Los habitantes del corregimiento de Agua Blancas, en Valledupar (Cesar), viven literalmente en una ironía: el agua sumerge sus calles y viviendas, pero no tienen líquido para beber y saciar su sed. La situación se originó por una inundación en 2022, de la cual no han podido recuperarse todavía. Pero, más allá de su terrible circunstancia, fueron víctimas del abandono estatal que priorizó la construcción de la Ruta del Sol III, sobre el bienestar y derechos como el acceso al agua potable, a la vida digna, a la salud y al mínimo vital de los pobladores de sus seis barrios. Una mujer fue quien batalló por los derechos de la comunidad y logró ganarle la pelea al Estado y a dos poderosas empresas en la Corte Constitucional.
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Yanelis Gutiérrez Movilla vive en Aguas Blancas con sus hijos de 10 y 11 años, su pareja y su madre. Aunque es una víctima más de las aproximadamente 6.500 que viven en el corregimiento, es gracias a ella que podrán volver a tener el agua potable que les quitó la megaobra. En 2012 inició la construcción de la Ruta del Sol III, el último tramo del proyecto que busca mejorar el corredor vial entre Bogotá y la costa Caribe. Ese tramo, de aproximadamente 465 kilómetros que recorren Cesar, Magdalena y Bolívar, atraviesa precisamente el corregimiento de Aguas Blancas y, para sus habitantes, lejos de significar progreso, representó sed, hambre, enfermedad y sufrimiento.
La construcción de la Ruta del Sol III está a cargo de Yuma Concesionaria S.A. y la Constructora Ariguaní S.A., quienes, según el relato de la comunidad, “interrumpieron el paso natural del río Aguas Blancas y afectaron el suministro de agua potable”. Además, por las obras se secó el jagüey (pozo) que usaban para cultivar, pescar y alimentar al ganado. Una parte de la construcción, pensada para el desagüe del río, fue insuficiente para drenar la cantidad de agua que podía llegar a la zona, como ocurrió en octubre de 2022, cuando el corregimiento se inundó. Antes y después de la inundación, la comunidad trató de hablar con las entidades, pero nunca obtuvieron respuesta para sus problemas.
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La magnitud de la crisis llevó a que Yanelis Gutiérrez y otros habitantes presentaran varias solicitudes a la Alcaldía de Valledupar, a la gobernación del Cesar, a la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (Ungrd) y a la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (Anla). También, al Ministerio de Vivienda, a la Personería de Valledupar y a la Corporación Autónoma Regional del Cesar (Corpocesar), todas enfocadas a que les ayudaran y los protegieran, porque la obra los dejó sin agua potable, con enfermedades y graves daños a sus casas. A pesar de los esfuerzos de la comunidad, las entidades se lanzaron la pelota entre ellas y no quisieron entrar a resolverles nada.
En octubre de 2023, cuando las entidades estatales y las empresas le dieron la espalda a los habitantes de Aguas Blancas, Yanelis Gutiérrez llevó el caso hasta la justicia. A través de una tutela, la mujer le pidió al Juzgado Quinto Administrativo de Valledupar que amparara sus derechos. Gutiérrez quería también que las entidades fueran sancionadas por la vulneración de los derechos, que se hiciera una visita en la zona para comprobar la crisis y que se les restableciera el acceso al agua potable y el funcionamiento del jagüey. En el caso, las entidades finalmente respondieron, pero nuevamente se hicieron a un lado, alegando que no eran las competentes para resolver lo que se pedía. En ese momento, el juzgado les dio la razón.
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A pesar de la primera negativa de la justicia, Yanelis Gutiérrez no se rindió y escaló el caso al Tribunal Administrativo del Cesar, que en diciembre de ese mismo año negó las peticiones de la mujer. Los argumentos, en ambos casos, apuntaron a que ella tenía que agotar otros mecanismos antes de presentar una tutela. También, que aunque no fuera una respuesta satisfactoria ni de fondo, las entidades sí contestaron a sus requerimientos. Y, como si fuera poco, que supuestamente tampoco pudo probar que las afectaciones a sus derechos se derivaran de la construcción de la Ruta del Sol III y que los daños por la inundación no eran irremediables.
En marzo del año pasado, la tutela fue seleccionada por la Corte Constitucional. Aunque la acción fue presentada por Gutiérrez, dijo la Corte, “la situación de vulneración de derechos no solo afecta a la accionante, sino que impacta a toda la comunidad del corregimiento de Aguas Blancas, que tiene entre sus miembros a sujetos de especial protección constitucional, como niños, niñas, adolescentes y adultos mayores”. También llegaron informes de la Contraloría General, la Personería de Valledupar y la Anla, que expusieron que la construcción de la Ruta del Sol III “ha tenido incidencia y sería una de las causas de la insuficiencia de los sistemas de drenaje del sector”.
En la decisión tomada por los magistrados Diana Fajardo Rivera, Vladimir Fernández Andrade y Juan Carlos Cortés González, la Corte determinó que “el municipio de Valledupar vulneró el derecho al agua potable de la accionante y de las personas que hacen parte de la comunidad, por cuanto no ha adoptado las medidas necesarias para garantizar el suministro de agua potable a la población”. Igualmente que “la Alcaldía de Valledupar ha incumplido sus deberes constitucionales y legales en relación con la prestación del servicio público de alcantarillado en el corregimiento”.
Por eso, la Corte ordenó que, tanto la Alcaldía como la Gobernación, deben suministrar “por medio de carro tanques, pilas privadas o públicas, o por el medio que consideren más idóneo, en forma permanente y continua, el agua potable a la accionante y demás personas que viven en el corregimiento de Aguas Blancas y no tienen otro medio para obtener el suministro del recurso hídrico”. Además, le exigieron a la Ungrd, a la Anla, al Ministerio de Vivienda, a la Personería, a Corpocesar y a las empresas Yuma Concesionaria S.A. y la Constructora Ariguaní S.A., que establezcan espacios para evaluar los daños y tomar decisiones para que la comunidad de Aguas Blancas vuelva a tener agua potable y mejores condiciones de vida.
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