que el plazo se extendería hasta 2032.
Santiago Uribe Vélez es el segundo de los cinco hijos que tuvieron Alberto Uribe y Laura Vélez. Mientras su hermano mayor, Álvaro Uribe Vélez, se dedicó a la política, él siguió los pasos de su padre y se convirtió en un reconocido ganadero de Antioquia. El 14 de junio de 1983, en un atentado de las Farc contra la familia Uribe, el padre fue asesinado y Santiago resultó gravemente herido.
Contexto: Tribunal Superior de Antioquia condena en segunda instancia a Santiago Uribe por “Los 12 Apóstoles”
Hace exactamente cuatro meses que el Tribunal Superior de Antioquia condenó a Santiago Uribe a 28 años y tres meses de prisión. En el fallo se concluye que el hermano del expresidente fue el líder y dirigente del grupo paramilitar “Los 12 Apóstoles”, al que se le atribuyen varios homicidios, entre ellos los de Camilo Barrientos, conductor de chiva en Yarumal (Antioquia), y Jorge Yubán Ceballos.
Asimismo, se le atribuyen los asesinatos de Jorge Iván Serna, William Restrepo Cárdenas, Januario Pérez, Luis Fernando Restrepo Hincapié, Wilson de Jesús Agudelo Piedrahita, Alberto de Jesús Castañeda, Darío de Jesús Palacio Lopera, Jorge de Jesús Quintero, John Jairo Olarte Quintero y Manuel Vicente Varelas.
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Esta condena en segunda instancia se da luego de que, en noviembre de 2024, la Fiscalía General de la Nación presentara un recurso de apelación con el que logró revertir el fallo absolutorio a favor de Santiago Uribe, emitido el 13 de noviembre de 2024 en primera instancia. La decisión negó la suspensión de la ejecución de la pena y la prisión domiciliaria, y estableció que, una vez quedara en firme, se emitiera la orden de captura para cumplir la sentencia.
En su momento, la defensa de Santiago Uribe se pronunció frente a la decisión y señaló que el acusado era un ciudadano inocente: “Dentro de los términos y canales legales, la defensa técnica y material de Santiago Uribe Vélez interpondrá y sustentará la impugnación especial, a fin de que el caso sea conocido por la honorable Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, en donde confiamos en que prevalezcan la verdad y la justicia”.
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El fallo de segunda instancia, de 307 páginas, declaró que hay “certeza racional acerca de la responsabilidad penal en cabeza de Santiago Uribe Vélez en la conformación y dirección del grupo criminal que desplegó sus acciones en la del norte de Antioquia, en especial en los municipios de Yarumal, campamento y Valdivia durante la primera parte de la década de los años 90”.
Asimismo, en la decisión de segunda instancia, el Tribunal ordenó compulsar copias al ente investigador tras declarar la responsabilidad penal del hermano del expresidente como líder y dirigente de la estructura ilegal. “Se ordenará que se realicen las investigaciones correspondientes, a fin de determinar la posible responsabilidad penal de Santiago Uribe Vélez en todas las muertes presuntamente cometidas por el aparato organizado de poder que dirigió”, dice.
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