Después de que la Corte Suprema de Justicia decidiera negar la solicitud de Andrés Felipe Arias de impugnar su condena, la defensa del exministro de Agricultura informó, en un comunicado de prensa, que presentará una acción de tutela y “otras acciones legales”. La defensa de Arias argumentó que “el derecho a la doble instancia es un derecho inalienable, universal e inherente a toda persona”.
“La Sala de Casación Penal al negarle y restringirle el derecho de acceso a la segunda instancia, conforme al acto legislativo 1 de 2018, está desconociendo principios universales básicos como el principio de retroactividad penal por favorabilidad y el bloque de constitucionalidad, además de evidenciar que la justicia pierde su imparcialidad y no concede el derecho por tratarse del señor Andrés Felipe Arias”, agregó.
(Lea aquí: Corte Suprema niega solicitud de Andrés Felipe Arias de impugnar su condena).
Entre los argumentos de la Corte para negar la solicitud de Arias de impugnar la condena de 17 años y 4 meses están que se respetó el debido proceso establecido en la ley para cuando se dictó. También que, aunque el acto legislativo 1 de 2018 creó la doble instancia para aforados, no incluyó ninguna orden de anulación de las sentencias condenatorias emitidas en única instancia.
Además, el alto tribunal le respondió al Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, que dijo que en el caso de Arias sí hay una violación del Pacto Internacional de Derechos Políticos debido a la falta de doble instancia al momento de ser condenado.
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La Corte Suprema respondió que “respeta el rol y autoridad atribuidos al Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, pero entiende bien que si es decisión del Estado colombiano de acatar su dictamen y proporcionarle a Arias Leiva el recurso de apelación contra la sentencia que lo condenó, el poder para procurar que lo haga no lo tiene ni la Corte ni ningún otro órgano de la rama judicial”.
Por las irregularidades en la entrega de subsidios del programa de Agro Ingreso Seguros (AIS) y en los convenios que se celebraron con el Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura, la Corte Suprema de Justicia lo declaró culpable de los delitos de peculado por apropiación y celebración de contratos sin cumplimiento de requisitos legales.